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¿Cómo se calcula una nómina en España? ¿Y un Finiquito? 20 julio 2007

Posted by peccataminuta in contaplus, Crear una Empresa, Economía, Emprendedores, Empresa, General, Informática, Madrid.
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IMPORTANTE: Si tu jefe ha modificado tus funciones, el lugar de trabajo, el horario, tu salario o tu jornada, pásate por theiconomist.org Están publicando una serie de posts dedicados a la modificación de las condiciones de trabajo por parte del empresario.

La nómina es a un contrato laboral como la factura a un contrato mercantil. Es el justificante del pago y donde se explican todos los conceptos que se abonan.

La nómina se compone de la parte mensual correspondiente al Salario Bruto Anual (SBA) menos las deducciones por impuestos y seguridad social. Por lo tanto tiene 3 partes:

a) Salario Mensual: Que será una división del salario anual entre 12, 14, 15 o 16 pagas (las que acuerden entre el empleador y el trabajador, y si no se acuerdan nada, las que diga el convenio colectivo de la empresa o del sector). Luego el salario mensual puede estar estructurado en varios conceptos, como Plus Transporte, Dietas, y otros, ya que algunos conceptos tienen una retención menor de IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), o la empresa tiene algún beneficio por poner parte del salario en un concepto u otro.

SM= SBA / nº de pagos

b) Retención de Seguridad Social: Del salario de un trabajador (SBA), el trabajador paga a la Seguridad Social casi un 7% (es variable) y el empresario de un 30 a un 40% más (más información en www.seg-social.es): Por ejemplo, si el SBA fuese 10.000 €, el trabajador pagaría 700€ de sus 10.000€ y el empresario tendría que pagar aparte un 30% más = 3.000€. Eso significa que el coste real del trabajador a la empresa es: 10.000€ + 3.000€ = 13.000€ y que lo que el empresario paga a la Seguridad Social es: su parte (3.000€) + la que le retiene al trabajador (700€) = 3.700€

Por lo tanto, la retención (RSS) de la Seguridad Social

RSS= SM x 7 / 100

Nota= El 7% es variable (en algunos sectores y convenios es un 6.2% y en otros un 6.9%, etc.)

c) Retención de IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas-Impuesto que pagan las personas que tienen actividades económicas sujetas al IRPF): Esta retención la marca el Ministerio de Economía y está en función de las circunstancias familiares (número de hijos, etc) y la renta (es un impuesto progresivo o proporcional al nivel de renta, de tal forma que cuanto más ganes, mayor es el porcentaje que te aplican). Supongamos que es un 12% en nuestro ejemplo. Para saber el tipo de retención, ir a esta web.

IRPF= SM x 12/100

Por lo tanto, el neto (N) a cobrar será:

N = SM – RSS – IRPF

Nota= Hay veces que parte del SM está sujeto a IRPF y otra parte no (de ahí de ponerlo en varios conceptos), por lo que la retención puede ser IRPF = Parte del SM sujeto x 12/100

PAGAS EXTRAS

(Para ver ejemplo de pagas extras, ver comentarios 324 y 325).

En algún momento de la evolución humana a alguien se le ocurrió la feliz idea de en vez de pagarte 12 nóminas al año, pagarte 14 o 16 para que tú cobrases menos por mes y luego cuando recibieses la paga extra te lo tomases como un regalo que te hacían (que es parte de tu salario acordado). Las pagas extras suelen ser 2 y son hacia el 15 de Diciembre y hacia el 15 de Julio. Si hubiese una tercera paga extra, es hacia el 15 de Marzo.

Resulta un tanto infantil que el empleador tenga que retener parte del salario al trabajador y que luego le de la paga en aquellos momentos en los que realmente necesita el dinero, como es antes de Navidades, antes de San José y la Semana Santa o antes de las vacaciones anuales en Agosto.

Lo más conveniente es que no haya pagas extras, por dos razones:

a) Cobras el dinero en el mes que te corresponda y por lo tanto tienes más liquidez por mes. Por ejemplo, con un SBA de 24.000€, existe una diferencia en sueldo bruto de 286€ al mes de cobrar 12 pagas a cobrar 14 pagas. Si ese dinero lo inviertes en una cuenta de alta remuneración (tipo ING Direct) al 3% TAE, le vas a sacar más partido que si ese dinero está en el bolsillo del empresario.

b) Si te quieres ir de la empresa y te deben vacaciones y pagas extras, pueden no pagartelas y tú tenerles que llevar a juicio. No es lo mismo hacer una reclamación de cantidad por menos de 900€ (Juicio Monitorio sin abogado) que meterse en un Jucio Civil (contratar un abogado) para reclarmar 3.500€ (que además, a partir de ciertas cantidades, el proceso para reclamarlas y luego cobrarlas es largo, complicado, costoso y muchas veces sin éxito).

Por lo tanto, si quieres ganar menos de 300€ brutos por mes y estar pendiente de si te pagan o no y que cuando lo hagan se lo tomen como un regalo que te hace la empresa por ser un buen empleado, pide pagas extras. Ahora, si quieres cobrar mes a mes y si quieres irte el día que te apetezca a la Francesa, pide que no haya pagas extras.

Cálculo de las pagas Extras

Veamos un ejemplo de 14 pagas (12 mensuales + 2 extras) con 24.000€ de SBA, con 6.9% de RSS y con 10% de IRPF.

Nomina

SM = 24.000/14 = 1.714€

RSS= (24.000/12) x 6.9/100 = 138€ (Se calcula sobre 12 meses)

IRPF= SM x 10/100 = 1.714 x 10/100 = 171

N = 1714 – 138 – 171 = 1.405 €

Paga Extra (Julio)

SM = 24.000/14 = 1.714€

RSS= 0 (No hay porque se calcula sobre 12 meses)

IRPF= SM x 10/100 = 1.714 x 10/100 = 171

N = 1714 – 171 = 1.543 €

Paga Extra (Diciembre)

SM = 24.000/14 = 1.714€

RSS= 0 (No hay porque se calcula sobre 12 meses)

IRPF= SM x 10/100 = 1.714 x 10/100 = 171

N = 1714 – 171 = 1.543 €

Veámos cuanto cobraría por mes, si no tuviese pagas extras:

Nomina

SM = 24.000/12 = 2.000€

RSS= (24.000/12) x 6.9/100 = 138€ (Se calcula sobre 12 meses)

IRPF= SM x 10/100 = 2.000 x 10/100 = 200

N = 2.000 – 138 – 200 = 1.662 € (257 € más por mes – que es lo mismo si sumásemos ambas pagas extras y lo dividiésemos entre 12)

VACACIONES

Las vacaciones son 1 mes al año (30 días naturales o más según convenio) para el descanso del trabajador. Por cada mes trabajado se tiene derecho a 2,5 días de vacaciones y al finalizar el año hay que disfrutar las vacaciones pendientes o que te las abonen en dinero. En algunas empresas se pasan de un año a otro, pero no es conveniente para el trabajador, porque el derecho se pierde y sin prueba escrita de que tienes vacaciones pendientes….

Cálculo de un finiquito

Un finiquito es un papel donde empleador y trabajador firman diciendo que no se deben nada mútuamente y que la relación se ha acabado.

En el finiquito (que puede ser cualquier papel en cualquier formato) se deben identificar ambas partes y decir que acuerdan abonar las cantidades pendientes y que tras la firma ya no podrán reclamar nada porque están satisfechas todas las cantidades.

Por lo tanto: SI HAS SIDO OBJETO DE UN DESPIDO NO FIRMES NINGÚN FINIQUITO, Y NO FIRMES NINGÚN FINIQUITO SIN QUE TE LO MIRE ANTES UN ABOGADO O ALGÚN SERVICIO PÚBLICO DE ASESORAMIENTO («Inspección de Trabajo). Tienes derecho a que te den una copia para revisarlo antes de firmar.

Si tu firmas un finiquito no puedes reclamar por DESPIDO IMPROCEDENTE en el SMAC (Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación), porque estás diciendo que estás de acuerdo. Ante un despido, hay que inscribirse como demandante de empleo en el INEM e iniciar los trámites para el Juicio Laboral, que tiene dos fases = fase de conciliación en el SMAC y si no hay conciliación, fase de Juicio Laboral (que a falta de pruebas, casi siempre lo gana el trabajador). Si el Juicio resultase a tu favor, la empresa puede readmitirte o despedirte. En ambos casos tienes derecho a los salarios dejados de percibir durante ese tiempo, llamados «Salarios de Tramitación». = A partir de 12/02/2012 tan sólo se abonarán los salarios de tramitación en el caso que se proceda a la readmisión del trabajador.  Si hubieses estado cobrando el paro, el empresario deberá descontar la parte correspondiente de los salarios de tramitación.

Bueno, vamos a ver como se calculan las cantidades pendientes:

En nuestro ejemplo anterior, hemos estado cobrando 257€ al mes menos por el hecho de tener pagas extras. Supongamos que nos contrataron en Enero y estamos en Septiembre, que es cuando nos despiden (o nos vamos). Hemos cobrado la paga de Julio. Por lo tanto, en cuanto a pagas extras, nos deben 257 x 9 meses – 1.543€ (la paga de Julio) = 770€. O si quieres lo puedes calcular como 3 x 257, ya que 3 meses son los que han pasado desde que se cobró la última paga y no se ha pagado una nueva.

Ahora las vacaciones: Si las hubiesemos disfrutado en Agosto, no hay nada que abonar, pero si están pendientes, te mereces 9 x 2,5 = 22,50 días de vacaciones, lo que supone 1.405 x (22,50 / 30 ) = 1.053,75 Nota: en nóminas se usan 30 días para los cálculos.

Todo esto en términos netos: 770 + 1.053,75 = 1.823,75€

Por norma general, el finiquito viene desglosado en los conceptos, por lo que aparecería así.

Vacaciones no disfrutadas

SM= (22,50 /30 ) x 1.714 = 1.285,50

RSS= (22,50 /30) x 138€ = 103,50

IRPF = 1.285,50 x 10/100 = 128,50

N = 1285.50 -103.50-128.50 = 1.053,50€ (la diferencia con los 1.053,75 de arriba es debida a los % y decimales, ya que el SM real es 1.714,29)

Pagas extras no disfrutadas (la de Diciembre)

SM = ( 3/6 ) x 1.714€ = 857€

RSS= 0 (No hay porque se calcula sobre 12 meses)

IRPF= SM x 10/100 = 857 x 10/100 = 86

N =857-86=771€

TOTAL FINIQUITO = 1.053 + 771 = 1.824€

Nóminas más usuales

A continuación los datos de las nóminas más usuales. El tipo de IRPF está calculado o para un soltero con hijos o para un matrimonio donde la mujer también trabaja y obtiene rentas superiores a 1.500€ anuales, sin ascendientes ni descendientes a su cargo, sin discapacidades, etc. Para calcular el tipo de retención exacto, descargarse el programa que está en esta página. Las nóminas están calculadas sobre 12 meses.

SBA Salario Bruto Anual

SBM = Salario Bruto Mensual

SS = Seguridad Social

t = Tipo de IRPF

IRPF = Retención a cuenta del IRPF

NETO = Neto a cobrar, Importe líquido a cobrar.

Comentarios»

1. paladi - 23 julio 2007

Me encanta este tipo de posts.

Los encuentro de mucha utilidad y siempre biene bien saber como funcionan las cosas 😀

Muchas gracias y sigue asi!

el niño po zi - 23 febrero 2010

hola,-1- que no me fio de los abogados dos si es por despido siempre firmo no conforme y asín siempre puedo interponer demanado por despido y ademas si el despido no se ajusta a derecho aunque firmes por ignorancia hay casos que si se puede interponer demanda por despido sobre todo si es despido objetivo y no se ajusta al articulo 50 E.T. O IMPROCEDENTE SIN ajustarse al art. 56.1a E.T. y concordante con el art. 110 L.P.L. y si es reclamación por cantidad aunque firmeis se puede reclamar por cantidad plazo un año art. 29.2 E.T. con diez por ciento de mora art. 29.3. E.T. y concordante con el art. 576 de la L.E.C. no os fieis de los abogadossssssssssssssssssssssssssssssson facistassssssssssssssssss.

carlos - 28 febrero 2012

Hola.soy carlos llevo trabajando en una empresa 3 años y 10 meses me despediran uno de estos dias ya me lo dijeron tengo contrato indefinido el trabajo es de limpieza cuanto cobraria de finiquito por favor orientadme gracias

Liliana - 26 febrero 2013

hola alguien me puede ayudar, llevo trabajando mas de dos años en una casa de empleada de hogar y me hayudaron con los papeles y estoy cotizando desde agosto, pero no me dan el documento nómina solo me pagan y ya esta, mi jefa es mayor y no sabe como hacer, el hijo tampoco sabe. cobro 700 de interna.

PCG - 3 octubre 2013

Hola, tengo una duda. Trabajando dos meses como enfermera a media jornada en una empresa privada, cobrando 900 euros brutos por mes, ¿que retenciones tendría? Quisiera informarme para aceptar el trabajo, porque está en Madrid y tendría que pagarme piso, etc, y no se si me convendría.

2. Andres - 26 julio 2007

buenas yo yevo 1 año y 6 meses de trabajo en una empresa y cobro 1200 € incluida la parte proporcional de la paga extra y he agotado todos los dia de vacaciones , queria saber cuanto deben de darme la empresa
muchas gracia

3. peccataminuta - 27 julio 2007

Andres: Coge la calculadora y hazte el finiquito tú. Esto no es un servicio de finiquitos, guapo.

4. peccataminuta - 27 julio 2007

Pues nada tronco: No te pueden dar nada porque cobras la parte proporcional de las pagas extras y ya has disfrutado de las vacaciones. No hace falta ser muy listo, macho !!!

5. Sandro - 29 julio 2007

En mi empresa pagan los días 25, si finiquito el 27 de julio la empiza puede detener el pago de mi nómina del 25 de julio y juntarla (hacerla dependiente de la firma) con el finiquito?

6. peccataminuta - 29 julio 2007

Por supuesto. Además, la fecha límite por ley para el pago de tu nómina es el día 10 (natural) del mes siguiente. Que te paguen el día 25 puede ser porque se tiren el rollo contigo o por convenio, pero legalmente no tienen ninguna obligación.

Y por supuesto, si te van a despedir te pondrán a la firma la nómina y el finiquito y posiblemente si son un poco sinvergüenzas, te quiten algo del finiquito aprovechando que te tienen que pagar la nómina: si no te pagasen nada te tendrías que meter en un juicio de reclamación de cantidad (ir al Juzgado de lo Social de tu localidad y que te informe por el servicio de asesoramiento jurídico gratuito). En ese caso podrías plantear la demanda con un abogado propio o uno de oficio si te acoges a Justicia Gratuita (pero para acogerse tienes que llevar un certificado de propiedades de Hacienda y tus declaraciones de impuestos – tienes que tener unos determinados ingresos mínimos).

Para evitar estas cosas, lo que hace la gente es cobrar la paga extra de Julio, disfrutar las vacaciones de Agosto y pirarse el 1 de Septiembre a la Francesa, es decir, sin preaviso ni nada de nada. Así no te deben nada y no tienes que plantear ninguna reclamación.

Pero quédate tranquilo. Si te quieren despedir y teniendo en cuenta que los salarios son una mierda, te pagarán el finiquito y adiós muy buenas. Lo único que pilles a alguno que sea un poco gilipollas y se quiera meter en juicios asesorado por algún abogado sin escrúpulos. Ya lo dicen los abogados: más vale un acuerdo malo que un juicio bueno. O los Gitanos: «Juicios tengas y los ganes».

7. PATRI - 7 agosto 2007

empeze a currar el día 15 de julio y me han dicho en la empresa que se cobra un poco raro, que me van a pagar sobre el 20 de agosto y a partir de ahí el 20 de cada mes, como se come esto???cuanto me van a pagar: 1 mes, mes y 4 días, 1 mes y medio??
ESTO ES LEGAL????

8. LLLLL - 7 agosto 2007

JJJJ

9. carlos espinoza linares - 9 agosto 2007

SALUDOS
MI ESPOSA ESTUVO TRABAJANDO POR ESPACIO DE 8 MESES TENIENDO UN INGRESO DE APROXIMADAMENTE 700 EUROS, LA DESPIDIERON POR EL HECHO DE IR A COMPRAR SIN AUTORIZACION DE LOS EMPLEADORES, AL DESPEDIRLA LA HICIERON FIRMAR PAPELES EN BLANCO, LA PREGUNTA ES ¿CUANTO LE CORRESPONDA COMO FINIQUITO, Y SI TIENE DERECH0 COBRAR GOCE DE VACACIONES, TRABAJO DESDE SETIEMBRE HASTA MAYO.
GRACIAS POR SU ATENCION

10. peccataminuta - 10 agosto 2007

# 9 Por cada mes que se trabaja se tiene derecho a 2,5 dias de vacaciones, que si no se disfrutasen te los tienen que pagar.

Por el «hecho» de comprar sin autorización me parece algo «Normal». No sé por qué dices «por el hecho».

Firmó papeles en blanco? Suerte que no la dieron una pistola para jugar a la ruleta rusa :-))).

11. peccataminuta - 10 agosto 2007

#7 Patri

Es normal. Muchas empresas te pagan el día 25 o antes todo el mes, así que mejor para tí. No te pagarán 25 días, sino los 30 de la nómina, pero en vez del día 1 del mes siguiente (tienen hasta 10 días después para pagarte) te pagarán 10 días antes de fin de mes, así que mejor para tí.

12. julia - 17 agosto 2007

hola quisiera hacerle una consulta yo estuve trabajando tres meses de 6 horas diarias de lunes a viernes y mi jefe de buenas a primeras me dijo que desde tal dia haces tres horas para cambiar mi contrato y bueno ya no me convenia porque el sueldo seria muy poco asi que decidi ya no trabajar y firme mi baja voluntaria y hasta la fecha solo me ha pagado los dias de trabajo y lo demas me dice que lo tiene su abogado porque me va a descontar la media hora que me iba al baño segun el claro y no se que hacer cada ves que lo llamo me dice lo mismo en cuanto lo tenga me va a llamar el pero ya ha pasado casi un mes y nada y no se sigo esperando o que hago gracias

13. peccataminuta - 17 agosto 2007

#12 Pues una reclamación de cantidad en un Juzgado de lo Social. Ve a algún juzgado y pregunta por asesoramiento gratuito. En Madrid tenemos Oficinas Judiciales de Asesoramiento Jurídico.

http://www.icam.es/vernoticia.jsp?id=200403120011&seccion=&xml=/docs/20060512/0001.xml

Lo de descontarte la media hora él debe tener medios probatorios, como que tengas que fichar con una tarjeta para ir al baño. Si no, no puede demostrar nada, y ante la duda se le da la razón al trabajador.

Si todavía no has firmado finiquito todavía os adeudaís cosas, así que si no te paga, inicia una reclamación de cantidad. Creo que por menos de 900€ no necesitas ni abogado ni nada, pero si quieres, solicita uno de oficio (pero tendrás que llevar declaraciones de Hacienda de que no tienes bienes ni renta suficiente para pagarte uno propio).

14. fernando - 21 agosto 2007

Hola. Tengo una duda para ver si puedes aclarármela. Debido al trabajo que realizo (informático con guardias 24×7) recibo todos los meses, además del salario base-plus convenio-antigüedad-paga extra, un concepto llamado actividad que corresponde a los trabajos realizados fuera del horario laboral (guardias, intervenciones, etc) que son variables y diferentes cada mes. En el contrato el valor del salario bruto no contempla este dinero por actividad sino que posteriormente se me ofreció la posibilidad de realizar este tipo de trabajo.
Quisiera saber si este concepto se tiene en cuenta en la elaboración de un finiquito o de un despido improcedente.
Muchas gracias por este post. Muy clarito todo el tema.

15. peccataminuta - 22 agosto 2007

# 14. La modificación aposteirori debería figurar como anexo a tu contrato firmado por ambas partes. Si la modificación de tu contrato es verbal sería más difícil de demostrar, pero para ello tienes las nóminas. A efectos de despido se tiene que calcular la retribución bruta anual, de igual forma que se usa la misma para tus retenciones de IRPF y la Seguridad Social, por lo tanto ese concepto también tiene que ser tenido en cuenta.

16. nanny - 29 agosto 2007

teniamos a un empleado en contrato de formacion, y el 30 de diciembre de 2006 se le hizo fijo .ahora queremos despedirlo por diferentes motivos. y nos dicen que hay que pagarle el finioquito con respecto al otro contrato con antiguedad de 2 años mas. es asi?

17. peccataminuta - 29 agosto 2007

#16 Nanny.

Lo que se le adeude. ¿Tú le debes algo del anterior contrato?

18. susana - 3 septiembre 2007

yo cobro 910 euros netos llevo 6 meses trabajando tengo las pagas extras prorrateadas y quiero saber cuanto me corresponde de liquidación no he disfrutado vacaciones se termina mi contrato el 15 de septiembre llevo desde el 15 de marzo

19. peccataminuta - 3 septiembre 2007

Pues 2.5 días de vacaciones por cada mes trabajado. Tienes que calcular el salario diario (la base son 30 días), por lo que en tu caso serían 30.33€.

Como has trabajado 6 meses, te corresponden 15 días de vacaciones no disfrutadas, lo que «más o menos, porque estamos hablando de términos netos» supone 30,33€ x 15 = 454,95 €

Vamos, medio mes de vacaciones, porque has trabajado medio año.

20. Juan - 6 septiembre 2007

Hola. Parte de mi salario es una remuneracion variable anual ligada al cumplimiento de objetivos. Puesto que he solicitado la baja voluntaria a finales de agosto me gustaria saber si tengo derecho a la parte proporcional de esta remuneración variable en mi finiquito si ya he cumplido los objetivos fijados durante el año y antes del momento de solicitar la baja.

21. peccataminuta - 7 septiembre 2007

#20

Es que el variable y si no está puesto en contrato y tiene una prueba muy demostrable, generalmente no suele poderse demostrar y la pierdes.

Todo depende de las pruebas que tengas y lo que puedas argumentar en un juicio de reclamación de cantidad.

22. PEGY-12 - 8 septiembre 2007

hola.llevo trabajando en un centro publico 7 años contratada con emprsas que van cambiando cada 2 o 4 años depende porque entran en subasta.A nosotras nunca nos han finiquitado pero ahra he pedido un traslado de centro perteneciendo a la misma empresa en estoi ahora.Lo que me van hacer es cambiar el contrato a fija discontinua con 6 horas y antes estaba fija con 8 horas y me han dijo las nuevas compañeras que me tienen que finiquitar ES VERDAD? yo estaba combrando 744 euros y 3 pagas.cuanto me tienen que dar si es asi? GRACIAS.

23. peccataminuta - 8 septiembre 2007

#24 A ver, finiquitar significa saldar una deuda. Si te han estado reteniendo algo para pagartelo más tarde (como pagas extras o vacaciones no disfrutadas), si cambias de contrato y te las deben, lo correcto es o que te las paguen o que en el nuevo contrato se diga que te lo deben y que te lo abonen de forma extraordinaria.

Pero vamos, si yo tengo a un empleado a 8 horas o a 16 (o a las que sean) y le he retenido X y no se lo he abonado, no importa si lo que voy a hacer es rescindirle en contrato, ampliárselo a 24 horas o a reducírselo, que lo más simple es liquidar lo que se debe y hacer un nuevo contrato.

24. nuria - 9 septiembre 2007

Buenas Tardes,

Resulta que he empezado a trabajar el día 27/08/07 y en el mes de agosto he trabajado del 27/08/07 al 31/08/07 y cuando me han dado la nómina me sale reflejado que he trabajado 4 días, lo he comentado y me han dicho que me constan 4 días en vez de 5 porque todos los meses cuentan como 30 días, osea que representa que he cobrado 1 día menos.

Me gustaría saber si es eso legal porque cuando se trabajan los meses completos si que entiendo que lo computen a 30 días pero sin haber trabajado todo el mes no lo veo justo.
Quisiera saber si realmente está bien hecho.

Muchas gracias.

25. Peccata Minuta - 10 septiembre 2007

#24

En tu caso son 5 días laborales conforme a calendario y te tienen que pagar los 5 días.

En caso de que hubiese habido fines de semana entre medias, se computan los días laborables de ese mes, se divide el salario mensual (todo prorrateado) entre aquella cifra y te saldría el salario por día laboral trabajado.

En caso de juicio (que por tan poca cantidad nadie se molesta), la justicia siempre elegirá la cantidad que en justicia sea más conveniente para el trabajador.

Por ejemplo, si se hace el cálculo sobre días laborables y sale X y si se hace el cálculo sobre días naturales (30) y sale Y, el juez te dará la cantidad que sea mejor para tí, pero en cualquier caso, siempre se usa como base los 30 días naturales y los cálculos se hacen con días naturales, por lo que si hubieses dejado un fin de semana entre medias, se computarían 2 días más, porque a efectos de Derecho Laboral son, como los días festivos, permisos remunerados.

26. zaida - 11 septiembre 2007

Buenas noches, quiero hacer una consulta, yo me fui de la empresa en la que trabajaba el mismo dia en que se lo dije al empresario, por lo que no le di el preaviso de 15 dias. Las pagas estan prorrateadas. Puesto que mi contrato se habia renovado en junio y se extinguió el 31 de agosto generé 6 ó 7 dias de vacaciones. Ahora bien quiero saber como se queda mi finiquito sabiendo que el salario bruto es de 12.000€ anuales. Creo que sera negativo, vamos que le deberé dinero a la empresa, estoy en lo cierto??

27. Peccata Minuta - 11 septiembre 2007

Pasado el periodo de prueba, en algunos convenios colectivos se exige 15 días, 30 o 60 dias de preaviso. No preavisar significa que de tu liquidación se descontarán los días de preaviso.

Si además el empresario puede demostrar que ha invertido en tu formación podría deducirse el coste de la misma de tu formación o reclamártela por vía judicial como cualquier reclamación de cantidad.

Pero no te preocupes. Por norma general los empresarios no persiguen a los trabajadores cabroncetes. Sólo se acuerdan de su familia, así que no te tienes porqué preocupar de una citación judicial.

Un saludo.
PS: Por cierto, lo de irte sin avisar, muy profesional por tu parte.

28. zaida - 12 septiembre 2007

Muchas gracias por la información.
Y decirte que la profesionalidad me la tenia que haber mostrado antes la empresa.

29. BY - 18 septiembre 2007

Me han hecho una oferta para comercial , pero me exigen ser autonomo.Supongo que lo hacen para pagar menos impuesto, pero lo desconozco.

Que puedo argumentar para que me hagan un contrato fijo?

Como puedo calcular lo que el tiene que pagar de mas al hacerme fijo ?

30. peccataminuta - 18 septiembre 2007

#29 BY

A ver, tú no te dejes tomar el pelo. Es siempre mejor un contrato laboral porque te da mas derecho y cotizan más por tí a la SS.

Tú vendelo así: a tu salario bruto añádele el 30% más que ellos hubiesen tenido que pagar.

Luego cotizarás por el mínimo de autónomos. Te saldrán unos 500 euros más por mes para tí, pero tienes menos protección de la SS.

Argumentar creo que poco. Ellos quieren ahorrarse ese 30% más.

Además si eres autónomo te tendrás que llevar tu contabilidad y tus impuestos. Si no sabes, tienes que añadirle el coste de una asesoría.

31. mariela - 28 septiembre 2007

hola, a ver si me podeis hechar una mano. Llevo trabajando como adjunta administrativa hace 10 años y mi categoria es grupo 7, mi salario base de 1158 y mejora voluntaria de 313, tengo el título de F.P.2 y mi pregunta es, ¿puedo obligar a que me cambien la categoria y cual seria la correspondiente?, Y otra cosa más, ¿es correcto que me paguen tanta mejora voluntaria, en vez de añadirlo en el salario base? Gracias por sacarme de mis dudas. Ciao.

32. peccataminuta - 29 septiembre 2007

#31. mariela

La mejora voluntaria es para que cuando te despidan no te tengan que pagar una mayor indemnización. Simplemente por eso, porque te indeminzarán por lo que es el salario base.

Nadie te puede obligar a nada. Si no te gusta, rescinde tu contrato.

33. Patricio - 1 octubre 2007

Hola, mi caso es similar al #20,
mi salario anual tiene un 10% del mismo basado en objetivos. He causado baja voluntaria este septiembre y mi jefe no había fijado los objetivos anuales de este año (9 meses de retraso).
El caso es que en el finiquito no me incluye nada de los objetivos y dice que no tengo derecho a ellos.
Yo le he dicho que, como no tiene fijados los objetivos, debería corresponderme la parte proporcional del año, es decir, el 75% de los mismos. El dice que, en caso de tener que contarme esos objetivos, tomaría como referencia los del año pasado y que, además, me les daría como no pasados. Lógicamente, no he firmado su finiquito, pero no sé si tengo o no razón.
¿La tengo? Si es así, ¿qué puedo hacer o dónde puedo ir?

34. angel - 1 octubre 2007

Hola tengo un problema y no se si es verda o no, me depidieron de una empresa . Los denuncie por despido improcedente, a pasado el juicio y les diero la razon a ellos. A pasado mas de un año, llamo ala epresa para pedir mi finokito k no lo cobre y me dicen k eso a caducado, k tenia un año para recogerlo.Si el juicioa durado mas de un año … Que puedo hacer y si ellos tienen razon . Gracias.

35. peccataminuta - 1 octubre 2007

Francissss, la hora de Francisss, Francisss, Francisss, Francisss

Bienvienidos al consultorio de Elena Francis !!!

36. Esteban - 2 octubre 2007

Primero que nada la informacion es muy util, gracias sinembargo todaivia em quedo una duda, Trabajo de Socorrista, y trabajo 3 dias a la semana 11 horas por dia total 33 Horas semanales.
Ahora bien, pagan muy mal 4,67 la hora (una basura) y me han dicho que estan las pagas extras y las vacaciones prorateadas. Lo de las pagas extras lo entiendo, pero lo de las vacaciones prorateadas no lo entiendo.
si yo he trabajado de junio a Septiembte son 4 meses por 2,5 me deben 10 dias de vacaciones, eso lo multiplico por las horas que trabajo 11 y por lo que pagan por hora me da un total de 513.7€ es lo que me deberian pagar. pero me dicen que las vacaciones estan prorateadas. LA PREGUNTA ES SE PUEDEN PRORATEAR LAS VACACIONES?
gracias por todo.

37. alejandra - 3 octubre 2007

hola buenas mi nombre es alejandra, quiero saber cuanto es mi finiquito o liquidacion de 1 año trabajado, el patrono nunca me hablo de pagas extras y me dio 15 dias de vacaciones, no tengo seguro social y mi pago es de 700 euros.

38. peccataminuta - 4 octubre 2007

Alejandra, tienes algún contrato, alguna nómina o trabajas en negro.?

39. alejandra - 4 octubre 2007

trabajo en negro..

40. peccataminuta - 4 octubre 2007

Alejandra, pues… ¿qué derechos puedes reclamar si no tienes contrato? En todo caso, si tienes pruebas (fotos, documentos, etc) que prueben tu relación laboral, dirígete a la Inspección Provincial de Trabajo.

http://info.mtas.es/itss/web/Quienes_somos/Estamos_muy_cerca/index.html

41. alejandra - 4 octubre 2007

muchas gracias, creo que tampoco estoy en condiciones de exigir porque aun no tengo documentacion legal. o si?

42. peccataminuta - 4 octubre 2007

41 Alejandra,

Vamos a ver, tienes papeles? Eres extranjera sin papeles?

La ley te ampara, tengas o no papeles.

Los derechos son derechos, la ley juzga hechos, no palabras.

Ahora, otra cosa es que tu puedas demostrar en un juicio laboral que tú trabajaste para esa persona de la siguiente forma:

1º) Bajo su poder de dirección y organización
2º) En sus instalaciones.
3º) Sujeta a una jornada diaria.
4º) Y de forma retribuida, ya sea en dinero o especie.

Si existen al menos 3 de esas condiciones cualquier juez determinará que la relación es laboral y que por tanto te protege la legislación laboral.

Ahora, si no tienes pruebas, mejor ni te molestes, y menos para reclamar una pequeña cantidad en concepto de «finiquito».

43. carol - 8 octubre 2007

Hola, primero felicitarte porque la página ha sido de gran ayuda.
Pienso renunciar a mi trabajo en breve, porque tengo una mejor oferta. En fin, que cobro 1224 euros netos mensuales en 14 pagas, haré dos años el 7 de noviembre y sólo me he cogido 4 días de mis vacaciones de este año. Al renunciar tengo derecho a las vacaciones…el mes que me adeudan y la paga proporcional de diciembre?. Si me echaran tendría derecho a algo más?

Es posible que no me paguen nada más que los días que llevo de este mes?

44. peccataminuta - 8 octubre 2007

#43 Carol

Yo te recomendaría que disfrutases de tus vacaciones y si puedes cobrases tu paga extra para decir luego «Sayonara Baby».

Intenta que te deban lo menos posible y si quieres que te despidan, haz el vago, pero como tengan pruebas lo vas a llevar mal para cobrar indemnización (ya sabes = 45 días por año trabajado hasta un máximo de 52 mensualidades -creo que era así-).

Intenta que lo que te deban sea de poca cuantía. Siempre es más fácil de cobrar y un juicio por reclamación de poca cantidad no tiene costas y no necesita abogado.

45. Fernando - 9 octubre 2007

Hola buenos días: nuy interesante su consultorio. Tengo una pregunta: existe el contrato verbal de obra? He buscado y encuentro en la red que sí existe y que tiene fuerza jurídica. La pregunta viene por lo siguiente. Trabajé en una empresa constructora con la cual se acordó que tenía un 5% de participación sobre la facturación, esto debido a que en la «empresa» en realidad no había quien hiciera un presupuesto, ni sacara cantidades de obra ni supiera hacer un análisis de precios unitarios. Yo soy ing. Tec. de OO.PP. Incluso como son portugueses no podían hacer una factura en castellano correctamente pues no lo dominan. Yo me encargué de conseguir todos los contratos, dirigirlos y facturar. Además de conseguir que cumpliera con todas las normas legales de la construcción. Mutua, Riegos Laborales, exámenes médicos,etc. Una empresa conocida me ofreció que terminara un proyecto para el montaje de una cantera cuyo contrato había sido rescindido por incumplimiento a una empresa con la cual yo había trabajado. Los dueños de la cantera me pidieron que les ayudara a terminar la obra pues no conocían quien pudiera hacerla ya que era complicada. Hablé con el dueño de la empresa que estaba organizando y acordamos que hacíamos el contrato entre los dos. El ponía la empresa y obtenía el 50% de las ganancias yo ponía el contrato, la dirección técnica y admistrativa y me reconocía el 50% restante de las ganancias. Sin embargo no me desvinculaba de las labores que estaba desarrollando y seguía haciendo presupuestos, facturas, liquidación de contratistas, etc. Resulta que cuando se terminó la obra y pagaron con los pagarés de siempre el patrón me decía siempre que no había podido descontar los pagarés porque tenía copada la línea de crédito y que debía esperar hasta septiembre para hacer las cuentas y cobrar. Ahora ya ha cobrado y me dice que no me debe nada que yo era un empleado y que con los 1150 euros del convenio ya era suficiente. Las personas que dirigen la empresa que nos contrató saben de este arreglo porque ellos querían que yo me quedara trabajando en todos sus proyectos y yo decliné la oferta pues era mejor participar de las ganancias. Cómo puedo reclamar lo que en justicia me corresponde? La labor que yo desarrollé ninguna persona de la empresa estaba cualificada para hacerla, es decir que el contrato se hizo solamente porque yo estaba de por medio. Yo desarrollé todo tanto técnica como administrativamente.

46. peccataminuta - 10 octubre 2007

«Las palabras se las lleva el viento».

Puedes intentar llevarlos a juicio y probar a ver si el Juez admite a trámite hacer un careo entre ambas partes.

Pero vamos, necesitarías testigos y sin pruebas sólidas es muy fácil perderlo. Antes de ir a un juicio sin pruebas, mejor no ir a ninguno.

47. raul - 15 octubre 2007

hola. mi caso es el siguiente. cobro 1100 euros netos al mes en 14 pagas. llevo en la empresa desde enero de 2004 y me voya el 25 de octubre ya que he encontrado una cosa mejor. me gustaria si me puedes decir que finiquito me corresponde. ya he disfrutado todas mis vacaciones este año. gracias de antemano.un saludo

48. peccataminuta - 15 octubre 2007

47. raul

¿Se habrá pensado que esto es un servicio de cálculo de finiquitos?

49. Ruben - 15 octubre 2007

¿donde puede uno mirar que tiempo de antiguedad te corresponde para tener un aumento? Tengo entendido que va por convenios pero ni sé cual tengo ni a que antiguedad le corresponde una subida.

50. El Finiquito - 16 octubre 2007

hola, muy bueno el blog…
Me siento usado…. todos me reclaman y resulta que soy de todos. Acaso yo no tengo derechos??? Todos me quieren pero nadie me respeta… bastaaaaaaaaaaaaa!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Pónganse a trabajar y dejen de especular!
Aguante la paga extra… una tia guarrísima..
Salu2

«el finiquito»

51. Ala - 21 octubre 2007

Hola, tenía una consulta. Estuve 2 meses trabajando en una empresa de trabajo temporal, y se terminó mi contrato el día 2 de Septiembre del 2007. A día de hoy, me entero de que me deben un finiquito, pero la empresa ni me ha llamado ni nada. ¿Todavía estoy a tiempo de recuperarlo? Gracias

52. moira - 23 octubre 2007

Hola
Mi pregunta es la siguiente:

Estoy trabajando en un puesto como sustitución, el contrato es de 1 mes (de prueba) y derecho al puesto de trabajo (en el caso que ellos lo consideren). El caso es que viendo la situación de otras de mis compañeras, el contrato realmente dura 1 mes. Quisiera saber, si en el caso de que durara un mes y cobrando 650 euros netos, cual seria la cuantia del finiquito.

Gracias

53. peccataminuta - 24 octubre 2007

52 Moira

Finiquitar signifca saldar. Tienes que ver cuánto te han pagado y cuánto dice según tu contrato que te tienen que pagar. Si no te lo hubiesen pagado, eso sería lo que te finiquitasen.

54. adriana - 30 octubre 2007

HOLA, necesito saber si la empresa que tiene pruebas de hacer el vago, de no respetar las obligaciones de trabajo, de no hacer lo que se le encomenda, osea de pasar a lo largo de sus obligaciones, teniendo tambien cartas de incumplimento, puede echar al trabajador sin pagarle las indemnizaciones que se le reviene.
gracias Adriana

55. Peccata Minuta - 31 octubre 2007

54 Adriana

Si puede demostrar en un juicio que has reducido tu rendimiento de forma voluntaria, sí y sin indemnización.

Por ejemplo: Que tengan un sistema de fichar y fiches tarde. Que tengas que lograr unos objetivos por contrato y no los cumplas. Que te ausentes del trabajo, o que el número de piezas que tengas que entregar quede grabado en algún sitio sin posibilidad de manipulación y lo presenten como prueba.

1º) Pruebas
2º) Solidez de las pruebas.

Si pueden probarlo, entonces ninguna indemnización.

56. Joel24 - 6 noviembre 2007

yo he trabajado desde el 1 de agosto hasta el 31 de ocutubre mi contrato a terminado y no me lo renovaron por mi peticion. que puedo hacer no se nada del tema y trabajaba de camarero con una nomina de 1000 euros

57. Peccata Minuta - 6 noviembre 2007

56. Joel24

Pues, puedes buscar otro trabajo. 🙂

No, en serio. Si todo estaba prorrateado y te han pagado todo lo que te pudiesen dejar a deber, entonces todo Ok.

58. Luz - 10 noviembre 2007

Hola! llevo trabajando desde el 8 de octubre en una nueva empresa. Durando los cinco primeros meses del año que estuve en otro trabajo me retenía IRPF un 11% para un salario base de 979.25 euros al mes/40 h. ¿Que tanto % me retendrán en el nuevo empleo si echo 32h semanales?. Este mes no me han retenido nada, y el salario base a sido de 582.15 euros.
Muchas gracias, sois de gran ayuda por toda la información que contiene la página.

59. peccataminuta - 11 noviembre 2007

58. Luz

No es cuestión de horas sino de lo que ganes al año. Si trabajas 2 minutos al año y ganas 60.000€ te retendrían el porcentaje correspondiente. Hay que bajarse el programa de Hacienda usando el link que se proporciona.

http://www.aeat.es/wps/portal/Navegacion2?channel=8c4b86dd04028010VgnVCM10000050f01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=2&img=7

60. víctor - 13 noviembre 2007

hola a todos, excelente página, sólo quería postear para agradecer en nombre de todos el trabajo desinteresado que haces peccataminuta. todos te pedimos cosas y tu simplemente las respondes dando de tu tiempo. muchas gracias. tenía alguna dudad que he solventado leyendo comentarios anteriores. Saludos a todos.

61. Jose - 13 noviembre 2007

llevo en mi trabajo 3 años pero dsd junio de 2007 me han echo indefinido kon lo cual mi sueldo anual bruto paso de ser 12000 a 13000 euros brutos anual, el problema viene q desde q me hicieron este nuevo contarto me estan reteniendo un 14% de irpf, es esto legal? A la hora de declarar cuanto me devolveran?

62. peccataminuta - 13 noviembre 2007

61 Jose

Mira las tablas de IRPF y mira cuánto te corresponde. Bájate el programa de Hacienda.

63. Xiomara - 15 noviembre 2007

Excelente, fue la solucion a todas mis preguntas sobre este tema. Me ayudo mucho.
Gracias!!

64. Cristina - 16 noviembre 2007

hola! llevo 2 años trabajando y cobrando 3 pagas extras anuales. En enero mis jefes me quieren prorratear las pagas extras, mi cuestión es la siguiente:
Ganaré más dinero cada mes con las pagas así?o por el contrario perderé dinero con el prorrateo?
Muchas gracias peccataminuta!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

el niño po zi - 23 febrero 2010

que vas a perder tonta la polla espabila

65. peccataminuta - 16 noviembre 2007

64# Cristina.

Lo mismo. Lo único que no tendrás que esperar 4 o 6 meses para que te den lo que no te están dando por mes.

66. Miguel - 18 noviembre 2007

Estuve trabajando un año como vendedor de tienda, donde por contrato estaba como dependiente, pero ademàs tenìa comisiones que doblaban el sueldo, las cuales me pagaban en negro. Renunciè y con el finiquito no me abonaron las comisiones pendientes de mes y medio que sumaban 1300 euros, con un cinismo indignante . La cuestiòn es que solo me pagaron el finiquito y las comisiones en el olvido. No quiero tomar represalias por la no declaraciòn y parte de trabajo en negro, sòlo quiero me paguen lo que deben y me corresponde. Cuando publican avisos pidiendo vendedores en los mismos ponen fijo mas comisiones, aunque no dan ningùn comprobante de dichas comisiones.Quisiera me digan si puedo hacer algo para ello

67. Benja - 20 noviembre 2007

hola

Mi caso es el siguiente tengo un contrato de eventual por causas de la produccion a tiempo completo (8 horas) el inicio de contrato fue el 24 del 7 y terminaba el 23/01/08 pero hoy dia 19/11/07 despues de terminar mi trabajo me an dicho que me paran y que pase a recojer la liquidacion, cobro 1000 euros (libres para mi) pero solo 610 en nomina y con las pagas extras incluidas no eh disfrutado vacasiones y me gustaria saber cuanto tendrian que pagarme pues no quiero k me estafen agradeceria mucho la ayuda k podais prestarme. no se si es importante pero en la empresa se cotisa el mes de trabajo del dia 1 al 30 pero se paga los 15

muchas gracias

el niño po zi - 23 febrero 2010

1- pon dos demanadas una por reclamacion por cantidad te falta abria que cojer tabla salarial ademas de la parte proporcional de vacaciones y de las pagas extras- 2- si no te dio indemnizacion por despido firma no conforme cobra los dias de trabajo y lo que te de y pon tambien otra demanada por despido improcedente- para reclamacion de cantidad es un año de plazo por despido veinte dias haviles si no saves cojete un abogado de estos facistas de mierda y ten cuidao que no te vendan que para eso están. a mi no me hacen faltas estos fachas de mierda se mas que ellos y su raza entera. chao pasate por uso o cnt. rapidin chao sandocan.

68. peccataminuta - 20 noviembre 2007

67. Benja

Tengo entendido que es ilegal que te paguen más allá del día 10 de cada mes, salvo que hayas pactado esto en el contrato.

2º) Te corresponden los 19 días del mes en curso más 2,5 días de vacaciones por mes trabajado. Como del 24 a fin de mes hacen 6 días sumaríamos a este mes 19+6 y tendríamos 25 días, por lo que a efectos de vacaciones tendrías Agosto + Septiembre + Octubre + 25 días de Noviembre, por lo que serían 2.5 + 2.5 + 2.5 + 2,5 = 10 días (ponle que te quitasen medio día por los 5 días que faltan).

La cuestión es que como la nómina es de 610 euros, legalmente te corresponde sobre lo que tiene base legal y por lo tanto te tendrían que abonar 610 * 10 /30 = 203 euros brutos (a los que habría que quitar el IRPF) en concepto de FINIQUITO.

Este finiquito podría ser superior si en él te incluyen la nómina de los 19 días.

69. peccataminuta - 20 noviembre 2007

66. Miguel

Las comisiones si están en contrato deben de figurar en la nómina. Como dices que te las pagaban en negro no tienes derecho a reclamar nada porque no puedes probar que te hayan pagado a no ser que te hubiesen firmado algún papel o te hubiesen pagado con cheque.

En ese caso puedes dirigirte a la Inspección de Trabajo de tu localidad y hacer una denuncia.

Recuerda, si les quieres joder dí simplemente que no te han hecho firmar el Libro de Matrícula. La mayoría de las empresas no lo hacen y la multa es de 300€.

70. Miguel - 21 noviembre 2007

Muchas gracias por la respuesta.

71. Ly - 23 noviembre 2007

Buenos días,

Lo que me ocurre es más o menos culpa mía por confiada, pero he llegado a un punto en el que no puedo aguantar más, y cada día me parece más surrealista que no me den algo que es su obligación.
Llevo trabajando desde finales de Agosto del año pasado en una empresa que según me dicen es del sector metal.
Según mis jefes, me hicieron un cotrato de 6 meses, después otro y ahor estoy en contrato indefinido… cosa que no he visto ni he firmado.
Todos los meses a la hora de pagarme el sueldo, me lo dan en dinero en efectivo, sin nómina. Todos los meses la pido y siempre me dicen que para el mes siguiente me las traen todas porque no pasaron por la asesoría.
Llegó la hora de la declaración de la renta y en mis retenciones vi algo que no me gustó un pelo. Ponía que desde agosto hasta diciembre del 2006 cobré más de 9000 euros. Cosa que haciendo el cálculo de lo que realmente me dieron no se parece en nada….
He llegado a un punto en que pido la nómina un día si y otro no inventando excusas para que sea inminente traérmelas y nada… La ultima fue que quiero pedir una hipoteca y necesito un estudio (obviamente necesito nómina) y me respondieron que si no valía con la hoja de las retenciones del año pasado…
Pido vidas laborales a cada poco y estoy asegurada por 8 horas y parece en regla….
¿Qué puede haber en mis nóminas para que no me las quieran dar?
¿Cómo me tengo que poner para que me las den? Yo ya no sé que voy a hacer ni decir…

72. peccataminuta - 23 noviembre 2007

71. Ly

Es muy sencillo: Plantar cara, pero si tocas algún palillo sensible te pueden despedir.

Si tienes contrato y declaración de la renta existe una relación laboral. Puedes entonces dirigirte a Inspección de Trabajo.

Yo me pondría firme y si me vuelven a decir que para mañana, manda un burofax a la dirección diciendo que si no te dan tus nóminas, procederás a denunciarlo a Inspección de Trabajo.

Tú nómina es tu comprobante y si te pagan sin tú firmar nada, mira, hasta es mejor para tí porque puedes denunciarles por impago de nómina. Ahora mísmo podrías reclamar hasta 1 año los salarios no pagados.

73. Sara - 24 noviembre 2007

Buenas noches.
Si alguien me puede ayudar estado leyendo pero no encontre la respuesta que necesito, en una baja voluntaria de fecha 15/11/2007 corresponde la paga proporcional de Diciembre, tengo una en Marzo la de beneficios, tendria derecho en mi finiquito parte de esa paga, o solo de la de Diciembre.
Muchas gracias

74. peccataminuta - 25 noviembre 2007

73.
Sólo la de Diciembre.

75. María - 26 noviembre 2007

Hola! Debería haber muchas páginas como esta en las que nos informaran, sobre lo que nos corresponde. Mi pregunta es la siguiente:
Llevo desde el 1 de Octubre trabajando 32 horas semanales, en total son 188h mensuales, quería saber: ¿cuántos días me corresponden de vacaciones por mes? Muchísimas gracias

76. peccataminuta - 26 noviembre 2007

75# María

El cómputo de 30 días de vacaciones por año trabajado se refiere a una jornada de 40 horas semanales. Si trabajas 32 horas, te correspondería 30 x 32/40 = 24 días.

77. María - 27 noviembre 2007

MUCHAS GRACIAS POR RESPONDERME!!!!!!!!!es decir, me pertenecen 2 dias por mes trabajado, ya se lo estoy diciendo a mi jefe!!!!!.
Saludos

78. MARIBEL - 3 diciembre 2007

MARIBEL
YO soy de ecuador y viene con un contrato de trabajo para 9 meses y me dicen que no me pueden pagar los dos salarios que se dan para navidad y el otro cuando sea el acuerdo por que dicen que tengo que tener trabajando 7 años solo me van a pagar dias festivos es legal O QUE DEBO HACER AYUDEMEN LES AGRADECERE MUCHO YA QUE ES PRIMERA VEZ QUE VENGO LLEGUE EN AGOSTO DE ESTE AÑO Y ME TOCA REGRESAR EN MAYO

79. Xavier - 4 diciembre 2007

Hola buenas tardes,

Tengo una duda respecto a la última nomina que me han abonado, no se si me la pudieras aclarar.

Mi sueldo es de 18000 € / 14 pagas = 1285,14

Si el mes pasado he estado enfermo 3 dias, los cuales no me pagan, la cantidad a descontar por estos 3 dias es de 214 € teniendo en cuenta que si no recuerdo mal las nominas se calculan a razón de 30 dias??

Si me puedes indicar si esto es asi o no te lo agradeceria.

Atentamente,

Xavier

80. katherine - 9 diciembre 2007

hola , mi consulta es que a mi me estan pagando en facturas por un proyecto que estuve haciendo , estas facturas son por tres meses, en lo cual me descuentan por todos los pagos que hay que hacer a hacienda, mi pregunta es que diferencia tiene con una nomina , si pago mis impuestos es decir me descuentan igual, y si esto hace ver que estoy cotizando a la seguridad social? ya que como soy extranjera necesito estar cotizando para mantener mi tarjeta y no tener problemas en el momento de la renovación, espero su proonta respuesta…

81. peccataminuta - 10 diciembre 2007

78. MARIBEL

Lo de los 7 años se lo han inventado. Posiblemente en tu nómina esté todo prorrateado (repartido) y no tengas derecho a pagas extras (porque ya las estás cobrando). Mira el contrato y las nóminas.

80. katherine

Para estar en España se necesita o tener recursos propios que demuestren que puedes vivir sin trabajar, o trabajar por cuenta ajena o propia. Lo que estás haciendo ahora es trabajar por cuenta propia. Tu alta en Hacienda y tu impuestos y tus facturas lo demuestran.

82. PEPE LUQUE - 11 diciembre 2007

HOLA, BUENOS DIAS.

QUISIERA HACER UN PREGUNTA.

SE ME HA ACABADO EL CONTRATO EN EL MES DE SEPTIEMPRE Y ME HAN HECHO OTRO NUEVO. EN EL FINIQUITO SOLO HE COBRADO LA PARTE PROPORCIONAL DE PAGA EXTRA Y AHORA LAS NOMINAS CON EL CONTRATO NUEVO ME VIENEN CON 4 PUNTOS MAS DE IRPF PORQUE DICEN QUE ESTO SE HACE PARA DECLARAR EL DINERO DE MAS QUE HE COBRADO POR EL FINIQUITO DEL CONTRATO ANTIGUO, PERO COMO HE DICHO NO HE COBRADO NADA MAS QUE LA PAGA, QUE A SU VEZ YA TRAIA SU RETENCION APLICADA.

ES ESTO CORRECTO?? ….GRACIAS

83. Peccata Minuta - 11 diciembre 2007

El uso abusivo de mayúsculas se considera ofensivo. Lo de los puntos del IRPF de más o de menos, al final Hacienda te lo devolverá.

El tipo tiene que ser el que corresponda a tus ingresos en el año. Si al final se han incrementado, habrá que modificarte el tipo de retención.

84. PEPE LUQUE - 12 diciembre 2007

Buenos dias.

Perdona por las mayúsculas y gracias por responderme. Te comento que mis ingresos no han variado, sólo que me han cambiado el contrato.

¿Pero debo recibir finiquito? o al hacerme otro contrato nuevo sólo debo recibir la parte proporcional de paga extra…

Muchas Gracias

85. peccataminuta - 12 diciembre 2007

84. PEPE LUQUE

Lo correcto es finiquitar un contrato e iniciar uno nuevo porque si no el tú podrías alegar que sigue vigente el otro contrato y que se aplican los 2, o la otra parte alegar que X cantidad te corresponde por el contrato antiguo e Y por el nuevo. Para evitarse problemas, se «finiquita» un contrato y se inicia otro.

86. dolores - 13 diciembre 2007

hola! mira queria saber cuanto me corresponde cobrar el finiquito?? estube trabajando en una tienda de dependienta tenia el contrato de 6 meses pero por motivos que no me lo an dicho no supere el mes de prueba y estube trabajando del 7 de noviembre hasta el 5 d diciembre, me tendria q pagar en el finiquito la paga extra de navidad?? cuanto me tendria que pagar,porq todabia no me an dado el finiquito graicas

87. peccataminuta - 14 diciembre 2007

86. dolores

Si las pagas extras van prorrateadas, sólo te tienen que pagar 2.5 días de vacaciones por cada mes trabajado.

Si las pagas extras no estaban incluidas en la nómina, te tienen que dar 1/6 de una paga como mínimo, salvo que tu convenio colectivo diga que hay más de 2 pagas extras al año.

88. CRISTIAN - 15 diciembre 2007

hola tengo 4 años y medio en una empresa , contrato indefinido ,
mi sueldo bruto es: 910 euros. y me han dicho que me tengo q ir ,la oregunta es¿cuanto me corresponderia de liquidacion? ..
muchas gracias y eres una gran ayuda.

89. PEPE LUQUE - 17 diciembre 2007

Buenos días.

Te vuelvo a dar las gracias por tu respuesta del día 13. en base a esa respuesta me gustaría hacerte otra pregunta. ¿Cuanto debo cobrar en mi finiquito? …aparte de las vacaciones y la paga extra que ya si las cobre. El contrato fue de tres meses prorrogado a hasta el año.

Muchas gracias.

90. Peccata Minuta - 17 diciembre 2007

88. CRISTIAN
Nada nada, a coger la calculadora y echar números.

89. PEPE LUQUE
¿Qué esperas cobrar? ¿El contrato tenía remuneraciones ocultas? ¿Tal vez 1/4 de cesta de navidad?

91. PEPE LUQUE - 18 diciembre 2007

Solo te preguntaba que finiquito debo cobrar…..pero bueno muchas gracias por las respuestas de otros días….

92. Peccata Minuta - 19 diciembre 2007

91. PEPE LUQUE

¿Tú te lees los post? Los entiendes? Si ya has cobrado pagas extras y has disfrutado de vacaciones, que esperas cobrar? Hay algo aparte en tu contrato?

93. fernanda - 20 diciembre 2007

hace 15 dias presente mi renuncia, tengo 6 meses de antiguedad, cobro 900 por mes, mis pagas estan distribuidas en mi nomina.
Creo q m corresponden 19 dias de vacaciones.
Cuanto debo cobrar liquido? No se calcularlo…

94. Mariana - 21 diciembre 2007

¡Hola!Haber si me puedes solucionar una duda porque ando un poco perdida, la verdad. Despues de un año trabajando como dependienta con un sueldo de menos de 12000€ brutos anuales, siempre he tenido un IRPF del 6%, pero ahora que me voy de la empresa, me encuentro con que el mes pasado tuve un 12% d IRPF. Lo que mas me extraña es que en mi finiquito se me aplica un 20% de IRPF. ¿es normal?
Mis jefes no me quieren explicar nada, y me piden que firme cuanto antes…
Muchas gracias, esta pagina es de gran ayuda!

95. Mariana - 21 diciembre 2007

Ah! tengo 21 años, ni tengo hijos, ni personas a mi cargo,ni casada, ni esas cosas que sirven para saber el irpf…

Gracias de nuevo

96. Peccata Minuta - 22 diciembre 2007

94. Mariana

Lo que te retengan de más o de menos luego te lo devuelve Hacienda si tienes derecho a devolución.

97. rapanui - 25 diciembre 2007

Buenas Peccata Minuta; tengo una duda sobre las pagas extras a ver si me la puedes aclarar.
Comenzé a trabajar el 1/10/2007 con un sueldo bruto de 24.000 euros divididos en 15 pagas = 1600 brutos/mes. Ahora en diciembre me han pagado 90 dias x 4,4 euros = 400 euros de Paga Extra aplicando el cálculo anual de pagas extras. Según esto, cuando haya pasado un año no habré cobrado los 24.000 euros, ya que me habrán pagado 1600 * 12 meses = 19200 + 400 (Extra navidad) + 792 (Extra marzo) + 1056 (Extra junio) = TOTAL 21.448 euros aproximadamente. Por lo que deduzco que la diferencia hasta los 24.000 euros se la queda la empresa hasta el momento que pagen el feniquito en cuyo momento te pagan la parte proporcional de las pagas extras pendientes.
Gracias y un saludo.

98. Eva - 26 diciembre 2007

Hola! llevo cinco años trabajando en una empresa, a turno partido hasta Octubre, en ese mes hicimos una jornada intensiva de 6 h, por lo que iba solamente de 9 a 15:00h, tengo una niña menor de 3 años, y ahora me quieren obligar hacer otra vez turno partido. ¿ Lo pueden hacer? ¿puedo negarme a permitir eso?, en el caso de que me niegue, ¿que consecuencias tendría? muchas gracias.

99. Peccata Minuta - 26 diciembre 2007

98 Eva

Pues que te despidan. Si has estado disfrutando de unas condiciones de trabajo durante 5 años y ahora quieren volver a las mismas que disfrutastes, no te puedes negar.

Tú puedes alegar «modificación sustancial de las condiciones de trabajo» y decir que te rescindan el contrato cuando tienes uno horario y te lo cambian radicalmente, no al revés.

100. Eva - 27 diciembre 2007

Hola! acabo de ver tu respuesta. Entonces no hay ningún beneficio por tener una niña de 3 años por lo que me dices, no?. Si yo rescindo mi contrato indefinido con la empresa, deduzco que el finiquito será menor que si ellas me despiden ¿no?. Espero tu respuesta, porque tengo un lio increible. Muchííííííííísimas gracias.

101. Blonde17 - 4 enero 2008

Hola amigos, gracias por que exista esta pagina que puede resolver muchas dudas! me estan ofreciendo los gte:
• Paquete retributivo total de 36.100 € , compuesto de 27.000 € salario bruto anual + 3.000 € por complemento por skill SAP (a cobrar en 12 mensualidades) + 2.000 € de complemento salarial (se cobra en 12 mensualidades) + prima de incorporación de 2.000 € (el 50% a los primeros 6 meses y 50% al año) + Paquete de Beneficios Sociales (Ticket Restaurante = 1.350; Seguro Médico = 600 €; Seguro Vida y Accidentes = 150 €, que corresponde a un capital asegurado de 60.000 € ; además de subvenciones para la formación en idiomas, tarjeta American Express)

102. isaky - 11 enero 2008

Te adoro paccata minuta :),te las currao tela la pagina,bueno yo te queria preguntar lo siguiente,estoy en una empresa la cual al cumplirme el primer contrato de 4 meses me renovo pero cambiandome de empresa,le dije que no me importaba siempre y cuando me liquidara e hicieramos otro contrato,me dijo que me liquidaria cuando terminara este contrato,todo junto,eso puede hacrlo??,hace 3 meses que estoy con el nuevo contrato y no se que hacer,compis me han dicho que puedo perder el finikito anterior :(,otra cosilla,yo cobro por dia trabajado 48 e,en la nomina viene el salario base 658 lo demas el lo rellena segun lo que cobremos,por ejemplo,el salario base y un mes me pone de pagas extra 258,incentivos 340 y asi to los meses nunca esta igual,esa nomina es legal??por cierto nos obligan a no disfrutar de vacaciones segun dice estan metidas en el sueldo,?¿?¿?,si es k hay cada uno por hay…;),un millon de gracias,si t puedo ayudar en algo…:)

103. peccataminuta - 11 enero 2008

102 Isaki

Primero, al cambiar de contrato te tenían que haber finiquitado. Si no finiquitaste, todavía están vigentes las cantidades que haya pendientes, así que yo mejor que tú las cobraba.

Segundo, no te pueden obligar a que no disfrutes de vacaciones remuneradas,a no ser que tú quieras.

Los sindicatos tienen un servicio de asesoramiento a trabajadores, así como Inspección de Trabajo.

104. pml - 17 enero 2008

buenas, queria hacer una pregunta yo me fui el dia 28 de diciembre de mi empresa sin dar preaviso, tenia un trabajo de lunes a domingos de mañana tarde y noche, cuando me fui me habian ingresado el sueldo un dia antes, y el dia 20 la paga extra de diciembre ahora me ha llegado un burofax de que antes del dia 30 de enero tengo que devolver la paga extra, y como el dia 28 fue cuando me di de baja voluntaria sin preaviso, ya no fui a trabajar pero esos dias 29,30, y 31 me dicen que tambien lo tengo que pagar por no haber ido a trabajar, tenia un contrato indefinido desde mayo, y antes de eso entre con un contrato de 6 meses de duracion determinada,cuando me hicieron fija solo me cambiaron de contrato no me liquidaron nada, si me podeis ayudar estoy bastante angustiada. Espero la respuesta. Muchas Gracias. Cristina

105. martha - 19 enero 2008

buenos dias mi pregunta es a mi me pagan por horas el mes de diciembre hice 110h y solo me pagaron 77h fui y pregunte y me dijeron que era por que me habian pagado dias de vacaciones,la cuestion es que yo no me fui de vacaciones sino que trabaje todo el mes ,me han pagado bien o no?.ademas mi contrato se acabo el día 8de enero.

106. peccataminuta - 19 enero 2008

104. pml

Si te vas sin preaviso fuera del periodo de prueba, les tienes que indemnizar con tantos días como no hayas preavisado. En algunos convenios el preaviso es de 1 y hasta 2 meses.

El cambio de contrato no significa que te tengan que liquidar nada, salvo que haya algo pendiente y en ese caso siempre conviene finiquitar lo referente a un contrato y empezar uno nuevo con todo saldado.

Las cuentas que hay que echar son:

Devengado hasta el 27/12/2007
Menos pagado hasta el 27/12/2007

Creo que aquí les sobra 3 días que te han pagado de más.

A esos 3 días que te han pagado de más les tienes que añadir los 15 que les tienes que indemnizar y en total te salen unos 18 días que les tienes que indeminizar, salvo que en tu convenio el tiempo de preaviso sea superior.

105. martha
Si tienes algún papel firmado por la dirección o ellos lo tienen firmado por tí, por lo que se puede demostrar que tú te fuiste de vacaciones, entonces no te has ido de vacaciones. Ante la duda, la justicia da la razón al trabajador. Te deben esas horas.

107. peccataminuta - 19 enero 2008

100. Eva

Si tu rescindes tu contrato, dí adios al paro.

2º) No creo que haya ninguna bonificación por tener 1 hijo, 2 o 3 haciendo la mili en Leganés. Lo siento.

108. victor - 23 enero 2008

hola me llamo victor… y tengo una duda… llevo trabajando unos 8 años en la empresa… y soy dependiente… pero hace como 4 años deje la empresa y a los 6 mese volvi otra vez… en el peridodo de estos 4 años solo he cojido las vacaciones una vez de un mes… y el jefe me hizo firmar un papel con un finiquito de tres mil euros… ( hace ya como dos años ) pero al cojer las vacaciones el jefe me camio de empresa por lo cual perdi la antiguedad .. no tengo paga extra… y trabajo mas de lo que pone en mi contrato… ( supuesta mente 8 horas… pero yo trabajo casi 11 horas de 09:00 hasta las 14:00 luego de 16:00 a 21:00 ) .
Mi pregunta es… cuanto me tiene k pagar por si me echa… (con una nomina de 1100,00 €) y que cantidad me pagaria el paro y el tiempo de paro que me corresponde… ( creo que tengo contrato indefinido )
muchas gracias de ante mano… y un saludo.

109. Nilma, no Vilma - 23 enero 2008

Buenas tardes Pecatta minuta,
por cierto, adoro a Mister Ceporro, que personaje! si pudiera hablar…

Te agradecería me despejaras una duda.
Me han aumentado el sueldo según mi jefe un 10.90%, pero en realidad me sube solo un 6.75%, eso es por el IRPF, no? que se lleva el resto, no?
He tratado de buscar las tablas por la web de hacienda, pero no las se buscar o no me entero!
Si cobraba 22.000 Brutos anuales y ahora casi 24.000, por que en dinero constante y sonante de 1126€ por 15 pagas se me ha ido a tan solo 1202€. Si a 1126€ le sumo un 10.90% me sale a 1248€ y solo me van a pagar 1202€! quien se ha quedado con los 46€ restantes???
Digamos que la euforia inicial, del 10.90% se me fue al garete.
Soy soltera y no tengo hijos… el Irpf que me van a cobrar debe de ser monstruoso, no?

Muchas gracias y mimos a Ceporro.

110. Peccata Minuta - 23 enero 2008

109 Nilma. Los vínculos a la web de Hacienda están en el post. En cualquier caso vé a http://www.aeat.es y busca «IRPF retenciones».

108. victor
Bien, salvo que tu jefe tenga una prueba fehaciente de que has disfrutado vacaciones, puedes reclamar su pago judicialmente, pero exponiéndote a que te despida ya de paso.

Lo segundo es que se está produciendo una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, por lo que si quieres dejar el trabajo necesitarías adquirir todas las pruebas necesarias para ir a Juicio, ya que se castiga con pena de prisión de 6 meses a 3 años y multa de 6 a 12 meses a aquel que mediante engaño o abuso de situación de necesidad imponga a los trabajadores a su servicio condicones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual. Debe demostrarse que hay engaño y abuso de situación de necesidad.

Si no se entendiense engaño y abuso, puesto que la modificación de las condiciones de trabajo es prolongada en el tiempo y aceptada por el trabajador, se puede rescindir el contrato de trabajo por parte del trabajador (poniendo el trabajador una demanda ante los servicios de mediación,arbitraje y conciliación -SMAC- del Ministerio de Trabajo en su provincia), recibiendo una indemnización de 20 días por año de trabajo hasta un máximo de 9 meses.

Se entiende que hay una modificación sustancial de las condiciones de trabajo cuando éstas afectan a:

-Jornada,
-Horario de Trabajo, y
-Régimen de Trabajo a turnos.

111. alfre - 24 enero 2008

Hola muy buenas, quisiera que alguien me pudiera ayuadar sobre una duda. Tengo un contrato indefinido llevo 2 años y 3 meses con la jornada de 7 a 3, la empresa va ha cerrar por cierre de actividad y dicen que nos recolocaran en otros departamentos, en mi contrato no pone de 7 a 3 solo de lunes a viernes 40 horas semanales, ¿ me pueden obligar ha hacer turnos, me mantienen el mismo contrato, y si no lo acepto, que me pertence 20 dias por año y paro o nada de nada. muchas gracias

112. laura - 25 enero 2008

Hola muy buenos días, quisiera que me ayudaras si puedes mi pregunta es la siguiente:
Trabajo de vendedor y cobro todos los meses un fijo de 1700€ neto, pero en el mes de enero he tenido unas comisiones «extras de 2100€» y quiero saber de que forma lop uedo cobrar para que hacienda me retenga lo menos posible, por favor contestame cuanto antes, ya que no me fio mucho de mi jefe.
Muchas gracias

113. Carla - 29 enero 2008

soy auxiliar de enfermeria, trabajo en una residencia privada. Gano 958 euros netos con las pagas incluidas. Mi jefe no nos paga noxes ni festivos, estaria obligado? Si es asi podria denunciarlo.Gracias

114. jesus vadipo perea - 29 enero 2008

muchas gracias por compartir tus conocimientos con los mas humildes,ojala hubiera mas personas en el mundo como tu,soy fontanero y si alguna vez te puedo ayudar por favor no dudes en llamarme.690669258 jesus.

115. Javier Martín - 29 enero 2008

Buenas tardes,necesitaba ayuda sobre la siguiente cuestión:
Llevo 10 años trabajando en mi empresa con 12 pagas+3 pagas extra (la de beneficios prorrateada).
Ahora quieren meternos las otras dos (Julio y Diciembre) también prorrateadas.
¿Me puedo negar a ello?
¿Tengo que firmarles algo para dar mi consentimiento?
Ya se que recomiendas que es mejor cobrarlo mes a mes pero algunos somos muy nostalgicos y nos gusta ese «regalo» en esos dos meses.
Gracias ,y sigue así.

116. peccataminuta - 29 enero 2008

111. alfre

Si cierran sin expediente de regulación de empleo y te recontratan en otro sitio, agradece que no vayas al paro. Ahora bien, no creo que tengan ninguna obligación legal de conservarte el empleo en las mismas condiciones, o haber iniciado un proceso de ERE.

112. laura

Tendrás que cobrar lo que tengas que cobrar. Al final Hacienda echa cuentas. Si quieres deducir al máximo, que te las pague en negro. Eso deduce que es un primor. :-))))

113. Carla
Por supuesto, sólo hay que ver que pone en el convenio colectivo al que está adscrito tu empresa o al que se refiere tu contrato. Una vez tengas el convenio colectivo en tus manos, el orden de las leyes es el siguiente:

Constitución
Leyes Orgánicas
Leyes Ordinarias (Estatuto de los Trabajadores)
Reglamentos (Convenio Colectivo Nacional y luego el Provincial)
Jurisprudencia
Costumbre

Puedes pedir por vía judicial la rescisión de tu contrato por incumplimineto por su parte, tal y como se expresa en mi comentario 110.

114. jesus vadipo perea
Gracias Jesús, agradezco el cumplido. Tomo nota.

115. Javier Martín

Te recomiendo que las cobres prorrateadas, porque si algún día hay problemas con la empresa, mejor que no te deban nada y que haya que finiquitar lo mínimo. En cualquier caso, la forma de pago es algo que deben pactar ambas partes. Si ellos te lo imponen, tuya es la decisión de aceptar o irte. Generalmente estas imposiciones estan relacionadas con ahorrar costes administrativos, así que yo me callaría porque mientras cobres y no te toquen las narices en tu trabajo, date con un canto en los dientes.

Y vamos, si te gustan los regalitos cada cierto tiempo, dame ese dinerito que no quieres prorrateado, que lo meto en el ING Direct y luego te devuelvo tu dinerito y yo me quedo con los intereses :-)))

117. Javier Martín - 29 enero 2008

Muchas gracias ,Peccataminuta, por tu rapidisima respuesta.

118. ESTHER - 30 enero 2008

hOLA SOY COMERCIAL Y VENDO VIVIENDAS Y TENGO UNA DUDA SOBRE MI NOMINA NOSOTROS COBRAMOS UN SUELDO FIJO TODOS LOS MESES MAS COMISIONES, PERO NUNCA SABES LO QUE VAS A COBRAR POR QUE LA EMPRESA NO NOS RETIENE MES A MES SINO QUE DEPENDE DE LO QUE HAS COBRADO LOS MESES ANTERIORES.
PUEDO EXSIGIR QUE ME RETENGAN LO QUE ME TIENEN QUE RETENER MES A MES?

119. andres dengra garcia - 30 enero 2008

Buenas tardes, despues de estar trabajando fijo en una empresa de convenio del metal en granada me han despedido tras tres años, y me gustaria saber a cuanto asciende o como calcular el finiquito, muchas gracias de antemano.

120. peccataminuta - 30 enero 2008

118. ESTHER

En los contratos, si es de duración inferior a un año, hay que retener el 2%, pero si es superior o se desea así, se debe retener en función de lo que se lleva ganado o viene estipulado por contrato. En cualquier caso, supongo que hay una normativa en la web de Hacienda http://www.aeat.es buscando el apartado IRPF / Retenciones.

119. andres dengra garcia

Si le han despedido y estaba fijo, supongo que habrá ido a reclamar un despido improcedente, por lo que la cuantía del finiquito se la proporcionará su abogado y todo se liquidará una vez que el juicio quede sentenciado.

En cuanto a lo de su contrato, el orden es así:

1º) Rige lo que pone en su contrato salvo que sea contrario al Convenio, al Estatuto, Leyes y Constitución.

2º) Rige el Convenio, salvo que el convenio tenga alguna cláusula contraria a las leyes superiores, en cuyo caso el convenio se puede impugnar (hay muchos convenios con cláusulas dudosas, y algunas que puede entenderse contrarias a la ley, pero que no son denunciadas por las partes).

3º) Luego rige el Estatuto de los Trabajadores.

121. nieves - 31 enero 2008

Hola,indagando por internet he visto tus respuestas y aparte de que hay muchas muy graciosas, veo que son muy logicas y te felicito porque se entienden;incluso para una persona como yo que muchas cosas no las veo claras.Me gustaria que me dijeras a que organismo oficial puedo ir para saber lo que la empresa me retiene anualmente para hacienda,muchas gracias

122. peccataminuta - 31 enero 2008

121 Nieves

A la propia Hacienda cuando, pidiendo un certificado de retenciones.

123. ESTHER - 1 febrero 2008

llevo mas de 8 años trabajando en la empresa.no se si me explique bien te pongo un ejemplo.Yo cobro de sueldo base 1.200 + 400 de dietas + 400 euros de comision por cada vivienda.ejemplo yo un mes vendo 7 casas que son 2.800+1200+400=4.400 pues me retienen solo un 12% al mes siguiente vendo solo 2 casas que serian
1200+400+800=2.400 y meretienen un 40% por que dicen que es la media yo la explicacion nunca la he entendido y yo lo que quisiera es que me retubieran mes a mes es decir el mes que cobro mucho que me retengan mucho y el mes que cobro poco que me retengan poco.ahh de las dietas me retienen y igual no por ser dieta me ,o excluyen. gracias

124. nieves - 1 febrero 2008

Muchas gracias Peccataminuta,si tengo alguna otra duda laboral volvere a consultarlo contigo.

125. sevillana - 1 febrero 2008

hola buenas tardes. mi pregunta es la siguiente. yo tenia tres pagas extras y mi jefa me a dicho hoy ke voi a cobrarlas prorrateadas porke yo se lo dije el mes pasado. y me a dicho ke me tiene ke dar un finiquito por eso. llevo ocho años en la empresa y soi fija. porque me tienen ke dar un finiquito? Eso es asi? o es ke me estan aciendo algo ke yo no sepa? muchas gracias

126. peccataminuta - 1 febrero 2008

125. sevillana

Pues n s ncsario ke t dn 1 finkito. Pra cmbiar la forma d kobrar la nmina n ac falta finikitar nda.

Un sludo

123. ESTHER
No se cómo está la normativa de retenciones, si se aplica lo ganado hasta el mes anterior. Luego también hay mucha gente haciendo nóminas cómo le da la gana.

127. rubita - 4 febrero 2008

pues a mi me an dicho ke si. ke es ke en mi contrato pone 15 nominas y dicen ke ahora tiene ke poner 12. asi ke tienen ke darme un finiquito para modificar el contrato. pero me an dicho ke conservo la antiguedad y el mismo contrato indefinido. es eso posible? muchas gracias

128. peccataminuta - 4 febrero 2008

127. rubita

Mujer, si el finiquito dice «por la presente quedan saldadas todas las cantidades que se puedan deber y finalizada la relación de trabajo», firma y luego ve a la oficina del paro más cercana.

Una cosa es que te den un comprobante de que recibes y otra cosa que finiquitas todo. Si «finiquitas» dices que estás conforme y que no vas a pedir nada más.

Yo que tú no firmaría, pero bueno, ya sabes, los abogados y los bancos tienen que comer de algo. Ah, sí y los políticos.

129. rubita - 6 febrero 2008

hola. gracias por todo, de verdad. ya e visto la nomina, y lo ke pone es regularizacion de pagas extras. y no pierdo ni la antiguedad ni el contrato. eso sera ke se ace porque se van a prorratear. gracias por tu ayuda

130. cristina - 19 febrero 2008

hola quisiera que alquien me ayude!llevo trabajando en supermercados ahorramas con contrato fijo mas de 1 año ,contrato de 40 horas la empresa me obliga a cambiarme a uno de 30 es posible que lo haga? me pueden obligar firmar un contrato como que se ha acabado y luego otro de 30 horas?dice la empresa que estan reduciendo la plantilla pero van abrir otras tiendas en parla y en valdemoroel mes de marzo.que puedo hacer? si no accepto me pueden mandar a trabajar muy lejos a tarrancon al el escorial,que hago?por favor pongase en contacto con migo al telefono 914649634 para concertar una cita gracias

131. peccataminuta - 19 febrero 2008

130. cristina

Hola Cristina.

Primero, no te pueden imponer una reducción de jornada. Hay que pactarla con el empresario, produciéndose una novación del contrato. En el caso de que te la impongan, se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Se puede rescindir el contrato de trabajo por parte del trabajador (poniendo el trabajador una demanda ante los servicios de mediación,arbitraje y conciliación -SMAC- del Ministerio de Trabajo en su provincia), recibiendo una indemnización de 20 días por año de trabajo hasta un máximo de 9 meses.

Se entiende que hay una modificación sustancial de las condiciones de trabajo cuando éstas afectan a:

-Jornada,
-Horario de Trabajo, y
-Régimen de Trabajo a turnos.

En cuanto al Traslado, se considera traslado a efectos legales cuando el nuevo centro de trabajo exigiría un cambio de domicilio. Se estima que se necesita un cambio de domicilio cuando el nuevo puesto de trabajo está a más de 30 Km de distancia del domicilio o se tarda más de 2 horas en ir y venir (es decir, 2 horas en total).

En este caso, te lo tienen que comunicar con 30 días de antelación y el empresario debe justificarlo. El trabajador puede acatarlo o rescindir el contrato.

Si acata el Traslado, tiene derecho a una compensación nunca inferior a los límites descritos en el Convenio Colectivo.

Si rescinde el contrato, tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades. Para lograr esto, debe impugnar judicialmente el contrato.

Un saludo. Espero que te ayude.

132. peccataminuta - 19 febrero 2008

Cristina. Si el contrato de 1 año se ha acabado y ahora te ofrecen uno nuevo pero a 30 horas semanales, no puedes exigir nada.

133. cristinapaun2000 - 20 febrero 2008

te agradesco del corazon para tu respuesta es que el contrato es indefinido
me pueden obligar a firmar?

134. yo - 20 febrero 2008

buenas!! mi consulta es: llevo 1 año y tres meses en mi empresa y cobro 793€ o algo asi.(con pagas prograteadas). el dia 1 de marzo empiezo en otro sitio y ya he avisado que me voy. mi finiquito solo consiste en 5 dias de las vacaciones???? y eso cuanto es? agradeceria mucho tu respuesta por que cada dia me siento mas timada en este curro.

135. peccataminuta - 20 febrero 2008

133. cristinapaun2000

Entonces se aplica lo que digo en mi post. Que puedes impugnarlo judicialmente, cobrar la indemnización e irte al paro, o acatarlo y firmar.

134. yo

Supongo que las vacaciones del primer año ya las habrás disfrutado. Como también supongo que durante el primer trimestre de este año no te has tomado vacaciones, te corresponderían 30 dias naturales / 4 trimestres = 7,50 dias de vacaciones.

Ojo, que no te hagan los cálculos sobre 22 días de vacaciones hábiles en vez de 30. Para cálculos se usan 30. Si te han dicho 5 días, te habrán hecho el cálculo (los muy cucos) sobre 22 días.

136. pepe - 20 febrero 2008

ola espero que me podais ayudar, soy albañil oficial de primera, llevo trabajando en la empresa desde el 2-7-2001 fijo y a parte soy enlace sindical.
me han propuesto despedirme pero no se que dias me corresponden por año trabajado, unos me dicen 20 dias y otros sobre unos 32 la verdad es que yo no lo se.
me podriais ayudar gracias.

137. cristina - 20 febrero 2008

eres un sol te doy las gracias

138. peccataminuta - 21 febrero 2008

136. pepe

El despido es por razones económicas o disciplinario? En cualquiera de los casos, pon en Google «Estatuto de los Trabajadores» y te dirá la cuantía. Luego tienes que ver también el Convenio Colectivo y lo que ponga en tu contrato.

139. federico - 21 febrero 2008

hola tengo un contrato por un año que corre desde el 21 de agosto del año pasado,a la fecha tengo muchas bajas por enfermedad comun y ellos consideran esto un motivo para despedirme,en caso de hacerlo deben pagarme la totalidad del contrato,es decir los 6 mesee que restan,gracias por su orientacion

140. fabio - 21 febrero 2008

hola trabajo en una residencia de ancianos hace 6 meses,firme un contrato por un año,pero ahora ellos me estan ofreciendo firmar un contrato indefinido,no se que hacer por que otro esta vigente,¿por que lo quieren cambiar? debo o no debo firmar? este cambio de contrato hara que me suba el irpf o que este obligado a declarar renta,gracias por la informacion

141. peccataminuta - 21 febrero 2008

139. federico

Motivo para despedirte por eso, no, pero se pueden inventar cualquier otro motivo: bajo rendimiento, etc. Quedándote 6 meses hasta fin de contrato lo que harán es no renovarte, y si tienen pruebas de que las IT (Incapacidades Temporales) están falseadas o tienen otras pruebas que justifiquen un despido disciplinario, lo harán.

Lo de pagarte los 6 meses que quedan, no se de donde sacas eso.

140. fabio

Te están ofreciendo la seguridad de un contrato indefinido. En tu contrato realmente te deberían haber retenido el tipo que corresponda (18%, 12%), no el 2% que se aplica para contratos laborales. En cualquier caso, el IRPF no tiene nada que ver con el tipo de contrato, y te retengan más o menos, al final tendrás que pagarlo en tu declaración de IRPF, por lo que es mejor que te retengan un poco más a que te lleves una sorpresa (pagar una gran cantidad y tener que buscar el dinero para pagarla) al hacer la declaración en el 2009.

142. Laura G. - 26 febrero 2008

Hola! Trabajo en sanidad privada y mi convenio garantiza cobrar el 100 por 100 en la primera baja. Estuve 8 dias de baja en enero y la nomina a parte que no la entiendo no me cuadra…
me han pagado bastante menos en los siguientes conceptos: – ayuda familiar, plus transporte, antiguedad y complemento personal .
La pregunta es: ¿ me ha de descontar solo del salario base por los dias de baja, o por el contrario ha de descontar de cada uno de los conceptos que te indico? Ademas es la primera baja de año con lo que entiendo que deberia cobrar el sueldo integro. ¿O la diferencia se debe a que utilizan la base reguladora del mes anterior?. Gracias de antemano.

143. yoli - 27 febrero 2008

hola! mi problema es el siguiente…
tengo un contrato indefinido de 40 horas semanales y la empresa me quieren reducir a 20 horas semanales porque dice que hay poco trabajo…
pueden obligarme?
que pasa si me niego?
por favor, conteste que me vuelvo loca… gracias

144. peccataminuta - 27 febrero 2008

143. Yoli

Pueden despedirte por causas económicas y darte una indemnización. También al verse tu jornada reducida en más de una tercera parte estarías legalmente desempleada, pudiendo cobrar la parte proporcional del desempleo que te corresponda hasta cubrir las 4 horas que no trabajas.

145. yoli - 2 marzo 2008

pero me pueden obligar a trabajar a cuatro horas?
y si me hechan me tienen que indemnizar? aunque sea de esta manera…
yo no quiero bajar a cuatro horas…
y quiero hablar con ellos con seguridad,no me estan tratando bien…
muchisimas gracias por contestarme tan rapido,un beso

146. peccataminuta - 2 marzo 2008

145 Yoli.

No te pueden obligar. Te dirán: Esto es lo que hay. Lo tomas o lo dejas.

Si lo dejas voluntariamente, no hay indemnización ni paro.

Si no te quieres ir entonces tendrás que hacer las 4 horas, y podrás cobrar 1/2 paga de paro. Para ello habrá que modificar el contrato de trabajo original firmando antes un contrato a media jornada y luego finiquitando el anterior.

Si te declaras en rebeldía, te pagarán sólo 4 horas y entonces puedes impugnar judicialmente el contrato por modificarse sustancialmente las condicones de trabajo. En ese caso cobras una indemnización.

También pueden despedirte disciplinariamente alegando cualquier razón, como el bajo rendimiento y pagarte una indemnización, pero claro la indemnización es mayor.

Yo si fuese el empresario te pagaría 4 horas y haya luego tú lo que decidieses, sabiendo que te irás a otro puesto de trabajo y contratarán en tu lugar a otra persona a la que no le importe o le venga bien trabajar sólo 4 horas.

Pero vamos, obligarte obligarte, en este país (aka «España») sólo te puede obligar un Juez, e incluso hasta a éste le puedes recusar y recurrir, salvo que la sentencia sea en última instancia. Recuerda: vivimos en un estado de derecho :-)))

147. jose - 2 marzo 2008

hola,veras estoy a espera de pasar tribunal medico y ya no me paga la empresa,me va a pagar la mutua y me paga el 75%,mi pregunta es,te pagan el 75% de la nomina en bruto o neto?gracias

148. yoli - 2 marzo 2008

siento ser una pesada pero tengo una duda…
si yo no firmo,no me puede bajar,no?
gracias de nuevo

149. peccataminuta - 2 marzo 2008

148. yoli

Vale, Yoli, para que lo entiendas, soy tu jefe.

1-Que firmas? = Fenomenal para mí. Te pago 4 horas y trabajas 4 horas.

2- Que no firmas? = Te pago 4 horas y a las 4 horas cierro la empresa y te echo a la calle, y hayá tu lo que hagas con tu contrato.

150. MARIO C.R. - 6 marzo 2008

hola buenas.TENGO UNAS DUDAS,TENGO UN CONTRATO INDEFINIDO Y ME QUIEREN MANDAR A TRABAJAR DE NOCHE.ME PUEDEN OBLIGAR A IR.SI YO ME NIEGO A IR ME PUEDEN DESPEDIR.TIENEN QUE DARMELO POR ESCRITO EL CAMBIO DE TURNO DE TRABAJO.TENGO EL CONVENIO SIDEROMETALURGICO( SOY ELECTRICISTA).UN SALUDO

151. MARIO C.R. - 6 marzo 2008

SOY MARIO C.R. OTRA VEZ.EN MI CONTRATO NO ESPECIFICA MI HORARIO LABORAL,ME PONE 40 HORAS SEMANALES.

152. Peccata Minuta - 7 marzo 2008

150. MARIO C.R.
Se tiene que estar a lo que diga primero el contrato y luego el convenio. Si no se dice nada, se entenderá que es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, lo cual te da derecho a rescindir el contrato y percibir una indemnización (ver 131).

153. Jorge - 7 marzo 2008

Los dias libres que he pedido a mi empresa, ¿me los pueden descontar del finiquito en concepto de vacacionesu otro concepto?, hay gente que me dice que no y otros que si, y necesito saberlo antes de ir a recoger el finiquito, en el trabajo saben que me voy este mes y no se niegan a darme dias libres.
Si os sirve de informacion trabajo en un cine, 24 horas semanales.

154. Peccata Minuta - 7 marzo 2008

153. Jorge

Se entiende, normalmente, que cuando te tomas días libres -sin acogerse a ningún permiso retribuido que regula la ley, el contrato, o el convenio colectivo- te los estás tomando con cargo a las vacaciones.

Existen días libres (llamados permisos retribuidos) por fallecimiento de familiar, mudanza, nacimiento de hijos, etc. Mira el estatuto de los trabajadores o tu convenio colectivo.

155. MARIO C.R. - 7 marzo 2008

AL FINAL HA LLEGADO LA HORA Y ME DICEN QUE O VOY A TRABAJAR DE NOCHE O LE HAGO UNA CARTA DE BAJA VOLUNTARIA.ME DICEN QUE TENGO QUE IR POR QUE COMO EN MI CONTRATO NO PONE OBRA NI NADA,ME DICEN QUE MI OBRA ESTA EN EL SITIO DE NOCHE.PUEDE SER LEGAL ESTOS CAMBIOS. SI NO ME PRESENTO PUEDEN DESPEDIRME.UN SALUDO.

156. Peccata Minuta - 7 marzo 2008

Si no te presentan es despido disciplinario y si lo prueban, nada de indemnización. En cambio si vas al SMAC (Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación) de tu provincia o a los servicios de asistencia jurídica gratuita de los Juzgados de lo Social de tu provincia y te informas, te pueden indemnizar por modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

157. odalisca - 7 marzo 2008

He empezado a trabajar el dia 6 de febrero y en la nomina del mes me pagan 24 dias. Pero si la empresa considera a efectos de sueldo todos los meses de 30 dias, no deberian pagarme 25 dias?
un saludo

158. MARIO C.R. - 7 marzo 2008

ME PODIAIS FACILITAR LA DIRECCION DEL SERVICIO DE ARBITRAJE Y CONCILIACION DE MADRID Y LA DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA JURIDICA DE LOS JUZGAODS DE LO SOCIAL.O FACILITARME ALGUN TELEFONO DE CONTACTO.

159. Peccata Minuta - 8 marzo 2008

158 MARIO
Hay una cosa que se llama Google :-))
Ve a los de la calle Hernani. También puedes ir a cualquier oficina de asesoramiento jurídico de la comunidad de Madrid. Hay una al lado del Registro Civil (C/ Pradillo, 66)
http://perso.wanadoo.es/aesley1/page04.htm

Si te dicen de ir al SMAC está en la plaza de los cubos, en la calle princesa, en Plaza España, donde están los cines.

157. odalisca
Pues sí. Tu jefe, que es un listillo.

160. nieves - 11 marzo 2008

hola peccata,soy Nieves y voy a explicarte mi problema.Trabajo en el servicio de limpieza en una escuela;el 1 de enero del 2007 la contrata de limpieza cambió de empresa y pasamos a otra nueva.Tengo tres pagas al año;en marzo del 2007esperaba cobrar la parte proporcional de la paga de marzo «que yo entiendo que seria de enero,febrero y marzo»y me dicen que eso lo ha pagado la empresa anterior.En la nómina de la empresa anterior de diciembre del 2006 lo único que tengo que puedan ser pagas es:
Prestaciones IT
Prestac.oblig.Empresa-E
P.Extra Beneficios PI
P.Extra Navidad PI
te lo he escrito como lo pone en la nómina y a ver si lo entiendes ; a parte de esto en el mes de enero del 2008 me llega la nómina de la paga de marzo con fecha de marzo del 2007 y me la tienen que pagar este mes que estamos y lo que cobro es igual a lo que cobré en la paga de junio y de diciembre del 2007.Por favor si me puedes aclarar algo te lo agradeceria porque si tengo razón aún puedo reclamar. muchas gracias

161. Yoder. - 16 marzo 2008

Tengo una nomina bajisima, 800 euros o poco mas , mi pregunta es ¿cuanto cobraria en caso de accidente grave con baja in definida? o por minusvalia por enfermadad natural(infarto etc) y ¿cuantos años nos toman como referencia para la jubilacion? los ultimos 10, 15 .

162. Peccata Minuta - 16 marzo 2008

160. nieves
No se, primero yo intentaría que el que te ha hecho la nómina te lo explique, porque a lo mejor… se ha equivocado.

161. Yoder

Más información en http://www.seg-social.es

163. Yoder. - 18 marzo 2008

Equivocarse no se ha equivocado por que llevo 15 años con una nomina bajisima , actualmente con beneficios , plus y ppp extras estoy en los 860 como media , luego cobro unos 350 euros mas sin declarar incluidas 16 horas extras mensuales cosa de la que ya estoy cansado. De ahi mi pregunta sobre lo que cobraria en caso de baja , accidente o para mi jubilacion que años nos toman como referencia.Gracias y perdon por mi total ignorancia sobre el tema, me voy a poner mas al dia por que me voy haciendo mayor y me estoy dando cuenta de la importancia de una buena nomina . Saludos.

164. silvia - 18 marzo 2008

Hola. Si a mi jefe le he dao la carta con un preaviso de 15 dias (acabarian los 15 dias el 22 de Marzo) pero como caen en festivo ahora me dice de cambiar la carta y poner como q los 15 dias acaban el 19 de Marzo, pero ya hay una carta de renuncia firmada y sellada por el, se puede? y me tendria q dar la nomina y la liquidacion con la hoja del finiiquito no? indemnizacion nada xq es voluntaria no?

165. Peccata Minuta - 18 marzo 2008

163. Yoder.

En la web de la Seguridad Social (www.seg-social.es) te informan de los requisitos para jubilación, invalidez e incapacidad temporal. Hay dos niveles de protección: el contributivo y el asistencial. Al asistencial (menor protección) se accede cuando no se ha cotizado lo suficiente para beneficiarse de una prestación contributiva (que como su nombre dice, proviene del nivel contributivo de protección).

El nivel contributivo de protección pide, para disfrutar de él en cada caso, un periodo de cotización y una base reguladora antes de causar derecho. Por ejemplo, supongamos que para cubrir la contingencia X se necesita que cotices 20 años. Ese sería el periodo de cotización mínimo. Ahora bien, para calcular cuánto vas a cobrar se usa la «Base Reguladora». Para cada caso hay una fórmula y por ejemplo, te diran: la media de los 6 últimos meses, o «la media de los 8 últimos años». Léelo y saca tus conclusiones.

164. silvia
Hola, mira, el preaviso se calcula sobre 15 días naturales y dile a tu jefe que no sea tan listo y que no se quiera ahorrar 3 o 4 días de paga. Vaya país de gitanos, coño!!!

166. Celia - 26 marzo 2008

Hola, tengo una duda, si se ha trabajado durante seis meses, se han disfrutado las vacaciones, se tiene derecho a finiquito? necesito la respuesta para un ejercicio, y no encuentro la respuesta por ningun lado, muchas gracias de antemano, y me parece muy interesante ke haya alguien ke pueda resolver estas dudas, lo dicho muchas gracias.

167. albañil - 27 marzo 2008

trabajo en constuccion of 1 acidentado el 21 de enero¿en las nominas me deben retener la paga y vacaciones ,corespondientes a los 6 meses del año ¿tengo derecho a q me avisen 15 dias antes de despedirme , si luego de curado me quisieran hechar

168. albañil - 27 marzo 2008

¿tiene derecho ccoo a cobrar 30 euros po una consulta de esto ? solo le enseñe las nominas de lo q cobro un mes 1322 aparte de las pagas y el permiso y ahora cobro acidentado xuna rotura de escafoides al mes 995

169. joc - 27 marzo 2008

Alguien sabe la fecha limite en que la empresa tiene que liquidar un salario variable anual por objetivos, creo que es a 31 de marzo el año siguiente. ¿Es correcto?

170. joc - 27 marzo 2008

Alguien sabe la fecha límite para que la empresa page un sualdo variable anual por objetivos. Creo que es el 31 de marzo el año siguiente. ¿Es correcto?

171. Mer - 31 marzo 2008

Hola, acabo de recibir el FINIQUITO por baja voluntaria en la empresa en la que he trabajado desde el 23 de oct del 2006.
Mis vacaciones no disfrutadas son 20 dias, ya que las contabilizan de Agosto a Agosto, pero mi duda surge con el tema de las Paga Verano y Paga Navidad, en la primera son 22.50 unidades (789.80 Eur) y en la segunda 7.50 (263.27 Eur).
Me descuentan el IRPF, un 1.65 de Accidentes y Cont Comunes 4.70 %.
Es normal estos descuentos? son los cálculos correctos? Muchas gracias

172. Michele - 31 marzo 2008

Hola! Felicitaciones por este espacio, todo es muy claro. Mi pregunta es : cuáles son los casos en que se cobra indemnización y con que tipo de contrato? Muchas gracias.

173. fernando - 3 abril 2008

hola trabaje de vigilante o guardia por mil euros desde julio del 07 hasta febrero 08. Unos dias 14 y otros 12 horas. lOS PRIMEROS MESES ALTERNABA TURNOS DIARIOS Y NOCTURNOS Y TENIA DOS DIAS DE DESCANSO, PERO EN ENERO Y FEBRERO ME PUSIERON SOLO TURNOS NOCTURNOS DE 12 HORAS y en enero descansé sólo cuatro días y en febrero dos días. Me dijeron que ya me llamarían para ver a donde me mandaban a trabajar. Aparecieron hasta el 12 de marzo me pagaron el sueldo de febrero y san se acabó.
¿Tengo derecho a vacaciones?
¿Tengo derecho a la indemnizacion de 8 días que pone el contrato?
DE CIENTO SESENTA HORAS SEMANALES PREVISTAS EN EL CONTRATO, SIEMPRE TRABAJÉ 246. pERMITE ESTO EL CONVENIO?
¿Tengo que tener abogado colegiado para demandar?

174. Peccata Minuta - 4 abril 2008

173. fernando

Los abogados, para actuar deben estar siempre colegiados.
Te recomiendo ir cuanto antes a un Juzgado de lo Social, informarte y poner una demanda, porque no sólo son las horas de más, sino que te han dejado de pagar.

Por cierto, cómo se llama la ETT? (para que todo el mundo lo sepa).

175. jose lu - 6 abril 2008

muy buenos dias a todos,yo tengo una duda y seguramoente vaya a un abogado.A mi mujer la han despedido y tenia un contrato de 6 meses,a trabajado 4 meses y quisiera saber si tienen q pagarle algo por los dos meses q aun le quedaban de contrato,tambien tienen q pagarle las vacaciones y le deven 15 horas de trabajar los domingos y 8 horas de trabajar las rebajas la noche de reyes,q por lo tanto son de nocturnidad,a ella le ofrezen 570 eur mas el finiquito,pero su sueldo mensual es de 890 eur,no tendrian q pagarle los dos mese de contrato q le quedan integros,le han hecho un despido improcedente alegando q su rendimiento ha bajado,pero es al reves la tienda a incrementado sus ganancias y tambien la han acusado indirectamente de q ha robado,cuando mi mujer es incapaz de cojer un lapiz.bueno podria estas escribiendo mucho mas,a y la han despedido por burofax y estando de baja es legal q te despidan estando de baja.muchas gracias y por favor contestarme pronto q mañana la mujer tiene q ir a ver el finiquito y lo demas

176. Peccata Minuta - 6 abril 2008

175. jose lu

Pues sí, tienes que ir a un abogado.

177. jose lu - 6 abril 2008

muchas gracias por contestarme tan pronto,mañana iremos a ugt y a un abogado te agradezco mucho q me aigas contestado,ya te contare q me a dicho el abogado y gracias otra vez

178. Toño - 6 abril 2008

Tuve un accidente laboral grave en el que estuve de baja tres meses y dentro de ese periodo tenía puestas las vacaciones que al final la empresa no me quiso dar ya que me dijo que las vacaciones puestas dentro de una baja se anulan y las pierdes. Yo creía que eso sólo pasaba en una baja laboral por enfermedad común y no por un accidente dentro del trabajo.
¿Crees que tengo derecho a esas vacaciones y debo reclamarlas o por el contrario las he perdido legalmente?

179. Peccata Minuta - 6 abril 2008

178. Toño

Primero depende de lo que haya en el convenio. A falta de pacto, tus vacaciones son tus vacaciones, e incluso el tiempo de baja computa para ellas.

Lo mismo. Ir a los servicios de asesoramiento de los sindicatos o las oficinas municipales de asesoramiento jurídico.

180. Peccata Minuta - 6 abril 2008

169. joc

Hay que tener cuidado con los bonus, porque es algo potestativo del empresario. Quiero decir, que es algo que primero su base de cálculo es dudosa, y segundo no está muy obligado a dártelo.

Así que mi recomendación = nunca acordar bonus.

181. emiliosegura - 6 abril 2008

hola interesante pagina yo trabajo en la construccion y he tenido un accidente laboral y tengo secuelas no se que hacer pues me mandan a trabajar y yo no estoy en condiciones de hacerlo

182. emiliosegura - 7 abril 2008

hola saludos

183. emiliosegura - 7 abril 2008

hola buenos dias te explico mi caso trabajo en construccion y he tenido un accidente con una maquina de perforacion la cual me cayo en el hombro derecho afectandome las cervicales sufriendo ahora horribles mareos nauseas dolor en el hombro y perdida de fuerza en el mismo me operaron 2 veces el hombro pero me sigue doliendo y los mareos son cada vez mas frecuentes tengo 2 meses de baja en este momento estoy haciendo rehabilitacion en la mutua yo soy peon y sin embargo me mandaron un trabajo de oficial y hay que aceptarlo pues ahora como esta el empleo si no aceptas pues te hechan y yo tengo 3 hijas que mantener que derechos puedo reclamar pues la mutua me esta enviando a trabajar y yo no estoy en condiciones de hacerlo

184. Toño - 7 abril 2008

No hay pacto por lo cual entiendo que es legal que no me las hayan dado y dices que el tiempo de baja computa para las vacaciones sea la baja que sea.

Muchas gracias por tu tiempo y por el blog.

185. emiliosegura - 7 abril 2008

toño no te quedaron secuelas en que sector trabajas

186. Toño - 7 abril 2008

185
Fué un accidente de buceo en el centro de trabajo.
No me han quedado secuelas pero si el accidente se repite creando la misma lesión se me acabó el buceo para toda la vida.
Saludos!

187. Peccata Minuta - 7 abril 2008

183. emiliosegura
En el caso de considerar que la mutua expide un alta médica indebida, el trabajador puede reclamar en la jurisdicción social contra la mutua aseguradora (Tribunal Superior de Justicia de Cataluña 16-7-99 y otras). Pero si el trabajador, a pesar del alta de la mutua, se ve impedido para el trabajo, puede acudir al servicio público de salud que emite una baja médica por contingencias comunes, a la vez que el INSS instruye el expediente administrativo para la determinación de la contingencia, dictando resolución por la que se declare que dicha baja deriva de accidente de trabajo (Tribunal Superior Unificación de doctrina 15-11-06)

En cuanto a lo de ejercer de una categoría superior, eso sólo sirve para si realizada durante un determinado tiempo, exigir la equiparación salarial y pase a dicha categoria.

Espero que te sirva y que te mejores!!!

188. Peccata Minuta - 7 abril 2008

184. Toño
Perdona, que me corrijo.

SI las vacaciones se han pactado colectivamente y son fijas, y tú estábas en Incapacidad Laboral, las sentencias judiciales entienden que es un caso fortuito (Código Civl Art. 1105) que tú estuvieses en IL y que pierdes las vacaciones (Tribunal Superior de Justicia de Cantabria 10-02-94). Por lo tanto, no te podrían poner las vacaciones en otro periodo y así lo ha ratificado también el Tribunal Supremo (11-07-06).

Ahora bien, si no hay un convenio colectivo en la empresa, o el convenio colectivo al que se acoge no dice unas fechas cerradas y pactadas, sí que es posible exigir el disfrute en otras fechas, con el límite del 31 de Diciembre.

189. emiliosegura - 7 abril 2008

muchas gracias por la respuesta si en caso quedara impedido de realizar mis labores como peon de construccion tendria derecho a alguna indemnizacion

190. emiliosegura - 7 abril 2008

la empresa no me dio ninguna instruccion o capacitacion en dicho manejo de esa maquina y no nos dio ropa de agua ni nada que nos protegiera de la humeda pues la maquina las 9 horas de trabajo nos hechaba agua osea que hubo imprudencia de la empresa disculpa por tantas preguntas y muchas gracias por tus deseos de recuperacion

191. SANTI - 7 abril 2008

HOLA YO SOY UN TRABAJADOR DE UNA EMPRESA QUE TRABAJA PARA NISSAN EL DIA 25 YO ESTABA TRABAJANDO Y EN MI TIEMPO DE DESCANSO ME FUI A FUMARME UN CIGARROCUANDO ME DETUVO MI ENCARGADO Y ME QUITO EL PASE DE ENTRADA Y ME DIGO QUE ME FUERA PARA CASA POR LLEVAR EL CHALECO REFLECTANTE DEBAJO DE LA CHAQUETA YO ME FUI PARA CASA Y EL ENCARGADO ME DIGO QUE ME LLAMARIA BUENO PASARON 2 DIAS Y EL NO ME LLAMABA Y LES ENVIE UN BUROFAX AL DIA SIGUIENTE ELLOS ME MANDARON UN BUROFAX QUE ME PONIA QUE ESTABAN DETERMINANDO LA SANCION CORRESPONDIENTE YO LES IBA LLAMANDO Y ELLOS ME DECIAN QUE NO SABIAN NADA TODAVIA EL DIA 4 DE ABRIL ME LLAMARON Y ME COMENTARON DE QUE ME DIERA YO DE BAJA EN LA EMPRESA Y YO LES DIJE QUE NO YO LLEVO DESDE EL 21 / 8 /2006 EN LA EMPRESA Y TENGO UN CONTRATO DE FIN DE OBRA YO HE CONTRATADO UN ABOGADO LABORALISTA POR MI CUENTA EL ABOGADO ME COBRA EL 30 % QUISIERA SABER SI LO ESTOY HACIENDO BIEN O MAL YO COBRABA 900 EUROS ME PUEDEN ASESORAR UN POCO MUCHAS GRACIAS

192. Peccata Minuta - 8 abril 2008

Emilio Segura

Mira, tienes que ir a Inspección de Trabajo de tu provincia y exponer tu caso ante el Inspector. En el caso de que quedases impedido, está la Incapacidad Laboral Permanente o Invalidez, que tiene grados. Supongo que al no poder trabajar en tu sector, pero si en otro, recibirías una indemnización por invalidez parcial.

Pero mira, mejor que hables con los servicios de Inspección de Trabajo.

193. Peccata Minuta - 8 abril 2008

191. SANTI

Lo primero, que cuando vayas a la empresa y no te admitan, lleva dos testigos y si puedes, grábalo en video.

Lo segundo, si no te admiten, vete al Juzgado o rescinde el contrato por vía judicial.

Ganando 900€ puedes acogerte a justicia gratuita (turno de ofcio). No te preocupes. Los juicios laborales son rápidos y seguros y no importa tanto el dinero del abogado. Es más, hay buenos abogados que viven gracias al turno de oficio.

194. ana - 8 abril 2008

HOLA.
me gustaria consultar si estoy en un trabajo de 30 horas semanales, desde hace 1 año y 8 meses, y solo he disfrutado de 3 dias de vacaciones de este año, cuanto me corresponderia de finiquito mas o menos y podria solicitar prestacion por desempleo y en ese caso que porcentaje me darian?
Gracias por tu ayuda.

195. emiliosegura - 8 abril 2008

muy agradecido caballero es usted un don de gente mucha suerte

196. Peccata Minuta - 8 abril 2008

194. ana

Todo lo que se dice = 30 días de vacacione por año trabajado, etc. es proporiconal a las 40 horas semanales.

Como trabajas menos (30 h) tienes que multiplicar por 30 y dividir entre 40.

O sea, que si yo trabajase 1 hora al día (5 horas a la semana), al año tendría 30 días año x 5/40 = 4 días de vacaciones.

197. Maco - 9 abril 2008

hola! mi consulta es la siguiente. Llevo trabajando en una empresa 6 meses, primero a 32h semanales (2 primeros meses), y luego a 30h semanales. La empresa la van a traspasar, me tendrán que finiquitar, como puedo calcular mi finiquito?Tengo contrato indifinido.

198. Peccata Minuta - 9 abril 2008

197. Maco

Pues muy fácil, con una calculadora y usando las proporciones.

199. boro - 10 abril 2008

hola soy un chico de 42 años y estoy trabajando en una empresa de servicios y llevo desde mediados de agosto de 2007 hasta la fecha en contratos de tres meses de 24h semanales de 24h nada siempre hay unas cuantas mas pero me sale la hora unas por otras a 3’95con la pp de las pagas incluidasestamos a deia 10 y aun no he cobrado nada del mes de marzo me imagino que a final de smana cobrare un anticioi del mes de marzo y el resto a final de abril ¿ es esto legal t que puedo hacer denyro de la ley ?gracias

200. PeriCCo - 11 abril 2008

Hola:

Por enfermedad estuve de baja y llegué a tribunal medico, por lo que mi contrato -con 9 años de antiguedad- paso a suspenso hasta que el tribunal me declaró apto para trabajar y pude volver a mi puesto -esto fué a partir del 24 de Diciembre de este año-. El caso es que en diciembre me liquidaron las vacaciones y lo proporcional de misueldo. Ahora llega abril y la paga de beneficios y me doy cuenta que en ella consta que mi antigüedad es de 01/08 -osea, desde enero de este año- en vez de 09/98 -que es la antigüedad real- y me pagan solo lo proporcional a seis dias en dicha paga en vez de la paga integra. Solo una pregunta: ¿esto está bien?

201. Peccata Minuta - 11 abril 2008

199. boro
Tú que opinas?

200. PeriCCo
Se lo has preguntado a ellos?

202. Maria - 12 abril 2008

Hola,gracias por que exista esta pagina que puede resolver muchas dudas! mi caso es el siguiente:
He trabajado en una empresa 11meses y 15dias(desde 15/02/2007-hasta 31/01/2008) con un contrato indefenido. Mi convenio de oficinas y despachos me garantizan cobrar 100 por 100 en mi baja.Es asi? Porque lo que me han pagado en mi nimina no cuadra demasiado con lo que dicen en convenio colectivo. Estaba de baja por enfermedad común desde 21/05/2007.Me han despedido por burofax, estando de baja con antelación de 3 dias.
Mi pregunta es:
1. Si empresario deberia mandarme la carta de despido con antelación de 15 dias? o para eso hay q estar trabajando 1 año?
2.Si me tienen q pagar las vacaciones, que no he desfrutado, o las vacaciones dentro de 1 baja se anulan y las pierdes.
3.Si me corresponden las pagas extras y liquidacion de ellas?
Mi sueldo era-el salario base 809euros en 15 pagas.
Muchas gracias por tu tiempo y por el blog.
Espero la respuesta.

Maria.

203. Adolfo - 12 abril 2008

Buenas tardes, trabajo en el sector de la limpieza desde hace 5 años en la misma empresa y en Diciembre de este año cumpliré mi segundo trienio. En la nómina de Marzo, veo que en Antiguedad se me aplican 7,12 unidades a un precio de 4,00 dando un total en devengo de 28,48. ¿Cómo puedo saber cómo se calcula la antiguedad en la nómina?. Muchas gracias por adelantado

204. ivan - 12 abril 2008

Hola:
soy conductor de un camion que lleva incorporado un equipo de bombeo de hormigon con una pluma de 46 m y un pmx de 44 toneladas y mi trabajo consiste en conducir situar la maquina en el sitio adecuado «plantar» y bombear dicho hormigon donde corresponda, en un puente, a ras de suelo, o en un forjado a 40 m de altura , limpieza mantenimiento y demas y todo ello con un contrato de conductor donde el salario base es de 714 € y lo demas son pluses como actividad,puntualidad, limpieza,seguridad, responsabilidad, rendimiento, y transporte.Mi pregunta es. ¿ Es legal este contrato con relacion al trabajo que desempeño?.

Muchas grcias.

205. Peccata Minuta - 13 abril 2008

202. Maria

Todo contrato de duración inferior a 1 año no necesita preaviso.

En cuanto a las vacaciones disfrutadas durante una baja, mira el comentario 188. Si tuvieses derecho a disfrutarlas fuera de la baja y no las hubieses disfrutado, claro que tienes derecho a que te las abonen, junto con las pagas extras y demás.

203. Adolfo
Los cálculos y la remuneración de la antiguedad viene en el convenio al que esté acogido la empresa.

204. ivan
La empresa puede destinar a un trabajador a funciones diferentes a las de su contrato, de forma temporal. Pueden ser funciones de categoría superior y categoría inferior.

Para las de categoría inferior existen límites (ver Estatuto de los Trabajadores art. 39):

Artículo 39. Movilidad funcional.

1. La movilidad funcional en el seno de la empresa no tendrá otras limitaciones que las exigidas por las titulaciones académicas o profesionales precisas para ejercer la prestación laboral y por la pertenencia al grupo profesional. A falta de definición de grupos profesionales, la movilidad funcional podrá efectuarse entre categorías profesionales equivalentes.

2. La movilidad funcional para la realización de funciones no correspondientes al grupo profesional o a categorías equivalentes sólo será posible si existiesen razones técnicas u organizativas que la justificasen y por el tiempo imprescindible para su atención. En el caso de encomienda de funciones inferiores ésta debera estar justificada por necesidades perentorias o imprevisibles de la actividad productiva. El empresario deberá comunicar esta situación a los representantes de los trabajadores.

3. La movilidad funcional se efectuará sin menoscabo de la dignidad del trabajador y sin perjuicio de su formación y promoción profesional, teniendo derecho a la retribución correspondiente a las funciones que efectivamente realice, salvo en los casos de encomienda de funciones inferiores, en los que mantendrá la retribución de origen. No cabrá invocar las causas de despido objetivo de ineptitud sobrevenida o de falta de adaptación en los supuestos de realización de funciones distintas de las habituales como consecuencia de la movilidad funcional.

4. Si como consecuencia de la movilidad funcional se realizasen funciones superiores a las del grupo profesional o a las de categorías equivalentes por un período superior a seis meses durante un año o a ocho durante dos años, el trabajador podrá reclamar el ascenso, si a ello no obsta lo dispuesto en convenio colectivo o, en todo caso, la cobertura de la vacante correspondiente a las funciones por él realizadas conforme a las reglas en materia de ascensos aplicables en la empresa, sin perjuicio de reclamar la diferencia salarial correspondiente. Estas acciones serán acumulables. Contra la negativa de la empresa, y previo informe del comité o, en su caso, de los delegados de personal, el trabajador podrá reclamar ante la jurisdicción competente.

Mediante la negociación colectiva se podrán establecer períodos distintos de los expresados en este artículo a efectos de reclamar la cobertura de las vacantes.

5. El cambio de funciones distintas de las pactadas no incluido en los supuestos previstos en este artículo requerirá el acuerdo de las partes o, en su defecto, el sometimiento a las reglas previstas para las modificaciones substanciales de condiciones de trabajo o a las que a tal fin se hubieran establecido en convenio colectivo.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html

206. Lina - 14 abril 2008

Hola, mi consulta es la siguiente.
Me han despedido en final de enero.Hasta hoy a parte de indemnización, que he cobrado en el juzgado, no me han pagado el finiquito.
He leido en una pagina de estas el siguiente:
Cuando la empresa decide liquidar el contrato de trabajo a un empleado, sin importar las causas y circustancias de la decisión, debe a pagar al empleado todos los conceptos derivados del respectivo contrato.El pago debe hacerse el mismo dia en que se haga la liquidación del contrato.
El no pago de los valores adeudados al empleado, implica que el empleador DEBA pagar una indemnizacion(articulo 65 del codico sustansivo del trabajo.Articulo 29 de ley 789 de 2002) al trabajador equivalente al salario de un dia de trabajo por cada dia de retardo en el respectivo pago.Esta indemnización se pagara durante el tiempo que dura la mora del empleador en pagar los salarios siempre que no se exceda de 24 meses.
Es asi? Porque mi abogado de CC.OO me dice q oye algo asi la primera vez en su vida.
Entonces a mi tambien corresponde esta indemnización, por no recibir ningun finiquito de empleador.
Gracias por tu ayuda.

207. Peccata Minuta - 14 abril 2008

206. Lina

Cuando hay un juicio por despido, por lo general hay dos juicios:

1º) uno para decidir si el despido es procedente o no, a raiz del cual si es «procedente» te despedirán sin indemnización. Si el juez decide que es «improcedente» el despido, te darán la indemnización.

2º9 un segundo juicio para reclamar las cantidades del primer juicio (si las hubiere) + lo del finiquito.En este juicio se reclaman además las costas, intereses de demora y salarios de tramitación (que es a lo que tú te refieres, pero que creo recordar que se abolieron hace unos años).

208. Lina - 14 abril 2008

Gracias por contestar.
Pero mi contrato se finalizo mediante despido improcedente.No me interesa volver a trabajar con esta empresa, por lo cual unico lo que qeremos reclamar es las cantidades y el finiquito.Pero me han dicho q para eso hay q hacer 2 demandas diferentes.
1º -por cantidades
2º lo del finiquito
Es correcto? no se puede reclamar todo en la misma demanda?
Tambien no he podido desfrutar mis vacaciones durante el año 2007. Me han dicho q las vacaciones no desfrutadas durante del año se pierden y legalmente no tengo ningun derecho de reclamar que me abonan en finiquito.Es correcto?
Gracias de antemano, y me parece muy interesante ke haya alguien ke pueda resolver estas dudas, lo dicho muchas gracias.

209. NOELIA - 14 abril 2008

hola…
tengo una gran duda….????
soy extrangera y tengo mi primero contrato laboral por 1 año,he trabajado 6 meses para esa empresa,pero me gustaria cambiar de empresa…eso es posible??
necesito ayuda lo mas rapido posible!!!!
muchas gracias y espero que podais ayurdarme

210. acidentado - 15 abril 2008

hola… estoy de baja por un escafoide roto, llevo 3 meses de acidente laboral,¿me puede hechar el medico, de la mutua si todabia no estoy recuperado totalmente?.¿si lo iciera el medico podria yo ir al inss y denunciar a la mutua,y volver a seguir aciendo reabilitacion en el mismo sitio?

211. Eva - 16 abril 2008

Hola, llevo 6 años en una empresa que van a traspasar en breve, y segun me dicen el nuevo propietario puede quedarse conmigo y así mis jefes no tienen que liquidarme, ¿es eso cierto?. Necesito respuesta urgente, porque dicen que esto es inminente. Gracias.

212. Mª del Mar - 16 abril 2008

Hola!tengo un lio increible. La empresa en la que trabajo la van a traspasar, por hacerme un contrato indefinido le dieron una subvención de 9000 euros, ahora si traspasan el negocio, ¿ellas perderían esa subvención?puesto que yo solo llevo algunos meses trabajando, me liquidarían?????????? Graaaaaaaaaaaaacias..

213. emiliosegura - 16 abril 2008

hola de nuevo apelando a tu cortesia queria saber si puedo poner una denuncia a la empresa por falta de medidas de seguridad estoy afiliado a ccoo y no se si ri con ellos o con un abogado privado pues me dicen que ellos van a favor de las empresas y no del trabajador tengo 4 meses de baja laboral y no en cuanto tiempo se puede denunciar no se en cuanto tiempo se puede poner una denuncia estoy en duda de hacerla pues deseo trabajar pero me siento fatal el dolor y los mareos no desaparecen y el ,medico me dice que secuelas me quedaran hasta ahora no puedo levantar el brazo bueno que me aconsejas mi buen amigo

214. aura - 18 abril 2008

hola a mi me despiden apartir del dia 1 de mayo pero tengo contrato hasta el 21 de noviembre. ke me tiene ke pagar la empresa?
ja me an dado las vacaciones y la paga la tenia incluida en la nomina.
gracias

215. emiliosegura - 19 abril 2008

hola la empresa me envia un burofax despidiendome quisiera saber si es improcedente el despido pues me encuentro de baja por accidente laboral tenia contrato de fin de obra pero me encontraba en la tercera obra pues termino la primera obra en la que figuraba mi contrato y m enviaron a las otras dos

216. emiliosegura - 19 abril 2008

tengo 11 meses y 15 dias tengo derecho al paro

217. emilio segura - 19 abril 2008

ahora que me hecho la empresa y cobre por la mutua cuenta para el paro trabajando en la empresa tenia 11 meses y 15 dias y ahora que pase a cobrar por la mutua no se si tendre derecho al paro

218. Jose M. - 23 abril 2008

Hola, te cuento un poco mi historia. Trabajaba en una empresa hasta hace poco, me despidieron el dia 18 de abril. Me enviaron el dia 15 de abril hasta el 17 a un cursillo de la empresa, al volver el dia 18 por la mañana que comunica mi jefe de ventas de que me va ha despedir, le pregunto el motivo y no me da una respuesta clara. Quedamos por la tarde para firmar el finiquito y cuando lo leo pone como motivo REPETIDAS VECES NO HA HECHO SU TRABAJO, y como finiquito la cantidad de 609€, claro al leer esto me entró una rabia enorme y no lo firme ni me lleve copia. Entonces si llevaba en la empresa desde el 11 de febrero y me despiden el 18 de abril del mismo año y encima me envian a un cursillo, que me lo expliquen.
Quisiera saber donde puedo reclamar y porsupuesto que me pagen mi finiquito claro.
Muchas gracias.

219. emilio segura - 23 abril 2008

que pasara con el buen amigo de peccata que no responde espero que este bien de salud saludos a todos los que leen la pagina y mucha suerte

220. jose - 27 abril 2008

Ojo con el tema de los 400 euros que Hacienda dejara de retener. He oido en mi empresa que el negrero del jefe se quiere quedar con los 400 euros de todos los trabajadores de forma indirecta, es decir, en las nominas vendra reflejado el aumento de 200 euros en Junio, pero ya hay rumores de que se descontaran del sueldo real el dinero negro que todos cobramos en mayor o menor medida.Creo que seria bueno debatir sobre este robo que se avecina. Gracias

221. Dani - 28 abril 2008

Es fantástico descubrir que todavía hay gente que ayuda sin nada a cambio!! Me encantó descubrir este blog.
Lo mío es raro:
hace ya más de un año, me marché de una empresa, me ingresaron la nómina del último mes que había trabajado. Y al firmar el finiquito me dieron otra nómina que correspondía al finiquito, pero al ver que no me la ingresaban, llamé para ver porqué era y me dijeron que es que me habían ingresado más dinero en la última nómina y que les debía 400€, claro que yo no se los he devuelto porque no sé como van esas cosas.
Pero ¿me pueden llevar a juicio o reclamarme ese dinero haciéndome algo?
Muchas gracias.

222. Sandra García - 28 abril 2008

Tengo una duda… hara una semana empece a trabajar, y me dijeron que la primera semana era de prueba cuando llebaba 3 días el chico me dijo que no era lo que estaba buscando, que me pasara el sabado o el lunes a cobrar. En acuerdo quede que me pagaría 550 euros mensuales , el trabajo sería de lunes a viernes 8 horas diarias y el sabado solamente medio día. Hasta ahi estuve de acuerdo y luego me dijo que las horas estras y los dias festivos que trabajase entraban en el suedo, y eso no me concordo mucho..
queria saber si eso es legal.

Y otra duda a sido hoy cuando e ido a cobrar que me a pagado dividiendo los 550 euros en 30 dias es decir como si trabajara los 30 dias que tiene el mes y me a pagado 55 euros! espero me puedas responder a mi pregunta graqcias y un saludo

223. Francisca - 30 abril 2008

mi empresa me ha metido en el Salario Bruto lo que paga de Seguro Medico por mi (que es beneficio social), con lo cual mi bruto es mas alto y me retienen mas. ¿esto es correto?
Muchas Gracias

224. emiliosegura - 1 May 2008

hola a todos amigos de esta pagina saludos para peccata que no se sabe nada de su vida hace algun tiempo mi pregunta es a cuanto equivale las 24 mensualidades por incapacidad parcial cuanto tendria que cobrar por que es lo que me proponen si alguien me podria decir cuanto es trabajaba en la construccion

225. jose - 2 May 2008

hola me llamo jose mi pregunta pfv si puede me ayudar tengo contrato fijo discontinuo desde ahora ocho anitos trabajo nueve meses a l año y ahorra se le a occurido a la duena de la empresa de saldar y finiquitar el personal, tendra su motivo seguro queria saber si puedo reclamar los derecho correspondiente a mi antiguedad en la empresa he disfrutado de todas la vacaciones tenia pagas extra gracias por ayudarme

226. Marian - 16 junio 2008

Me gustaría saber si la paga de los doscientos euros que cobraré ahora en junio se calcula así: tengo un bruto de 1434.39€ de ellos me descuentan 186.47€. cada mes.
Según he leído en la paga extra cobrare los 1434,39 porque me descuentan los 186,47€. es mi IRPF y de la nomina de junio serían los 1434,39 – 172,94€ (que resultan de la diferencia de la retención de la nomina de la paga con los 200 euros son 13,53€ que faltan por abonarme) = 1261,45 euros. – la seguridad social que me corresponde del mes de junio que son 104,69 euros. así cobraría de nomina de junio 1153,76€. Estaría enormemente interesada que me aborrascaríais estos datos. Atentamente y muy agradecida. Angeles

227. Marian - 17 junio 2008

Necesito ayuda inmediata, tengo una nomina de salario base de 1285,39, en enero ,e subieron el sueldo 149 euro pero en vez sumarlos me los pusieron como primas e incentivos. Ahora en la hoja de la paga solo me han puesto los 1285.39 euros, puedo reclamar que mi salario base es de 1434,39 euros. Gracias es muy urgente. Marian

228. Marian - 17 junio 2008

¿Alguien responde por favor a las preguntas?….Gracias…

229. luisa - 18 junio 2008

hola una pregunta cuantos dias puede tardar una empresa a pagar el finiquito?
hay un plazo maximo?
gracias

230. Folk-lórico - 18 junio 2008

Si el dueño del blog responde es porque le da la gana.
¿A santo de qué viene la gente exigiendo? ¿Acaso alguien le paga por ello?
No jodamos anda.

231. emma - 20 junio 2008

Hola, quisiera saber si con un contrato indefinido y por despido improcedente, te han de pagar en el finiquito los 15 días del preaviso.

232. expertolaboral - 21 junio 2008

contestando a vuestra pregunta emma la respuesta es si emma

233. expertolaboral - 21 junio 2008

las empresas tienen la obligacion de pagar el finiquito junto con la ultima nomina o bien en un cheque pero es todo junto lo hacen inmediatamente el plazo es de 15 dias

234. expertolaboral - 21 junio 2008

marian te hicieron un nuevo contrato donde especifican el aumento de sueldo

235. rosa maria - 25 junio 2008

hola llevo 2 años y 10 meses trabjando en una tienda de ropa el dia 30 de este mes cierran la tienda por lo cual nos hechan a la calle, yo ya he disfrutado mis vacaiones hasta junio, quisiera saber si tengo finiquito? es que mi compañera q tmb habia disfrutado sus vacaciones y se le acabo el contrato el dia 21 de junio y le han dado de finiquito 200 euros.

236. rafa - 30 junio 2008

hola me llamo rafa, tengo un contrato fijo discontinuo, trabajo 10 meses al año, mis preguntas ¿tengo derecho a finiquito cuando terminen esos 10 meses?.¿puedo cobrar paro hasta que empiece de nuevo?. Si decido que no quiero seguir cuando termine, cuando tengo que avisar se supone que termino el 15 de julio y empezaria el 15 de septiembre.He oido decir que me quieren hacer fijo ¿puedo negarme y seguir como estoy?. MUchas gracias de antemano, y un saludo a todos.

237. rafa - 30 junio 2008

hola me llamo rafa, tengo un contrato fijo discontinuo, trabajo 10 meses al año, mis preguntas son ¿tengo derecho a finiquito cuando terminen esos 10 meses?.¿puedo cobrar paro hasta que empiece de nuevo?. Si decido que no quiero seguir cuando termine, cuando tengo que avisar se supone que termino el 15 de julio y empezaria el 15 de septiembre.He oido decir que me quieren hacer fijo ¿puedo negarme y seguir como estoy?. Muchas gracias de antemano, y un saludo a todos.

238. rafa - 1 julio 2008

que alguien me responda por favor me corre algo de prisa y no se como actuar. gracias anticipadas

239. N - 2 julio 2008

hola, llevo 13 años en una tienda, a media jornada, y la van a cerrar. tengo derecho a liquidación?

240. cesar vega fernandez - 6 julio 2008

hola, me llamo cesar y llevo tres años y medio en una empresa en la cual empece cobrando 1382 euros netos y a dia de hoy sigo cobrando lo mismo, mi pregunta es que si no deberian haberme subido algo cada año, gracias por contestarme.

241. antonio - 8 julio 2008

hola soy antonio y quisiera saber si me puedes orientar en la firma de mi finiquito

242. Enrique - 11 julio 2008

Hola, pertenezco a una empresa de Malaga con delegacion en Granada (que es donde yo trabajo), que convenio me han de aplicar?

243. Pepe - 11 julio 2008

242. Enrique

Si vives cerca del Generalife, el del Generalife, si más cerca del Albayzin, entonces el del Albayzin.

244. Pau - 16 julio 2008

Buenas, tengo una consulta del tema de vacaciones comentas que son 30 dias naturales por año trabajado, y por tanto 2,5 dias por mes, asi pues si llevo 1 mes trabajando me pertocarían 2,5 dias no?
Pues la de rrhh de mi empresa me dice que solamente tengo 1 dia, como lo ha contado? Dia laboral que vendria a ser 1,83 por mes trabajado y se queda con la parte entera?
Si en mi contrato pone que tengo 30 dias de vacaciones, podria exigir que me dieran los dos dias al menos, no? Es justo que me quiten casi un dia por no llegar a los 2?
No sé si me expliqué claramente.
Muchas gracias

245. sara - 17 julio 2008

Hola!!! Buenos días!!!!
Tengo una pequeña duda, me explico…Entregué mi carta de renuncia el día 10 de este mes, por motivos he decidido irme, por ejemplo no tengo derecho a eligir ni uno de mis días de vacaciones, todos los elige la empresa, ellos se han puesto jornada intensiva y a mí un horario partido peor que el de antes, pero buenooo….
El caso es que he decidido irme, entregué la carta de renuncia el dia 10, para terminar el 24, así darles los 15 días y que no me descuenten nada, ahora mi pregunta es, ellos tienen que tener preparado los papeles correspondientes y el finiquito para el día 24, o pueden demorarse y darmelo cuando quieran???

246. enrique - 17 julio 2008

243. Pepe

Gracias, me ha sido muy util la respuesta.

247. kennetk - 17 julio 2008

tengo 5 años en una empresa,y nunca se me ha dado pagas doblesni nada,no me retiene nada del irpf,no tengo no se me ha asignado categoria alguna,ni paga antiguedad,ni los aumentos salariales los e visto,las vacasiones no me las paga,y lo raro es que tengo un contrato indefinido..desde hace 4 años…..pienso que esto es todo ilegal…ayudeme porfavor acesoreme…
por cierto mis ingresos son de 700 euros mensuales..desde que enpese a trabajar aqui..la hora me la paga a 4 euros des de siempre…es denunciable o no? mi telefono es 935790455 gracias..
tengo un niño de tres años…

248. Maria dos Santos - 18 julio 2008

Hola, queria hacer una consulta, llevo 2 años en la misma empresa con contrato fijo, yo quiero ir al paro porque he tenido una hija que tiene ahora 3 meses y me corresponde casi 8 meses, yo hable con la empresa y me dijeron que solo me corresponde 15 dias de vacaciones, y los dias que estoy trabajando este mes hasta que me den de baja en la seguridad social, pero y el tiempo que he estado trabajando en la empresa no me corresponde nada de finiquito o algo?
Gracias

249. Alicias - 24 julio 2008

Mi empresa me quiere mandar al paro. El caso es que en nomina tengo el minimo (unos 700 y pico) y por supuesto de paro se me queda en una miseria. Me gustaria hacer un trato con ellos de subirme en nomina durante estos meses (me iria sobre Octubre). En qué se basa el paro a la hora de los pagos? Tienen en cuenta la ultima nomina, las 2, las 3…? Quiero hacer ese trato con mis jefes pero antes que nada tengo que informarme. Yo gano en dinero negro por lo que no creo que se me negaran. Si he trabajado durante 4 años en la empresa. Cuanto tengo de paro?

Estoy desesperada y me urge una respuesta….

Gracias de antemano.

Alicia.

250. Peccata Minuta - 24 julio 2008

249. Alicias

El paro se calcula sobre los 6 meses anteriores. Lo que te pueden dar de paro como máximo si no tienes hijos (1.000€ brutos + o -) corresponde a lo que te darían en caso de una nómina de 24.000€ anuales brutos. Por lo tanto tu jefe te tendría que subir el sueldo hasta los 24.000€ durante esos meses.

248. Maria dos Santos
Por trabajar en una empresa X años no te dan premios. El finiquito es lo que te han retenido en las nóminas en concepto de pagas extras, vacaciones no disfrutadas, etc. Si tú has disfrutado de todo, no tienes finiquito.

247. kennetk

Se empieza a tributar por IRPF a partir de una determinada cantidad de ingresos al cabo del año (que ahora no me acuerdo). La cuestión es que si estás exento de IRPF no te tienen que retener nada.

Si disfrutas de vacaciones, no te las tiene por qué pagar. Si no te paga lo que dice el convenio, tienes dos opciones, demandarle, reclamarle los mínimos adeudados e irte o seguir así.

245. sara

Hay un plazo para la reclamación de un finiquito y me parece que vence al cabo de un año. Si ves que no te pagan, empieza a reclamar por vía judicial.

239. N

Si los 13 años no te hubiesen pagado, sí. Si estás al día en todo, no.

236. rafa y 235. rosa maria

El finiquito no es un premio por trabajar X años.

233. expertolaboral

Querido «Experto». Hay que distinguir dos cosas. Una cosa es la liquidación y otra el finiquito. La liquidación es que te abonen lo que te deben. El finiquito es un papel (voluntario para las partes) en el que firman que todo está Ok y que no van a reclamar más.

La liquidación debe abonarse como el salario mismo, es decir, en mes siguiente al cese. De no hacerse se dispone de 1 año para reclamar por vía judicial las cantidades adeudadas, a contar desde el día de la baja o en que le dejaron de pagar.

251. Alicias - 25 julio 2008

Hola. Muchas gracias por tu respuesta. Me gustaría que me subieran de nomina unos 1.200 euros mas o menos. Siento ser cansina pero verás, mis jefes me dan las nominas cada 3 meses (cuando tienen que llevarlo al asesor fiscal). Ahora me deberian dar las de Abril, Mayo y Junio. Podria pedirles que esas nominas (al no estar aun firmadas) vengan ya modificadas? Así ya tendría para Septiembre mis 6 nominas más altas. ¿Podría hacerse? Estoy desesperada.

Gracias de nuevo y un saludo!

252. Peccata Minuta - 25 julio 2008

251. Alicias

No lo creo. Ya se han pagado los seguros sociales y el mayor salario y mayor cotización a la SS debería ser a partir de ahora.

Si esto te desespera qué te pasará cuando te pase algo grave en la vida?

253. Alicias - 25 julio 2008

Hombre. Me desespera porque si me mandan al paro cobraré unos 400 y pìco euros y no me da ni para pagar media parte de la hipoteca, por lo que, o tendria que pedir dinero prestado a algun familiar (cosa que no quiero) o como estoy haciendo: buscando otro trabajo y tal y como está el empleo…..
Ojalá esto fuera lo mas malo que me ocurriese en mi vida pero ahora para mí es desesperante.

Saludos

254. ANITA - 26 julio 2008

Soy de Valencia y me gustaría saber donde me pueden explicar (gratuitamente)como se calculauna nomina concreta ,sabiendo exactamente las deducciones,porcentajes aplicables y retenciones pertinentes.
Me lo han calculado en 4 sitios distintos y no coinciden las cantidades y no tiene nada de extraordinario(oficinas y despachos 5 horas)

255. Peccata Minuta - 26 julio 2008

254. ANITA

Pues es muy sencillo. La nómina contiene unos «Devengos» que son cosas que se te adeudan a partir de una fecha. Los devengos tienen varias formas de cálculo. Hay devengos que se devengan por meses y otros por años.

Lo que se te puede devengar son Percepciones Salariales y Percepciones Extrasalariales. Las extrasalariales suelen ser cheques de comida, plus transporte, y otras de ayuda, que nunca formarán parte de un finiquito.

Una vez que se obtiene el total de los devengos vienen las deducciones, que son cantidades que el empresario te retiene para pagar tu Seguridad Social y el IRPF.

La seguridad social suele ser un 6,8% (más o menos) sobre las percepciones salariales. El IRPF es un % sobre tu renta prevista en este año y este % se multiplica por las percepciones salariales y aquellas percepciones extrasalariales que no estén exentas de IRPF.

Y al final queda el NETO= Devengos – Deducciones

256. Peon - 29 julio 2008

Ya se que suena raro, pero … ¿se puede prorratear un finiquito en la nomina?
Yo pienso que no, pero un compañero me insiste en que si.

Muchas gracias de antemano

257. francisco l - 30 julio 2008

mi hijo tiene contrato de 6 meses y es menor de edad tiene 17 años, los seis meses se le terminan el dia 4 de agosto y en su empresa le han dicho que termina el jueves dia 31 de julio,
para ahorrarse el fin de semana. esto es un despido improcedente o no tengo que firmar finiquito o debo denunciar

258. Peccata Minuta - 31 julio 2008

257. francisco l

El contrato debe terminar cuando debe terminar. Si se dice que se termina antes hay que alegar por qué se termina. Si la alegación no tiene fundamento (considerado por un Juez) entonces lo declararía Despido Improcedente. Si la alegación tiene fundamento y está probada, sería un Despido Procedente.

En este caso estamos ante un Despido que debe recurrirse ante la Justicia como Despido Improcedente. Pero vamos, en cuanto reciban la papeleta de conciliación del SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) os pagarán los 4 días que os quieren birlar para no meterse en juicios (y no ser gilipollas).

256. Peon
¿Cómo te van a prorratear una liquidación en la nómina que liquidas?

259. Angel - 17 agosto 2008

Hola, la consulta es la siguiente:
En nuestra empresa cobramos en nomina:
-sueldo base.
-mejora
-a cta, de revisión.
aparte en B otro recibo, la empresa nos amenza con quitarnos estas cantidades que no son las de sueldo base. ¿pueden hacerlo?, estas cantidades figuran fijas en las nominas todos los meses durante 4 años, (el recibo B, como es logico no esta en nomina), tambien nos han quitado las comisiones sobre las ventas que realizamos que tambien eran B.

260. Peccata Minuta - 17 agosto 2008

259. Angel

Pues no puedes reclamar nada, salvo filmar como te dan la pasta en negro e irte luego a Hacienda y a la Seguridad Social. Antes, hablar con un Juez para que autorice las filmaciones.

Eso sí, luego te echarían a la p. calle. Tú verás lo que más te conviene.

261. sikonauta - 20 agosto 2008

hello!!
este mes de agosto me despiden y el caso es que no tengo claro lo de las vacaciones pendientes que me tienen que pagar.
En nuestro convenio figura que nos pertenece 27 dias de vacaciones (sin contar sabados ni domingos) este año por lo tanto he echo el calculo 27/12=2.25 dias por mes, en mi caso acabo en agosto por lo que me daria un total de 18 dias.
pues el caso es que la empresa me dice que como no voy a acabar el año el calculo se hace con 21 dias al año y no con 27 como fija el convenio.
es real esto?
me cago en sus muelas?

**Lo del finiquito cojonudo y de gran ayuda** gracias

262. BENI - 21 agosto 2008

quisiera que me respondierais a una duda que tengo,llevo tres años en una empresa,hoy por motivos personales le comunico a la empresa que me voy y le entrego mi preaviso y me dice el contable que pierdo las vacaciones porque he roto el contrato unilateralmente,si he mandado mi preaviso de quince dias me pueden negar las vacaciones en el finiquito???

263. Angel - 22 agosto 2008

Hola referente al tema de las filmaciones, creo que no hace falta pues mi empresa es tan ingenua que me da talones por los conceptos en b, tu crees que debo demandar, y si tengo alguna posibilidad, gracias

264. Alba - 23 agosto 2008

Hola Mi nombre es Alba, LLevo desde Noviembre de 2007, hasta agosto 31 de 2008 trabajando en una empresa, Tengo un contrato de 20 horas, aunque trabajo como 50 a la semana, todo lo que pasa de 20 horas, me lo paga en negro. ya he disfrutado de 28 dias de vacaciones y recibi mi paga extra de verano. Quisiera saber que me corresponde en el finiquito. Agradesco de ante mano su colaboracion, ya que soy extranjera y no manejo mucho los temas laborales en España, Una compañera me ha dicho algo de que me corresponde que me paguen algunos dias por año trabajado o proporcional, pero nose, he presentado mi baja laboral voluntaria.
Muchas gracias,

265. Anie - 23 agosto 2008

Hola,

mi nombre es Anie, tengo firmado un contrato de 32 hras semanales en una empresa de hosteleria, y el contrato es de 6 meses. Me gustaria saber cuantos dias de vacaciones me pertenencen por estos seis meses de contrato.

Muchas gracias.

266. Peccata Minuta - 23 agosto 2008

265. Anie

30 x 6/12 x 32/40

264. Alba

A lo cobrado en negro no tienes ningún derecho. A lo que está en blanco, en el finiquito te tienen que liquidar lo que te deban.

263. Angel

Hombre, lo que está en B, si tienes pruebas puedes irte a la Inspección de Trabajo, pero es muy difícil que llegasen a considerar eso como salario y sujeto a liquidación. Eso sí, saldrías por la puerta sin un duro y con un enemigo más.

262. BENI

En un contrato de menos de 1 año no necesitas dar preaviso. Si estás durante el periodo de prueba tampoco.

En el caso de que sea aplicable, la ausencia de preaviso no tiene que ver con las vacaciones. Éstas son 2,5 días por mes trabajado, por lo que te deberían liquidar 7,5 días de vacaciones.

261. sikonauta

El convenio manda siempre y en ausencia de convenio, luego el Estatuto de los Trabajadores. El convenio debe ser igual o mejor que el Estatuto para el trabajador (es como una ley de mejora para los mínimos establecidos por Ley). Por lo tanto, en tu empresa tienen más cara que espalda. Además el convenio, si existe, no debe obviarse nunca ya que es una ley como otra cualquiera.
(«Oye Pepe, que tal si nos saltamos la ley y te discrimino?»)

267. Angel - 24 agosto 2008

Gracias por tu contestación, pero hay algo que no entiendo.
porque dices saldrías por la puerta sin un duro?, si me despiden me tendran que indemnizar ¿es asi?, muchas gracias.

268. KARMINA - 25 agosto 2008

ME VOY DEL TRABAJO VOLUNTARIAMENTE EL 30.08 ,PERO HE TENEDO UN ACCIDENTE DE COCHE HOY EL 25.08,COMO ME TIENEN QUE FINIQUITAR Y QUIEN SE HARA CARGO DE MI PAGA A PARTIR DEL 30.08 HASTA QUE ME DEN EL ALTA
GRACIAS

269. Sofía - 1 septiembre 2008

Buenas tardes,

Me encuentro de baja médica por enfermedad desde el 18 de agosto y vá para largo. Este mes, he cobrado el 100% de mi nómina, pero algunas amistades me comentan que las próximas, no serán así, ya que cobraré menos, en cambio otras opinan lo contrario. Es la primera vez en 18 años que me enfermo y necesito saber si cobraré o nó el 100% de mi salario, son mis únicos ingresos y sigo generando los mismos gastos…..:p
La información que obtengo de internet no termina de aclarar mi duda ya que encuentro opiniones para todos los gusto.
¡Enhorabuena por tu blog!

Gracias y un saludo.

P.D.: trabajo en el sector de la contrucción como administrativa de obra

270. BOGHEAN ATALIN - 2 septiembre 2008

hola oi nicky aver si me me pudeis aiudar en eso evo trbajando en un enpresa unanio y 6 meses en este tenpo e tenido solo una paga estra todos los companeros fueron pagados al dia tenendo sus vacaciones etc. en el cambio a mi no me a dado ni vacacione ni no mi le a pagado comoque esta pasando le dije xq a mi no me coresponde como a todos los demas y a los 0 dias me echiaron se inventaron algunas cosas q ni dios le entendia y ajora tanpoco quere pagarme el finiquito sera q soi extrajero si es asi podia decirmelo des del primer dia de trabajo no despues de casi dos anios trabajando des de las 11 de la mañana asta las una de la madrugada y ajora dicen ce nu ai mucho trabajo y tenen que echear alguno y justo a mi despues de pedirles las pagas extras y el dinero de las vacacione que le trbaje. Que es loque debo ecer si alghe lo sabe no me vendria mal una manita. GRASIAS Y UN SALUDO FORTE

271. amalia - 3 septiembre 2008

Hola, por problemas economicos mi empresa quiere reducir mi jornada laboral de 8 a 4 horas diarias, tengo contrato indefinido, tendrían que hacerme un contrato nuevo y darme un finiquito por el contrato anterior o simplemente poner una nueva clausula al contrato?? Mi convenio es el de oficinas y despachos de cataluña

272. beismar - 5 septiembre 2008

hola buenas tardes
acaba de terminar mi contrato y no me van a renovar quiero saber cuanto me corresponde de liquidacion de 1año y medio

gracias de antemano

273. juan joso - 7 septiembre 2008

hola buenas noches,tengo una pregunta aver si me la puede solucionar,he pedido la cuenta en la empresa por irme a otra de mas agrado,de vez de dale 15 dias le he dado 10.esos 5 dias restantes me lo descontara del finiqito,y me deven 6 dias de vacaciones que todavia no lo he disfrutado.

274. Pedro - 8 septiembre 2008

Hay algun limite de tiempo para reclamar algun concepto de tu nomina, en mi caso antiguedad. Gracias

275. Peccata Minuta - 8 septiembre 2008

268. KARMINA

Los 3 primeros días de baja por Incapacidad Temporal no están retribuidos. Del 4º al 16º los paga la empresa. A partir del 16º dia lo paga la Seguridad Social.

En tu caso, del 27 al 30 lo pagará la empresa y a partir de entonces la SS al no haber empresario.

271. amalia

Anexo al contrato. Puedes solicitar paro ya que tu jornada se ha reducido en más de 1/3 parte. Cobrarías la parte proporcional, en este caso = 50% de paro.

272. beismar

Pues lo que te deban que no te hayan pagado.

273. juan joso

Pues echa cuentas: 5 que les debes – 6 que te deben = 1 día que te deben.

274. Pedro

Un año.

276. maria - 9 septiembre 2008

a mi me van a despedir despues de tres años trabajando para la empresa y me gustaria saber a que finiquito( aunque sea aproximado) tendria derecho si tengo todas las pagas extras cobradas me ayudariais bastante gracias.

277. pilar - 13 septiembre 2008

Saludos a todos,
estando de vacions recibi carta de mi empresa diciendome que otra empresa a cogido la contrata donde trabjo y me han de subrogar.
La nueva empresa se hace la loca, y pongo demanda en el Samc.
No llegamos a un acuerdo, y he de ir a juicio, dos meses ya sin cobrar, dejando de pagar mi hipoteca y dmás y subsistiendo yo y mi nano de la caridad de la familia.
Aún no he hablado con ningún abogado ( seguramente de ofico).
En el ministerio de trbajo me dicen que lo tengo ganado, o me cojen o el despido y a cobrar.
pregunto yo ? en el supuesto de que gane, y me pagen estos dos meses que me deben , puedo pedir alguna indemniziación por lo que me estan haciendo pasar estos H.P.y las cosas que me estan haciendo deber?
Ahora me han llamdo para un comision paritaria que no tengo ni idea de que es !! me van a volver loca, pasandose la pelora y yo enmedio sin cobrar y dependiendo de los demás !! que cabro..s!!

perdonar el enrolle y aunque me salgo algo del tema, si alguién entendiera de estas cosas y tuviera la amabilidad de contestar, estaria muy agradecida.

Muchas gracias

278. la q se siente engañada! - 16 septiembre 2008

Hola, buenas noches.
Ahi va mi caso. El 28 de agosto decidí de cambiar de trabajo, y por profesionalidad les di 15 dias de preaviso. Fui tonta puesto q acababa de cobrar mi nomina hasta el dia 31 y habia disfrutado 12 dias de mas de vacaciones.
El hecho es que hoy voy a por mi finiquito despues de currar 13 horas diarias para compaginar viejo y nuevo trabajo, y en la nomina finiquito o como se llame solo salia especificada mi cotizacion al irpf y luego de la nada un total de -16,40.
No salia especificado ni salario base, ni plus por nocturnidad, ni festivos trabajados ni nada. Ademas en agosto no liquidaron comisiones por lo que me deben de mi nomina de agosto todavia 200 eur.
¿ Es normal que no salga nada especificado? no he firmado, y mañana llamare para que me lo deje todo especificado y ver si a mi me cuadra su calculo. Pq claro, si le debo 12 dias de vacaciones, y he trabajado 12 dias, eso se me keda a cero, pero el IRPF solo descuenta de lo positivo? o descuenta del calculo entre lo positivo y lo negativo?
Yo cuento que me salian unos 700 eur calculando lo que cobro normalmente, y si me quitan los dias trabajados cobrar al menos 200 eur…pero claro… si el IRPF se descuenta de lo positivo solo…

No se, llevo un lioooooo!! Pero creo que me intentan engañar pq no habia especificacion ninguna.

Otra cosa, puedo pedirles copia de eso que la chica de RRHH llamaba «nomina de septiembre» para llevarlo aunque sea a UGT? o no me la dara?

Debo ir de buenas o de malas visto que ya siento que me han intentado torear?

Muchas gracias!

279. Mette - 27 septiembre 2008

Buenas noches
…y me parece estupendo esta pagina…
Mi pregunta es: trabajo en una empresa que paga al mes vencido el dia 25.. significa que empieze el dia 6 de enero 2008 en un puesto de jefa de zona y primera nomina pagaron el 25 de febrero (legal o no?)… he plegado voluntariamente el 30 de agosto con 30 dias de preaviso que a final he firmado un acuerdo de que yo habia hecho el preaviso de 1 mes, pero que ni ellos ni yo nos interesaba trabajar juntos el ultimo mes y por eso la empresa exime del contrato y acepta una anulacion del dia 2 de septiembre (segun su hoja con preaviso de plegar el 28 de septiembre)
Pues… no me han ingresado la nomina fija de agosto el dia 25 de septiembre y me dicen que lo adjuntan con el finiquito y que me lo pagan el 7 de noviembre.
..estamos hablando de la nomina de agosto y de una empresa que lleva el certificado de ser familiar responsable (EFR)… me han obligado a trabajar 12,5 horas al dia (lo tengo por escrito).
mi pregunta es donde puedo ir y realmente me pueden retrasar mi ultimo mes trabajado tanto(en seguridad social) ?
Cuando tiempo pueden retrasar el finiquito = ultima nomina??
Soy de Dinamarca por si a caso que encuentras a un millon de fallos en mi español 🙂

280. juanjo - 29 septiembre 2008

hola me gustaria saber cual sera la retencin de irpf k se me practicara casandome y teniendo una hija menor de 3 años y mi mujer trabajando y cobrando los dos unos 1200 euros al mes gracias

281. Peccata Minuta - 29 septiembre 2008

280. juanjo

No lo sé, pero si pasas por un Ahorramax, me podrías decir a cuanto tienen la bolsa de ensalada Florette «Gourmet»? Gracias.

282. YENNY - 2 octubre 2008

HOLA

TENGO UNA CONSULTA.

SI GANO 1000 EUROS NETO MENSUAL, EMPECE A TRABAJARE EN UNA EMPRESA DESDE MARZO, POR FAVOR CUANTOS DEBO COBRAR EN EL PAGO EXTRA DEL MES 15 DE JULIO Y DICIEMBRE?

283. andrea - 4 octubre 2008

Trabajo de cajera en una gasolinera y mi pregunta es la siguiente, ¿me pueden quitar las sobras y faltas de caja de la nomina? ¿y si es asi tengo que firmar algun papel antes como que doy consentimiento o me lo pueden quitar y ya esta? ¿Tambien debe de ir reflejado en la nomina?En mi convenio hay un plus por el quebranto de moneda, cuidado de bienes etc.. en el que me pagan 45€ y algo al mes (se puede pagar al finalizar en año que son 545€ o prorrateado) y de ahi me lo descuentan.

284. antonioful - 5 octubre 2008

Hola.

Tengo una duda sobre mi trabajo, he trabajado por una empresa con un contracto de 6 meses (3 prueba+3) a partir dal 16 de marzo hasta el 16 de septiembre. Ahora me han renovado el contracto, es decir me han hecho una proroga de un otro mes hasta el 17 de octubre.
Yo no quiero seguir con esta empresa y me gustaria saber, calcular mi finiquito.
Cobro 1150 al mes , los 11 dias de vacaciones del primero contracto le hecho todo.
Tengo 12 mensilidad y he cobrado hasta semptiembre.
Mas o meno cuanto seria mi finiquito?
Tengo que calcular los dias que trabajo en octubre + lso dias de vacacione de ocutbre(2 creo) + que mas?
es para haber una idea de lo que me tiene que dar la empresa, si alguine me puede aiudar.

Muchas Gracias

285. veronica - 9 octubre 2008

HOLA
Tengo una duda, llevo trabajando en una empresa desde el dia 01/09/05, hace tres años. He tenido un bebe y ya se me termina la baja por maternidad y no me pongo de acuerdo con mi jefes para trabajar en media jornada por lo que han decidio despedirme. ¿cuanto me tienen que pagar de finiquito si gano 840 euros y he disfrutado las vacaciones de todos los años menos el de este?
Espero una pronta contestacion dado que me van a despedir entre hoy y mañana y me gustaria saber que es lo que me corresponde para que no me tomen mas el pelo.
Muchas gracias.

286. pedro - 10 octubre 2008

Hola a tod@s, tengo una duda. Trabajo de comercial y el sueldo se compone de parte variable y de comisiones. ¿en el calculo del finiquito entrarian estas comisiones o solo se calcularia la parte fija? LLevo en la empresa 3 años y medio y soy fijo.

Un saludo

287. jose fco perez candela - 11 octubre 2008

Hola te explico que estoy trabajando en una suplencia de verano en un periodo que va desde el 29 de junio al 1 de noviembre.en el contrato he disfrutado de 15 dias de vacaciones por peticion mia. mi salario neto ha sido desde un principio de 1980 €. quisiera saber si me puedes dar informacion si tengo derecho al finiquito y de cuanto seria economicamente. ya que no me renuevan y me cesan al finalizar el contrato.Tengo derecho a alguna indemnizacion?. gracias, espero noticias suyas .
atentamente.

288. yo - 13 octubre 2008

cual es el tanto por ciento que se paga en la contruccion por antiguedad?

289. judith - 16 octubre 2008

hola ,trabaje para la empresa dia de madrid desde el 11 de diciembre del 2007 y el 09 de octubre 2008 falte al trabajo por salud,comunique a mi supervisora por el movil -y pedi cita al hospital pero recien me lo dieron para el dia siguente y acudi al hospital y me dieron solo mi baja por ese dia,al dia siguente al presentarme a mi trabajo me dijeron que no me podian dejar ingresar a trabajar.sin darme mas motivo, al hacercarme ala empresa me dicen que estoy despedida porbajo rendimiento cosa que es totalmente falso,que debo hacer,y cuantos dias se demora para poder cobrar mi finiquito.grasias

290. judith - 16 octubre 2008

por fabor me podrias orientar si tengo derecho a que la empresa me mande al paro ya que yo tenia un contrato indefinido con la empresa y ellos me despidieron y que es lo que debo hacer ya que tengo recien cita en los juzgadoa para la reconciliacion el 11 de noviembre

291. HAROLDO SOBARZO LAGOS - 18 octubre 2008

mi esposa trabaja en un mercado municipal de dependienta, por reformas del mercado, su jefe le hizo una suspension de contrato y durante ese tiempo ella pudo cobrar por convenio una parte del ayuintamiento y otra parte de suparo, que en total hacia su sueldo real. Al cabo de un año se procede al inicio de las actividades del mercado, mi jefe a parte de su parada
en la que trabajo, abrira otra a nombre de su señora. Yo llevo con el 5 años trabajando, como tiene interes que me vaya a trabajar en la parada de su señora, me ha ofrecido que yo presente mi renuncia voluntaria y vaya al paro e inmediatamente me contrata su esposa. En convenio privado me ofrece que seguire percibiendo mis pagas extras como conservando la antiguedad que tenia con él.Pregunto: en que me pueden perjudicar en caso de despido porque entiendo que es otra empresa aunque sea la de su señora. He de firmar una liquidacion por un dinero que no he de recibir?

292. Sarah Ruiz - 21 octubre 2008

Buenas tardes,
Me acaban de informar q mi empresa pierde la cuenta comercial de la que yo soy responsable, y que por tanto a 30 NOV, dejare de trabajar, Me han pedido que dissfrute de mis vacaciones ya que no me las pueden pagar, Pueden obligarme a ello?
POr otro lado como calcular el finiquito?
es esto un despido improcedente y pior tanto tendre derecho a una indennizacion?
llevaba trabajando desde 11 mayo 06, es decir 2 annos 6 meses y 20 dias.

Muchas gracias por sus respuestas.
Sarah

293. Enrique - 21 octubre 2008

Hola:
estoy cobrando el paro, me han ofrecido un trabajo de 35 horas semanales, una jornada del 87.5%. Mi pregunta es la siguiente ¿ puedo recibir la prestacion de desempleo por la diferencia hasta las 40 horas?

294. peccataminuta - 21 octubre 2008

293. Enrique

No puedes recibirla porque «Parado» es todo aquel que ha perdido su trabajo o ha visto reducida su jornada en más de 1/3 parte y quiere y puede trabajar. Creo que si divides 5/40 es muy poco para recibir paro.

295. OlgaME - 23 octubre 2008

buenas. a mi marido que le han despedido por el temita de la crisis. la empresa le reconoce que es improcedente y en el cálculo del finiquito le dicen que «como las vacaciones son 22 días HÁBILES al año, pues que el PRECIO es otro al que tu calculas», pues mi marido, siguiendo tus orientaciones, hizo su finiquito para hacerse una idea de lo que saldría. el caso es que, no entendemos eso del precio diferente y además, curiosamente, entre lo que la empresa le quiere dar y lo que mi marido ha calculado hay más de 200€ de diferencia. hay alguna Ley sobre diferentes PRECIOS de los días de VACACIONES, dependiendo si son naturales o hábiles??? muchas gracias

296. GRACIELA SOSA DE GOMEZ - 24 octubre 2008

Hace dos meses que trabajo en un restaurante.y hace tres dias me ha dicho que me despedia porque en el lugar donde yo tengo que cumplir mi contrato que es uno de los restaurantes que inauguraron el martes21/10/2008, tienen nuevos socios y no aceptan mas personales.El problema es que donde estoy el restaurante viejo solo abre , me dijo jue,vier,sab,y domingo, pero que ya tienen sus personales. Le pedí terminar mi contrato al menos hasta fin de noviembre, pero me ha dicho que sería imposible porque no hay dinero.Me quise presentar en mi puesto de trabajo ayer jueves 23/10/2008 y me a dicho no, que pase a firmar mi renuncia.Que hago tengo reposo por dos días por depresión y subida de tensíón por esta causa.Estube con estado de ansiedad porque todo fue sorpresivo,Antes ya me mandaron 12 dias de vacaciones, pero sin goze de sueldo , yo no firme nada .yo trabaje de nuevo desde las vacaciones desde el día 14/10 al 18/10 horario normal de 8 horas.
La empres es Marco Diloretto restauración PALMA DE MALLORA CALA ESTANCIA.Y EL NUEVO RESTAURANTE ANIMA BEACH PORTICHOL,PALMA DE MALLORCA. GRACIAS.

297. Martha - 26 octubre 2008

Hace 8 meses estoy trabajando 6 horas al dia con 650 € mensuales, con contratos a termino cada dos meses, pero el ultimo mes me dejaron contrato fijo, y con 7 horas de trabajo, con 700€, ahora el trabajo se a reducido, y me van a poner a medio tiempo, me dicen que se llama contrato modificable , no e tomado las vacaciones correspondientes al año, y no se si deben finiquitar estos contratos anteriores , o debo firmar el nuevo sin nada. Agradezco la atencion . Muy amable

298. jose - 29 octubre 2008

Ami me han contrado para trabajar con las condiciones siguientes dia trabajado dia ccobrado sin derecho a pagas ni liquidacion y la pregunta es lgal ?

299. joel - 29 octubre 2008

hola , tengo un contrato en hosteleria q pone 40 horas semanales de lunes a viernes y nos hacen currar 11 horas diarias incluido sabado como puedo hacer una reclamacion y q medios puedo empleaar para hacerme de pruebas ,,gracias

300. carla - 29 octubre 2008

hola, tengo un contrato indefinido a 40 horas semanales y hoy el jefe nos ha dicho que como la empresa esta muy mal, que aceptemos 20 horas y hagamos 40 asi el paga menos a la seguridad social, eso es un tiempo, mi pregunta es ¿ me puede obligar a aceptar, me repercute a la hora de computar el paro y la cotizacion, a la s.social? y si luego decide cerrar que indennizacion me daran a 20 horas o a 40 horas.gracias

301. Juani - 1 noviembre 2008

Hola he tenido un contrato a tiempo completo eventual de 101 días desde el 10 de julio hasta el 20 de octubre (para pasar a otro de tiempo completo por interinidad).

Pero no entiendo bien el finiquito, me han pagado:
– Salario del mes (20 días)
– Paga de verano (8,42 días)
– Paga de navidad (8,42 días)
– Indemnización especial (de 2,25 días)

¿Por qué me han pagado la paga de verano si entré a trabajar el 10 de julio?
¿Por qué no me han pagado las vacaciones?

P.D. Tengo otra duda, trabajo con el convenio del comercio del metal en el departamento de administración y en mi contrato indica que el horario es de lunes a sábado, pero yo trabajo de lunes a viernes. Cuando quiera coger vacaciones, ¿me cuenta cómo día de vacaciones el sábado aunque no trabaje?

Gracias

302. Juani - 2 noviembre 2008

Vacaciones 2008.
¿Hasta qué fecha se pueden disfrutar las vacaciones del 2008? En mi antigua empresa nos ampliaban el plazo hasta los primeros 15 días de enero del año siguiente.
Gracias

303. silvia - 3 noviembre 2008

buenos dias, me gustaria saber el calculo de una nomina sobre cuantos dias se calcula, si sobre 30 dias o sobre 31.

a mi siempre me la calculan sobre 30 dias? eso es justo? y los meses que tienen 31 dias que pasa que pierdo ese dia?

gracias

304. celia - 6 noviembre 2008

hola mira estao trabajando en una empresa de limpieza mi sueldo eran 425 estao 20 dias y se cobran tres pagas al año queria saver cuanto me pertenece de finikito

305. celia - 6 noviembre 2008

contestarme rapido porfavor es urguente he quedao esta misma tarde con el

306. Carlos - 9 noviembre 2008

Hola,

Tengo una seria duda, si mi ex-empresa no quiere darme (me quiere putear un poco) el certificado de retenciones del año pasado (actualmente estoy trabajando en otra empresa), qué pasos tendría que seguir? Puedo conseguirlo yo por otro lado ,pediendolo a hacienda o sólo puedo conseguirlo de ellos? tienen obligación de darmelo o pueden «marearme»?

307. Urgente - 12 noviembre 2008

¿Cual es el máximo que te puede pedir que le pagues un abogado de oficio por una reclamación de cantidades a una empresa? Garcias

308. mary - 15 noviembre 2008

hola.
keria hacer una consulta a ver si podiais contestarmela.llevo 13 meses trabajando con un contrato muy pekeño de dos horas o 3 no lo se exactamente,kieren despedirme y keria saber si al despedirme me pertenece despido y cuanto.espero respuesta me urge.gracias

309. yahima - 17 noviembre 2008

por favor necesito informacion o me volvere loca. soy una chica cubana. llevo siete años en españa en los cuales he trabajado estuve dos años de recepcionista en una consulta privada, luego 9 meses en hosteleria ganaba 1300, se me presento una oportunidad para cambiar a recepcionista de hotel y me fui ahora llevo seis meses en el hotel, el 19 de enero se cumple mi contrato. la duda mia es en caso de que no me renovasen el contrato ( por lo de la crisis) si tengo derecho a paro, no tengo ni idea de estos temas y tengo muchisimo miedo a verme en la calle y sin un duro. contando que ademas de esos contratos he hecho suplensias de dos o tres meses en el ayuntamiento del pueblo donde vivo. ayudarmeeee

310. rafaelv - 21 noviembre 2008

entre a trabajar el 16 de febrero, cogi quince dias de vacaciones ahora cuantos dias tengo derecho hasta diciembre por vacaciones y si no las cojo las pierdo o me las pagan en España

311. rafaelv - 21 noviembre 2008

Por favor alguien me puede ayudar
entre a trabajar el 16 de febrero del 2008 y tengo contrato hasta el 31 de enero del 2009, tengo tres pagas extras mi sueldo neto es de 1150 euros, cuanto me tocaria de liquidacion si ya no continuo en la empresa

312. relinda26 - 27 noviembre 2008

hola….. buenas a todos y…agradecer que haya un blog tan bueno como este.
tengo una duda por se alguien me pueda ayudar soy extrangeray no se mucho de leys de aca….
despues de trabajado un mes kual es el periodo legal que te tengan que pagar la nomina… es que estoy a 27de novienbre y todavia no cobre el mes de octubre …es legal tener trabajado casi dos meses sin cobrar el anterior??¿¿??gracias a todos se por acaso me puede ayudar alguien…. saludos

313. Kleón - 27 noviembre 2008

Hola pacca como te va; es interesante tu pagina que da respuestas acertadas a quienes lo solicitan, especialmente personas explotadas en el campo laboral

314. larosi - 30 noviembre 2008

bona nit..alegando la crisis ha dejado de pagarme mi parte del salario en negro, y ahora se niega a darme la paga de navidad porque dice mi jefe que le pongo mala cara y si cambio esta dispuesto a darme un 50% de la misma..tengo algun derecho?o le tengo que dejar que siga abusando de nosotros?saludos.

315. adela - 3 diciembre 2008

hola, mi nimbre es adela y llevo trabajando en una escuela militar como camarera tres meses, que son los que tenia de contrato, queria saber si puedo cobrar las horas extras que he realizado durante este tiempo, mi jefa cuando me hizo la entrevista me dijo que mi contrato era de 40 horas pero que haria 14 horas de mas todas las semanas que despues me las compensaria en dias libres pero no ha sido asi, y ahora cuando llege el finiquito deberia de pagarmelas pero no se como reclamarselas, testigos hay suficientes ya que al ser un organismo militar tienes que entrar y salir de el con un pase que me imagino que quedara registrado aparte de los 600 militares que te ven en la cantina desde las 7 de la mañana hasta las 4 de la tarde.
gracias de antemano y un saludo

316. ale - 9 diciembre 2008

Hola felicidades por tu alturismo
mi pregunta es la siguiente . Si estoy todo el año de vaja por una operacion y ahora me despiden con fecha de hoy tengo derecho a cobrar las bacaciones en el finiquito muchas gracias anticipadas eres genial

317. josepacheco - 10 diciembre 2008

Ale hijo o hija de puta aprende a escribir BAJA, VACACIONES, quedo claro

318. alpalaguay - 12 diciembre 2008

Hola ¡¡ Acabe finiquitado en la empresa, por agotamiento de I.T.(18.meses) queda suspendido el contrato ,hasta la resolución de la incapacidad permanente.
Paso ,ha cobrar por el I.N.S.S. me dan ha rellenar dos formularios ;
Incapacidad temporal y permanente , el I.N.S.S. me pide el certificadode empresa , lo recojo a la gestoría y allí refleja que me pagan 27 dias de vacaciones (1400 eu.) se lo entrego todos los papeles al INNS . Y la gestoria me da un finiquito en el cual me decía que mi empresa no me iba a pagar las vacacónes ,solo desde Abril ,que fuí un mes ha trabajar ,al pasar 1 año y recaí ,por depre.

Pregunta: me dieron el 20 de octubre el finiquito , ¿puedo reclamar esos 1400 euros ,que puso en el certificado del INSS.ya que en el finiquito me ha puesto solo 350 eu? gracias¡¡¡

319. alpalaguay - 12 diciembre 2008

que tal ? he agotado 19 meses de baja ,me ha citado el ICAM ( centro catalán de valoraciones medicas) espero una sentencia que no creo tarde mas de 3 semanas por moobing .yo no busco invalidez.

Creeis que si les pido 1 mes de baja ,hasta la sentencia para no recaer ,me lo daran los del ICAM ? gracias o como lo tengo que hacer

320. eliana - 12 diciembre 2008

Hola, antes de nada muy buena la pagina…!
tengo un pregunta… gano 800 euros al mes, con 2 medias pagas al año… en diciembre hago 8 meses y me dice q me corresponde 168 euros de paga extra… eso es correcto? o como se calcula la paga extra.. bueno en mi caso .. la media paga extra? no tengo nomina….pero aportan a la seguridad social 156 euros x mes…
muchas gracias!

321. ruben - 20 diciembre 2008

hola buenos dias a todos haber si alguien me puede ayudar que tengo un cacao mental con esto de las nóminas, he estado trabajando de comercial en edp editores y empeze un 19 de septiembre, me pagaron lo correspondiente al mes 322,05 luego trabaje el mes completo de octubre y cobre 805,11e finalmente me despidieron en noviembre el dia 19 cobre483e me hicieron firmar un papel de finiquito y cobre al mes siguiente únicamente los 483e el llamado finiquito n me lo han pagado pero me tienen que pagar algo? ayudarme, estas cantidades son ya hechas con la retencion del 15% no se que es lo que me tienen que pagar ni la parte proporcional pero ahora sup k kmo ya firme el finiquito me puedn dej sin nada eso es lo que tiene no saber las cosas ayudarme por favor. gracias

322. sedona - 22 diciembre 2008

Hola:
Estoy de baja desde septiembre por una enfermedad sin diagnóstico pero que se expresa con muchos dolores. Puede ser grave. Al causar baja repasé todos los documentos que tengo y creo que he descubierto una irregularidad, y es que mi jefe me ha hecho un contrato como dependienta y luego me ha dado una carta diciendo que en realidad soy encargada, que es la verdad. Creo que con ello lo que hace es no pagar parte de la SS pues me da 1/3 de mi salario en negro. Tengo nóminas e ingresos en banco que demuestran que mi nómina es de una cifra y que recibo otra muy distinta en realidad. Este señor no tiene ningùn respeto por las personas, incluso sabiendo que una situación así me agrava más los dolores por el estrés, me paga cuando le da la gana. Al estar enferma no tengo más ingresos que estos y lo paso muy mal.. ahora estamos a 22 de diciembre y sólo he recibido 1000€, no el resto del salario (440 mas), ni las vacaciones (15 días) que no he disfrutado, ni las pagas 14 y 15 (soy del gremio del papel, trabajo en una librería) que me corresponden por convenio. Llevo un año trabajando para esta persona que me ha defraudado mucho. Mi intención es denunciarle para que se me pague todo lo que se me debe y a tiempo. Cuál es la fecha límite para pagar un sueldo? Cuál es la fecha límite para las pagas para saber cuándo denunciarle? Tengo pruebas suficientes para ganar un caso contra él? Qué puedo ganar con todo esto? Dónde debo denunciarle, en inspección del trabajo? es mejor hacerlo a través de algún sindicato? No estoy afiliada a ningún sindicato. Yo pienso que sería mejor que me despidiera, al menos en el paro cobraría a tiempo, supongo… pero tampoco me despide. Aunque lo único que puede argumentar para despedirme es que estoy enferma, no le he dado motivos para el despido. Me alegro de haber encontrado esta página, agradecería mucho que me ayudaran. Esta página es muy importante para muchas personas, este asesoramiento no es nada fácil de conseguir.

323. Peccata Minuta - 25 diciembre 2008

322. sedona

Inspección Provincial de Trabajo, sin ninguna duda. Cuéntales tu caso.

324. Saitam - 10 enero 2009

Hola Peccata… Feliz Año y muchas gracias por todos tus aportes… lo mismo a la gente que con sus cuestiones porque ayudan a otros en similares circunstacias…
Te quería hacer una pregunta técnica en materia de la paga extra, porque según lo que explican en mi empleo hay una diferencia que ellos se quedarán indefinidamente hasta el día de un finiquito por despido o porque me vaya de la empresa.

La cuestión es así:
Inicio de Actividades: 1 de Septiembre 2008
SBA = 18.000€
N° de Pagas = 14
SM = 1.285€
Prorrata Mensual Pagas Extras = 214€ (que me «retienen»)

Para la paga extra de Diciembre de 2008, la empresa me pagó bruto 428€… cuando yo pensaba que debían pagarme bruto 856 €…
Calculo de la empresa: 107€ x 4 meses (Sep-Oct-Nov-Dic) = 428€
Mi Calculo: 214€ x 4 meses (Sep-Oct-Nov-Dic) = 856€

Es mas, la empresa me dice que en Junio de 2009 me va a pagar bruto 1.070€… porque sería: 107€ x 10 meses (Sep-08 a Jun-09)… y a mi entender deberían ser los 1.285€, es decir el equivalente a una paga extra completa por trabajar 6 meses…

Es claro que de la forma que lo calcula la empresa, hay un dinero «importante» de diferencia que me «están resguardando» y que no voy a ver nunca salvo el día que me vaya o me «manden a la P… calle». Porque:
Total pagado bruto por la empresa a Jun-09 = 428+1070=1498€
Total Prorratas retenidas a Jun-09 = 214 x 10 meses = 2140€

Es esto correcto? No deberían liquidarme como yo hago las cuentas? Ellos dicen que actúan de acuerdo al Convenio de Oficinas y Despachos, pero no he encontrado nada al respecto. Y llegado el caso que así fuera, cómo puedo hacerme con la diferencia de dinero? O mismo, dónde puedo consultar al respecto?

Desde ya muchas gracias

325. Peccata Minuta - 10 enero 2009

324. Saitam

Tu sueldo son 18.000€

Si las pagas fuesen 12, te correspondería bruto por mes = 1.500€/mes

Como las pagas extras son 14, te corresponde 1.286€ /mes

Cada mes no te pagan 1.500 – 1286 = 214€

Si trabajas 4 meses, te habrán retenido en concepto de paga extra 214€ x 4 = 856€ que deberán abonarte.

Tienes tú razón. Se están haciendo la picha un lio (suele pasar).

A tí, al cabo de los 12 meses te tienen que haber abonado:

1.286 x 12 + 214 x 12 = 18.000€

En la paga de diciembre te tienen que pagar (brutos): 214 x 4 = 856€

En la paga de junio te tienen que pagar: 214 x 6 = 1.284€

Explícaselo a la becaria.

326. Saitam - 14 enero 2009

Peccata… muchas gracias por tu respuesta. Me has confirmado mi lógica «simple» al respecto.

Lo peor de todo es que no se trata de una becaria sino que de una empresa a la cual se le paga y SOSTIENE lo que te comentara de los €107 en vez de los €214. Y es más, me «recomendaron» no exigir una «regularización» de la situación ya que me terminarían pagando pero a la vez despidiendo! Un horror.

De nuevo gracias…

327. Luis - 15 enero 2009

Hola Peccata,
En mi nómina cobro salario base y mejora voluntaria, ambas cotizando a la S.S.
En caso de quedarme en paro, ¿cobraré el 70% del salario base + mejora voluntaria? ¿o la mejora voluntaria no cuenta para el paro?
Gracias por anticipado. Luis

328. gonzales maria - 15 enero 2009

hola!me puede ayudar alquien…cuanto puede ser un sueldo minimo para limpieza con contract temporal,con paga extra incluida…y si hago 8 horas por dia repartido en 3 ciudades,cobro lo mismo sueldo»?gracias

329. yaiza - 23 enero 2009

hola quisiera saber cuanto me toca de finiquito tenia un contrato de seis mese y en la empresa yevava trabajando un año y se me termino el contrato y no me lo renovaron yo trabajaba jornada entera y con una nomina de 980 euros todo incluido quisiera saber cuanto me toca de finiquito

330. yaiza - 23 enero 2009

me gustaria saber cuanto me tienen q pagar

331. yaiza - 23 enero 2009

cuanto me tiene q pagar

332. yaiza - 23 enero 2009

antes de firmar nada me gustaria saber cuanto me tienen q pagar

333. manuel - 24 enero 2009

hola llevo 4 años trabajando en el metal en la nomina mevienen las pagas proporcionales cuanto me pertenece de finiquito si me despiden

334. Peccata Minuta - 24 enero 2009

333. manuel

Pues nada.

335. escorpio - 26 enero 2009

por suspension de empleo me veo obligada a cobrar este mes solo 14 dias, como calculo la cantidad a percibir. gracias

336. Peccata Minuta - 26 enero 2009

335. escorpio

14/30

329. yaiza

Nada

337. juan carlos - 3 febrero 2009

buenos dias, te cuento. deje mi trabajo sin preaviso, avise el dia anterior, era un contrato de 6 meses, pagas prorrateadas, trabaje desde el 20 de otubre hasta el 23 de diciembre. en mi liquidacio me descuenta 3 dias por no avisar pero tambien 4 dias de vacaciones que no disfrute y no me paga los 5 dias que me corresponden, en total unos 300 euros que no me paga. si se negara a rectificar la liquidacion que no he firmado me costaria mucho un abogado de oficio?mi duda es si me saldria gratis todo si fuesemos a juicio. porque mi liquidacion la he llevado a dos asesores laboralistas y ambos coinciden en que esta mal.
gracias por anticipado

338. juan carlos - 3 febrero 2009

volviendo a releer mi mensaje debo aclararte que NO DISFRUTE NINGUN DIA DE VACACIONES de los que me corresponderian.
gracias de nuevo

339. Peccata Minuta - 3 febrero 2009

337. juan carlos

En un contrato de duración inferior a 1 año no es necesario el preaviso y por lo tanto no te pueden descontar.

Por cada mes trabajado te corresponden 2,5 días naturales de vacaciones, por lo que te corresponderían 15 días naturales de vacaciones.

La liquidación debería ser de 15 días de vacaciones – Seguridad Social – IRPF.

Tienes 1 año para reclamar y con un certificado de Hacienda de que no tienes bienes y tu declaración de IRPF puedes recurrir a justicia gratuita. Si estás en Madrid, pásate por los juzgados de lo social en la calle Hernani y cuando entres vas a información para solicitar Justicia Gratuita. Allí te informarán de todo. Igual en cualquier Juzgado de lo Social de tu provincia.

Un saludo.

340. jose - 4 febrero 2009

buenas, me llamo jose tengo 20 años y me acaban de cambiar el contrato a 1r maitre en un 4*, declarado cobrare unos 1340netos, pero en total seran unos 1900 netos, soy fijo-discontinuo con un año de antiguedad en la empresa, trabajamos durante 7 meses aprox.(temporada de verano).
Mi pregunta es, cuanto tendria que cobrar de finiquito este año¿¿¿?? «el año pasado cobre unos 2100..»

MUxas gracias.

341. Peccata Minuta - 5 febrero 2009

340. jose

Uy, muy poco. Nunca me han gustado los restaurantes de 4*.

Prueba a echarte tú las cuentas. Ya verás como logras, campeón.

342. jose - 5 febrero 2009

peccata, gracias por tu respuesta, pero si lo he preguntado es porque no se como hacerlo……………………

343. A.Arroyo - 6 febrero 2009

Hola, llevo años trabajando en una empresa y de las 4 pagas me quieren prorratear 2, una de ellas se devenga de enero a diciembre del año pasado y se cobra hasta al 31 de marzo. Quiere pagarnos esa paga repartida en 6 veces con lo que voy a cobrar 3 partes de la paga mas tarde. Cual sería la manera mas correcta de prorratear esa paga, un saludo y muchas gracias. A.Arroyo.

344. javi - 7 febrero 2009

hola mi pregunta es la siguiente soy fija en mi empresa.Mi nomina es de 160 horas mensuales +antigüedad+las pagas prorrateadas de verano+navidad+beneficios+octubre.Mis horas extras me la pagan fuera de nomina porque supero el numero de horas.He trabajado 15 dias de mis vacaciones incluidas las horas extras.Me han pagado 1 mes completo quiero decir nomina+horas extras y las vacaciones que las he trabajado me han pagado la mitad de la nomina.mi pregunta es ¿las horas extras de las vacaciones me la tienen que pagar o ya van incluidas en lo que me dieron anteriormente?

345. juan - 7 febrero 2009

hola,me pregunta es la siguiente;tengo contrato de maquinista ypertenezco al convenio dela construccion,mi jefe nos tiene prorrateadas las pagas dobles,actualmente estoi de baja por la seguridad social y me gustaria saver si estando de baja mi jefe tiene que pagarme ese prorrateo de las pagas o nada mas cobro la baja ?,gracias

346. lorenzo - 9 febrero 2009

¿cual seria el salario base de un auxilar administrativo en el convenio de la alimentacion? ¿La retencion del irpf puede ser del 0% ? ¿Como se calcula el importe de la antigüedad y el importe de las horas extras en una nomina?¿hay algunas formulas?

347. LUCIA23 - 14 febrero 2009

SOY PELUQERA YEBABA 10 MESES TRABAJANDO EN UNA PELU Y ME AND ESPEDIDO IMPROCEDENTEMENTE AL ESTAR DE BAJA UNA SEMANA.CUANTO ME TIENEN QE FINIQITAR Y LOS 13 DIAS TRABAJADOS BAN EN EL FINIQITO O LO METEN EN NOMINA APARTE?

348. Luis - 14 febrero 2009

Hola,
En mi nómina cobro salario base y mejora voluntaria, ambas cotizando a la S.S.
En caso de quedarme en paro, ¿cobraré el 70% del salario base + mejora voluntaria? ¿o la mejora voluntaria no cuenta para el paro?
Gracias. Luis

349. Peccata Minuta - 15 febrero 2009

347. LUCIA23
Si has estado de baja una semana sin justificar con un parte de la Seguridad Social, es posible que el despido sea procedente. Si no, improcedente. Si es improcedente, no firmes ningún finiquito y ponte en manos de un abogado de oficio o particular (si te lo puedes pagar). Aparte de eso, los 13 días trabajados van en el finiquito y por supuesto, luego no habrá más nóminas.

Después del juicio y cuando ya estés apuntada al paro en el INEM (nunca antes), aprovecha para ir a algún curso de español y ortografía. De la cantidad de «barbaridades» que has escrito, sorprendentemente la única palabra que está bien es «improcedentemente», lo cual es de chiste. Suerte.

348. Luis

La mejora voluntaria es una retribución salarial y por eso también cotizas sobre ella. Cobrarás el paro sobre el total de retribuciones salariales, y por lo tanto, ese porcentaje se aplicará sobre todo: salario base, mejora voluntaria y resto de complementos salariales.

350. Peccata Minuta - 15 febrero 2009

343. A.Arroyo

Yo lo que no entiendo es la gilipollez que se traen empresarios y trabajadores con las pagas extras. Yo si llego a un sitio siempre pongo como condición cobrar el 100% de mi salario por mes, no que me quiten 2/12 o 3/12 o como en tu caso 4/12 y que me los paguen cuando le vengan en gana.

Tú lo que estás haciendo es financiar a tu jefe. Y además, si un día entra en suspensión de pagos y no te paga, no sólo perderás lo que te deba del mes sin pagar, sino el resto de pagas extras no cobradas. Por eso, lo mejor de todo es cobrar «todo prorrateado». Así si te quieres pirar, no le debes ni te deben nada (salvo las vacaciones no disfrutadas).

351. Peccata Minuta - 15 febrero 2009

345. juan

Los 3 primeros días de la baja no los remunera nadie (o sea que te los quitan de tu salario mensual). Del 4º al 15º los paga la empresa, y del 16º en adelante los paga la SS.

De tramo segundo que pertenece a la empresa, se te pagará conforme a lo que venías cobrando (incluidas prorratas de pagas extras).

Del tercer tramo se cobra un porcentaje de lo cotizado para esa contingencia y en las cotizaciones se prorratean las pagas extras, así que estarás siempre cobrando con pagas extras incluidas.

352. ricardoortiz - 3 marzo 2009

hola, buenas noches, mira, tengo un contrato fijo, trabajo en mi empresa ya 7 años, las pagas son prorreteadas, osea las cobro mensualmente, y mi jefe ha decidido cerrar la empresa, y despedirme, cuanto me corresponderia cobrar en el finiquito???

353. javier - 5 marzo 2009

En el mes de febrero he sido padre, trabajo en una empresa del sector frio industrial, cuantos dias me tiene que pagar la empresa y cuantos la seguridad social? , repito mes de febrero, por tanto se coge 30 dias 28 dias.

354. juan - 5 marzo 2009

hola peccata ,gracias por aclararme mi prugunta del 7 de febrero.pues la cosa es que quedria pedirte otro aclaramiento,intentare explicrtelo lo mejor k pueda,si necesitases algun dato -como nomina ….-dimelo y te lo envio.la cosa es que mi jefe nos tiene en nomina ,pero el trato es a tanto la hora,las bacaciones no las cobraspero las aces cuando el tiene acordado,las pagas las tienes prorateadas,lo que nos a pasdo a unos cuantos es k para los meses de diciembre k es cuando acemos vacaciones como paravamos de trabajar para el 20 pues del 20 al12 me parece, no cobramos.cuando empezamos a trabajar i nos disponemos a cobrar el mes de enero,nos ace lo mismo que cuando nos fuimos de vacaciones ,nos puso dinero de mas alo que me pertocava cobrar y te dice cuando as firnado la nomina que este mes te he puesto dinero de mas pero cuando cobres mejor te lo descuento(esto es legal?)entonces ahora al cobrar el mes de febrero nos a descontado un tanto de ese dinero(lo k te puso un mes te lo descuenta haora).como puedo actuar contra esto?.tengo otra pregunta,como puedo saver ,osea al tener las pagas prorateadas como puedo saver lo que me pertoca de paga extra para saver si me paga menos o mal,poque yo cobro a 8 euros la hora igual k un peon de nuestra empresa y soy maquinista ,pues la cosa es que yo de salario base tengo mas que un peon pero ala hora de cobrar cobramos lo mismo,yo deduzco que el jefe deve jugar con lo de las pagas ,los pluses etc… y ace cuadrar la nomina como ha el le interese para ser legal ,supongo.muchas gracias por su atencion.

355. Jennifer - 5 marzo 2009

Buenas Peccata,
A quedado claro q por cada mes trabajado pertenecen 2.5dias de vacaciones. ¿esto depende de los convenios? lo pregunto pq llevo desde julio en una empresa y en abril me ire y segun ellos como no llevo un año entero todavia, no me deben vacaciones… es asi? donde puedo asegurarme para poder defenderme ante ellos?
Graciass
Hasta luego

356. MARISOL - 9 marzo 2009

CUANTO TIEMPO O HORAS PUEDO TRABAJAR EN UNA E.T.T PARA Q NO ME QUITEN MUCHO DINERO DEL PARO QUISIERA TRABAJAR 20 HORAS SEMANALES PODRIA HACERLO ME INTERESA O NO MUCHAS GRACIAS

357. Peccata Minuta - 9 marzo 2009

355. Jennifer

Eso que te dicen es mentira. Ningun convenio puede ir contra la ley base = Estatuto de los Trabajadores.

356. MARISOL

Existe el desempleo parcial. Cobrarías por desempleo las otras 20 horas que restan hasta las 40.

354. juan

Lo siento pero es que no te entiendo. Leerte es como leer un jeroglífico.

353. javier

Ni la empresa ni la Seg. Social te premian por ser padre.

352. ricardoortiz

Si has disfrutado todas las vacaciones y no te debe nada de ninguna nómina = NADA.

358. Constanza - 12 marzo 2009

Buenas, mi pregunta es la siguiente, me han despedido, mi contrato es por obras y no me cuadra lo q me han dado de finiquito, no he firmado nada todavia, mi contrato pertenece al convenio colectivo de la construccion de valencia y me gustaria saber cuanto me pertenece por año trabajado. y otra pregunta mas, si me contrataron y a los tres meses me dieron de baja y al dia siguiente de alta de nuevo esto hace que se convierta mi contrato en indefinido?, es q el certificado de empresa que me han dado pone la fecha de comienzo de pasados los tresa meses con respecto a la fecha de contrato y yo tengo el papel de q me dieron de baja y al dia siguiente de alta, muchisimas gracias

359. Que injusticia - 14 marzo 2009

Buenas tardes, mi mujer trabaja en un AHORRAMAS, el cual te agradeceria si supieras de un sitio donde encontrar su convenio colectivo, ya que en la empresa se lo deniegan. Bueno el tema es querer asegurarnos de si tiene derecho a cojer 15 dias de las vacaciones en el periodo escolar de vacaciones al tener dos hijos en edad escolar, 6 y 10 años, y resto cuando quiera la empresa, resulta que le dan las vacaciones en Junio. Por cierto trabaja cuatro horas de lunes a sabado.

360. Peccata Minuta - 15 marzo 2009

359. Que injusticia

Prueba a buscar Convenio Alimentación de tu provincia o nacional.

Los turnos de vacaciones los organiza la empresa en el interés de la empresa, no en el del trabajador.

(si no, sería un cachondeo)

361. maria - 15 marzo 2009

Hola, la empresa donde trabajo adeuda cinco meses de salario a todos los trabajadores desde noviembre de 2008, pero lo que quiero saber es que yo tuve que salir varios dias en el mes de diciembre de 2008, porque soy fijo discontinuo, y el jefe de RRHH, se niega a entregarme la copia del finiquito que me adeudan desde mediados de 2007, solo me entregó la nómina de diciembre, pero el finiquito no me lo quiere dar, ¿a quien lo puedo reclamar?,¿debo poner denuncia ante la inspección de trabajo?

362. Peccata Minuta - 16 marzo 2009

361. maria

Pues claro hija, y vete rescindiendo el contrato por falta de pago, o te veo en el paro tras 6 meses sin cobrar (y que no los cobrarás nunca).

363. sergio - 18 marzo 2009

hola,trabajo en la construccion me ofrecieron bajarme el salario y recibiria en negro mucho mas de mi sueldo actual. por problemas economicos que tengo aceptare¿cuanto es lo minimo que puede figurar en nomina segun ley y cuanto seria lo que llegaria cotizar en total por mes?
Un saludo y gracias te antemano

364. Jose - 8 abril 2009

Buenas tardes:
Tengo un contrato laboral con un bruto anual, pero en las nominas ese bruto me lo desglosan como mejora voluntaria.
mi pregunta es, a la hora de el finiquito se tiene que calcular por el bruto anual pactado y firmado en el contrato que tengo, o solo con la porqueria que ponen como sueldo sin la mejora voluntaria?.

Gracias.

365. sao alfa - 13 abril 2009

si no he leido mal, en el calculo del finiquito, solo has calculado el finiquito por vacaciones y paga extra, pero no el calculo de los dias que te pertenecen, y q te tienen q abonar en relacion con el modelo de contrato y los dias trabajados q tienes, por ejemplo con un modelo de contrato 402 son 8 dias de salario por año de trabajo, verdad? y en los fijos 33 dias de salario o 45, o me ekivoco? esto siempre siendo despido o fin de contrato no?.

y keria preguntar si, el importe de las oras extras te lo cotizan, en el finiquito la cantidad q percibes realmente en nomina seria la base total de cotizacion verdad? gracias por todo me encanta esta pagiiiii felicidades.

366. Gerardo - 14 abril 2009

Estimado amigo no hace falta ir por lo Civil para reclamar una cantidad de 3500 como mencionas, lo puedes hacer por la vía de lo Social tambíen y que se presente el FOGASA (Fondo de Garantia Salarial) como parte interesada si nos holemos que no vamos a ver un duro de la empresa.

367. juan - 15 abril 2009

hola bon dia,mi pregunta es la siguiente,trabajo de maquinista que pertenece al convenio dela construccion y mi jefe me prorratea las pagas ,es legal esto que hace?si no lo fuese ,como puedo actuar contra el parra hacer que me las pague o para denunciarlo?tampoco me paga las vacaciones y me obliga acerlas cuando el tiene dicho .como puedo hacer para enviarte unas nominas para que melas compares por que un peon de obra puede cobrar lo mismo que un maquinista con mas antiguedad en la empresa y con mas salario base que el peon.muchas gracias

368. Un desempleado - 23 abril 2009

En febrero me han despedido de forma improcedente. Me han indemnizado a razón de 45 días por año trabajado.Para hacer los cálculos tuvieron en cuenta la nómina del mes de enero en la cual aún no habían aplicado la subida salarial reconocida por convenio colectivo publicado en BOE del año pasado en el que se dice que la subida del 2009 se aplicará en el momento en que se publiquen las tablas salariales en el BOE con efecto retroactivo a fecha de 1 de enero.Es el C.C de ingenieros y oficinas técnicas.Yo he firmado el finiquito pues lo hicieron sin previo aviso y los de RRHH tenían mucha urgencia por largarse. No me dejaron hacer ningún cálculo ni consulta. Ahora ya se han publicado las nuevas tablas salariales con efecto a 1 de enero.¿ Tengo derecho a que me apliquen la subida salarial a la liquidación que me dieron?. Si es así y no quieren dármela , ¿ tengo que reclamarla judicialmente ? ¿ que plazo de tiempo tengo para hacerlo?

369. plasma - 3 May 2009

hola peccaminuta,el sabado dia 2 de mayo operaron a mi madre,en mi convenio que es del metal provincia de valencia pone que tengo 3 dias naturales,y en el caso de hospitalizacion,ingreso supongo,que este permiso se disfrutase de manera discontinua mientras dure la misma.es decir,si la operaron el sabado y yo quiero cogerme esos dias lunes,martes,y miercoles q son laborables,puedo no,para cuidar a mi madre,contesta rapido xfavor,gracias.

370. jes - 20 May 2009

Hola , mi empresa me debe dos nominas, y con la que acaba ya seran tres , me han dado la carta de despido por causas objetivas ,para el dia 28 del mayo ,pero me dicen que ni me van a pagar los sueldos quiue me adeudan ni el finiquito , la empresa seguira abierta , por cierto solo sonmos dos los que no cobramos ya que nos negamos afirmar un papel en el que nos decian que ya nos pagarian la deuda dentro de 6 meses ¿tenemos posibilidades de poder cobrar lo que se nos adeuda ? Gracias por antcipado a todos los que intentais ayudar con algun consejo

371. jra - 2 junio 2009

Hola, buenos días. Yo trabajaba en una tienda de ropa. El día 27 de Mayo acababa mi contrato de 6 meses, y una semana antes, tuve un accidente laboral y aún estoy de baja por la mutua de la empresa. A mí nadie me había dicho si me iban a renovar o no hasta que ayer llamé a la empresa para preguntar (casi una semana después de que acabara mi contrato) y entonces me dijeron que no me renovaban y que no tenían por qué avisarme. ¿Es eso legal? Lo de que ni siquiera me avisen cuando se cumple mi contrato
Un saludo

372. angeles - 4 junio 2009

mi pregunta es sobre dias a cobrar
mi contrato empezo el 29 de mayo, he trabajado 3 dias y solo me pagan dos??

373. Josh - 8 junio 2009

Hola, mi situación es la siguiente: actualmente estoy de baja por depresión y estres en mi empresa. Trabajo de administrativo en una empresa del metal, y llevo ya mas de 4 años trabajando… Me gustaría saber si estando actualmente de baja ¿¿puedo cobrar la paga extra de julio de forma normal, es decir a mediados de mes el montante que me toca o es que me la van metiendo en los meses sucesivos poco a poco, en pequeñas cantidades?? Y otra cosa por favor, las vacaciones ya las tenía fijadas para agosto… ¿¿si mi baja aún continúa en agosto, las pierdo?? ¿¿o me las pagan??.
Muchas gracias de antemano, un cordial saludo.

374. stefhany - 2 julio 2009

hola me llamo sara .tengo una duda yo empese a trabajar el 3 de enero 2009 y se me termino el contrato el 30 de junio del 2009 el salario base es de 924.00E.quiero saber a que tengo derecho, y cuanto me dan de finiquito y paqa extra, eso me lo dan junto..perdona pero no tengo ni idea lo unico que se es que si me han pagaran el mes de junio pero lo otro no porfavor me puedes decir a cuanto dinero tengo derecho ,gracias por su atencion

375. celia lopez - 5 julio 2009

Hola! Trabajo 15 horas semanales, mi convenio es el del metal de la comunidad valenciana. Me han puesto en el grupo 6 como aux. administrativa. Cómo calculan la parte proporcional de mi nómina? tengo plus de convenio-pp pagas extras-cont.comunes-desempleo y form.profesional. Me pagan 443 € mensuales con las pagas incluidas. y tengo 48 años, que no se si eso importa. mi antigüedad es de 2 años en la empresa. Gracias.

376. victoria - 7 julio 2009

376. victoria – 7julio de 2009

Hola, mi pregunta es muy sencilla trabajo medio tiempo de lunes a jueves y tiempo completo los viernes, mi cargo es de logopeda he entrado el 01 de julio del presente año y ahora por cuestiones de la empresa no trabajan en el mes de agosto, en este caso ¿ me deberian pagar a mi el mes de agosto como vacaciones ? y lo último es que me han dicho que hay dos semanas de diciembre a enero de vacaciones y que los sabados, domingos y festivos del año se me cuentan como vacaciones también ¿eso esta bien? Gracias por la ayuda.

377. LUIS - 11 julio 2009

hola quisiera que me ayudfaran a resolver una duda. trabaje por contrato de 3 meses a 1100 netos despues seguidamente trabaje 4 meses mas pero me pagaron en negro los 4 meses,luego me hicieron un contrato indefinido de 5 horas diarias pero en realidad trabajaba 8 y el resto me lo pagaban en negro,pero a la los 10 dias renuncie voluntariamente LA PREGUNTA ES CUANTO ME DEBEN DE PAGAR PORQUE NO COBRE FINIQUITO Y/O LIQUIDACION DESDE EL CONTRATO DE 3 MESES Y LOS MESES QUE TRABAJE EN NEGRO.

378. VICENTE - 23 julio 2009

hola, quisiera saber para sque sirve los 8 dias de indepnizacion por un año trabajado, es decir se me termina el contrato en noviembre despues de una prorroga de seis meses mas, total un año, en el finiquito tiene que figurar este dinero de 8 dias por año trabajado. gracias,

379. Homero Tamez Garcia - 29 julio 2009

como se calcula la nòmina en españa

380. federico - 10 agosto 2009

hola buenas tardes,trabajo en la construccion y salgo del taller con furgoneta de empresa ,como hay varias zonas fijas de trabajo entre ida y vuelta siempre ronda los 80 km minimos,esas horas de ida y vuelta,las tienen que pagar??las dietas no me las incluyen pero me hacen firmar, cosa que no hago unas dietas que ellos se inventan que no llegan a ser las verdaderas,tambien los kilometros ponen los que le vienen en gana,es mas durante un mes trabajando me ponen que hago 190 km que eso lo hago en un dia,ese dinero se lo quedan ellos y quisiera denunicarlos por que creo que es un abuso,mi nomina no supera los 890 euros mas dietass y km que suman unos 200 euros en total 1100,cosa que si todo fuera legal ganaria mucho mas pues viendo la tabla que me corresponde creo que me pertenece mas,he hablado con ellos pero me dicen que es lo que hay,,,ahora para colmo me hacen trabajar 12 horas de lunes a jueves,sin pagar dietas ,y viernes gratis,aun asi sacando cuentas hago mas de mis 40 horas semanales que refleja mi contrato,,lo de cambiarme de lunes a jueves,y viernes libre eso pueden hacerlo,he preguntado que me digan quien es el enlace sindical,pero la verdad no informan de nada llevo 3 años y medio en la empresa y cada vez nos putean mas …que me aconsejas ,gracias de antemano

381. federico - 10 agosto 2009

perdon el viernes libre

382. federico - 10 agosto 2009

la ultima pregunta,,me puedo negar hacer ese horario

383. Eva - 31 agosto 2009

Hola buenas!
Primero felicitar por la pagina,esta genial y como principiante en el tema de las relaciones laborales me ha ayudado mucho con algunas dudas que he tenido.
Mi caso es que, estoy trabajando en una empresa en la que llevo 1 año y medio aproximadamente, y las horas de mi jornada laboral son de 11 de la mañana a 9 de la noche con una hora y media de descanso: la comida.En total son 10 horas diarias. Lo que a mi sueldo se refiere es de 700 € brutos, mas las pagas que en el fondo son una miseria. ¿Es normal que cobre tan poco?

Un saludo y gracias.

384. Anita - 31 agosto 2009

Ana – 31 de Agosto de 2009

Hola,

Lo bueno hay que decirlo, es la primera oportunidad que he tenido para abrir esta página, me ha encantado, los felicito, despejé varias dudas que tenía.

Gracias, que sepan que ayudan a mucha gente.

Un abrazo.

385. federico - 3 septiembre 2009

Aunque aun no haya sido contestado me gustaria agradecerte todas las dudas que has resuelto y me han podido servir para orientarme un poco ,un saludo y gracias por adelantado .

386. fermin - 4 septiembre 2009

hola mi pregunta es coji la baja el 6 de julio mis vacaciones enpezaban el 10 de agosto asta el 6 de setienbre me an dado el alta el 31 de agosto e hecho esa semana las que me an coincidido tengo derecho a que me las den en un nuevo periodo es por baja por acidente laboral un saludo

387. Andico - 10 septiembre 2009

Hola sopy una trabajadora de bisutería, hago trabajo de montaje de piezas en una empresa, pero nunca he estado dado de alta en la S.S.. Mi empresa pretende darme de alta, pero con una nómina de 1.500 euros, pagando ellos la S.S.. Pero aquí hay un problema y es normalmente cobro 500 euros mensuales, por lo que si firmo la nómina estoy defraudando en 1.000 euros. Los jefes me dicen que me vendrá bien para cobrar el paro y para cuendo me jubile, pero me tienen que hacer esa nómina de 1.500 euros aunque yo cobre 450 ó 500 euros. ¿Debería aceptar? GRACIAS.

388. Peccata Minuta - 14 septiembre 2009

387. Andico
Te pagan 500 y el bruto es 1500? Y a quién le dan el resto? Creo que te lias con las cifras. No será que el bruto es 1500 y cobras 1000?

380. federico

Vamos a ver, a tí te estan tomando el pelo. Si tú no te quieres dar cuenta….

377. LUIS

Por ley te tendrían que pagar lo que está en blanco, salvo que puedas demostrar el negro. La verdad es que algunos empresarios se complican la vida para la mierda de sueldo que dan.

389. federico - 17 septiembre 2009

Hola¡ si por enfermedad cojo la baja una semana antes de mis vacaciones, y esta durá unos dos meses, durante los cuales tenia dos semanas de vacaciones. He perdido mis vacaciones? o puedo negociar para cambiar la fecha o que me las paguen.
Ellos me dicen que las he perdido, en todos los convenios es igual?
Gracias por adelantado.

390. alberto - 24 septiembre 2009

Pues lo mio si que no lo entiendo despues de leer el post no me cuadra esto….

Mi situacion es fijo discontinuo llevo 10 años en la empresa, pero trabajo por temporadas en el sector turistico. El caso es que este año empece el 15 de marzo y tengo contrato hasta el 31 de octubre. El caso es que me quieren finiquitar ya, a pesar que aun quede un mes mas para la extincion de contrato. No he disfrutado ningun dia de vacaciones, he trabajado los festivos, semana santa, dia trabajador etc, trabajo 6 dias a la semana y incluido domingos. En la nominas solo aparecen las pagas extras. ¿Como puede ser que teniendo un sueldo de 1400 por mes, solo me corresponda en el finiquito 580 euros? Las vacaciones que da la empresa al mes son de 3 dias, con lo que me corresponden 22.5 dias y esto sumarle los festivos. No entiendo nada.

391. adda - 5 octubre 2009

Hola a todos,

una pregunta. Me he mirado en mis nominas y … he visto que … cada nomina sea de 1500 e o 1200 ( depende de oras de substitucion etc … ) se suma cun 609 ( que se llama prorateo) si el IRPF y RSS se calcula con esto sumado ( nomina 1500 + prorateo 609 = 2109 )
Ahora calcula RSS y IRPF cu 2109 … aunque nomina es de 1500 bruto.
¿puedes explicarme que segnifica estos 609 euro?

392. cristina - 7 octubre 2009

hola a todos tengo una tia q tiene un gran problema lla trabaja en 1 empresa hace un año y hace meses atras le vienen pagando la nomina como ellos quieren y esque ahora hay rumores q ahora va ha ser peor debido a la crisis y como tiene mucha gente fija dice q ella va ha pagar de a 100euros y cuando tenga. sera para q la gente se aburra y se vaya no se.
mi pregunta es el empleador puede hacer este tipo de cosas o hay un plazo para pagar la nomina y si lo hay q se puede hacer para cobrar como se debe
gracias por todo espero tu respuesta

393. ENDIMYON - 14 octubre 2009

Hola a todos,

He estado trabajando más de 7 años en una empresa con contrato indefinido cobrando en el último año : 16.000 € SBA. A finales del 2008 los médicos me obligan a coger una baja de IT…. mi empresa ni se preocupa por mí. Cuando consigo que me den el alta médica y voy a trabajar; recibo una grata noticia : que prescinden de mí pq la empresa está afectada por la crisis; pero soy muy válido según el Dpto. RRHH….Debo ir al día siguiente a buscar mi finiquito y demás. Por este gran recibimiento por parte de todos los integrantes de la empresa mi estado empeora y me dan baja por recaída. És un despido objetivo por amortización del puesto de trabajo. Pues bien, a mi se me comunica sin previo aviso de esta decisión; justo cuando me dan de alta «que casualidad» evidentemente no he firmado nada. Ellos quieren pagarme una indemnización super reducida. Afirmando que iban a despedir a más personas. Sorpresa : Soy el único !!! Para empezar ni siquiera saben hacer bien los nº y eso que tienen una gran experiencia y un amplio y cualificado personal para este tipo de cosas. Quieren pagar 20 días x año, luego se acogen a la clausula de mi contrato para no pagarme los 45 días x año + los salarios de trámitación. Mi pregunta es la siguiente : si estoy despedido y estando de baja (el INSS o Mútua de la Eº deben hacerse cargo de mi situación y pagarme mientras no tenga el alta) Si los denuncio y voy a juicio por ser un despido improcedente y en fraude de ley, que pasa con los salarios de tramitación? Cómo se cálculan y que cantidad debo percibir? y si el juez dictamina que me corresponden esos salarios de tramitación; que pasa si he cobrado del INSS o Mútua de la Eº por estar de baja? deberé devolverlo…. ah! si la Eº declara mí despido objetivo y que además es improcedente sin derecho en ningún caso a readmisión (cosa que lo tengo por escrito) si voy a juicio puede el juez dictaminar que me readmitan? estableciendo que la empresa ha lo ha hecho en fraude de ley alegando circunstancias que no són reales y que las han maquillado.

Estoy muy agobiado !!!!!

Alguién podría asesorareme

394. natalia - 18 octubre 2009

Hola buens noches:
Tengo una pregunta para quien me la pueda contestar,ahi va.
Levo 3 años trabajando en una gasolinera,y hace unos dias el encargado,me ha dicho,que me echan.porque sobra gente y yo soy la que menos años llevo.
El jefe lo ha echo por antiguedad.
Yo queria saber si es legal,lo queme han echo,porque yo no estoy de acuerdo.por favor que alguien me diga lo que debo de hacer.Creo que no es justo ya que el jefe de la gasolinera no me ha dicho nada.Y quiero saber tb cuanto me tienen que pagar del finiquito

Muchas gracias

395. BM - 19 octubre 2009

Hola;

Llevo desde septiembre de 2006 en una empresa, y hoy he comunicado que me iba porque me mudo de ciudad. Aparte de la paga extra y las vacaciones no disfrutadas, tengo alguna otra baza para tratar de que me arreglen los papeles y pueda optar al paro? He avisado con mes y medio. Muchas gracias.

396. marula - 31 octubre 2009

Buenas Peccata Minuta,
gracias por tu post porque por primera vez he entendido como funciona una nómina. He intentado seguir tus ejemplos para hacer los cálculos sobre mi nómina pero no me acabo de aclarar, a ver si me puedes echar una mano.
En mi empresa no me han dicho cuánto es el SBA, solo tengo en el contrato el SM bruto (1685, que es el mismo que el total devengado que aparece en la nómina) y me han dicho que cobraré solo 12 pagas pero no me salen los números porque la RSS la calculan sobre 1918… Entonces mi SBA es 1685×12 o 1918×12?? En principio segun lo que tu dices, el SBA debería ser 1918×12, no??
Ahora estoy cobrando un neto correspondiente a 1685×14, así que en principio aunque me hayan dicho 12 pagas debería recibir paga extra en diciembre, verdad? (mi contrato es de 9 julio a 31 diciembre 2009).

lo dicho, merci por el post y por tus respuestas, que tb son muy interesantes!

397. Carolina - 10 noviembre 2009

Hola, gracias por esta pagina es una gran ayuda.

A finales de noviembre saldre de mi trabajo, llevo 4 años en la empresa, antes trabajaba 8 horas pero desde marzo de 2008 hago 5, pedi reduccion de jornada por estudios, quisiera saber si cuando me finiquiten lo haran sobre las 5 horas solamente o deben hacer cuentas teniendo presente el tiempo que estuve a 8 horas y el que llevo con 5 horas?

Muchas gracias

398. javier n - 13 noviembre 2009

hola
por que me suben el irpf del 2 por ciento al 19 por ciento, yo quiero seguir pagando lo minimo
es que esto a fecta a mi sueldo neto an sido mas d 200 euros este mes es posible esto

399. Esther - 20 noviembre 2009

Muchas gracias por esta página, ya que me a servido para aclarar alguan de mis dudas estoy haciendo un cursillo de RR.HH y la verdad es que hasta estas alturas ninguno de mis compañeros ni yo estamos contentos con el curso porque no nos explican las cosas así como están explicadas en está página.
Espero que sigan explicando detalladamente todo loque ha nóminas, vacaciones, IRPF, pagas extras, etc etc. se refiere la verdad es que mucha gente les estará muy agradecidos. Porque muchas veces al no saber las cosas las empresas tienden a engañan a los empleados.
Una vez más gracias

400. Silvia - 23 noviembre 2009

Hola buenos dias, yo es que tengo una duda. Llevo casi 6 años en el mismo sitio,si me quiero dar de baja voluntariamente en el trabajo, a que tengo derecho????. y tambien me gustaría saber en caso de tener derecho a algo cuanto me correspondería???
Espero su respuesto y de antemano muchas gracias.

401. Verónica - 1 diciembre 2009

Hola, me gustaría saber si a la hora de finalizar mi contrato por jubilación, me correspondería aparte de las vacaciones no disfrutadas y la nomina del mes, algún concepto por liquidación de contrato ( en un contrato normal suelen ser 8 días por año trabajado)? Ayer fue mi último día de trabajo, después de 17 años, y el jueves tengo que firmar la liquidación.
Gracias por prestarme parte de su tiempo.
Un saludo

402. claudia - 1 diciembre 2009

hola buenas tardes trabajo en una empresa desde el dia 23 de junio y el dia 26 de octubre me di de baja por una trombosis ,el 6 de enero cumple mi contrato y evidentemente no me van a renovar mi pregunta es; si cobro la paga extra de navidadç? ( en la paga extra de verano recibi la parte correspondiente a una semana )

403. andres - 2 diciembre 2009

hola buenas,trabajo en una gasolinera,el dia 1 de noviembre este año cuadró en domingo,en el calendario laboral no aparece como festivo mi pregunta es ¿se cobra como festivo? gracias

404. Flora Marin - 2 diciembre 2009

Hola ,buenas tardes…trabajo como sustituta 3-4-5- dias /al mes como ATS/D.U.E. y hasta ahora me retenian un i.r.p.f de 2%. despues 10%, despues 15%……y ahora me retienen un 43% …Es normal que me retengan casi la mitad de lo que me tienen que pagar??? Pregunto por que ..se tendrian que tener en cuenta las circunstancias familiares…(tengo 2 hijas…estoy en paro…) Trabajo para la Conseleria de Sanitat de la Generalitat Valenciana …o sea no es ninguna empresa privada.

Veronica - 2 diciembre 2009

Hola Flora, no, no es normal. El 2% es el minimo y no se debe mantener mas de 6 meses….después se va regulando dependiendo de tus ingresos, lo normal con un sueldo de 1200e es aproximadamente entre un 8 y un 14%…si ganas mucho dinero, va subiendo, dependiendo de tu tipo de contrato y categoría…pero para que te hagas una idea el 43% es lo que le retienen a un futbolista (sabes lo que gana un futbolista no?, porque si ganas lo mismo, mañana mismo me hago D.U.E!!!!!!) Consulta con un asesor.
Un saludo!

405. adan - 3 diciembre 2009

Hola a todos.Trabajo en sector construccion,cada mes en mi nomina aparece dias total 30.Siempre independiente de periodo de liquidacion.Por ejemplo mes febrero 28 dias-30.Cada un mes tengo lo mismo importe.Las pagas extra me pagan de 180 dias.Mi jefe dice que esto es corecto porque asi se paga pero yo tengo dudas a mi me sale que ano tiene 365 dias naturales si no 360.Alguien podria contarme quien lleva razon?Gracias,un saludo.

406. ivan - 6 diciembre 2009

hola,mi consulta era la sigiente:trabajo como maquinista de escavadoras,tenemos que hacer un curso de seguridad de 20 horas subencionado por la generalitat de cataluña .mi jefe dice que es obligatorio y nos ha programado el curso para el viernes 18(8horas),sabado 19 (8 horas),lunes 21 (4horas), los cursos el jefe dice que no nos paga el jornal los dias de curso.esto es legal,me puede obligar ha ir un sabado?(mi contrato es de lunes ha viernes 40 horas semanales).sino fuese legal donde puedo reclamar? -soy de la seu de urgel y la empresa es tramsportes y excavaciones meya s.l.-gracias por su atencion

407. juan antonio - 7 diciembre 2009

hola amigo tengo un contrato de fijo discontinuo , en un hotel resulta que el hotel abrio el 20 de marzo y cierra aora el 8 de diciembre, tengo una nomina de 1200 euros quisiera saver cuanto me tienen que pagar el dia 8 que es cuando cierra.
No e disfrutado de vacaciones me deben 20 dias de vacaciones,9 festivos y los 8 dias de diciembre travajados.
Los dias festivos me lo tienen que pagar doble¿?
Espero su respuesta pronto

408. juan antonio - 7 diciembre 2009

Por cierto si una persona esta de baja una ves que cierra la empresa sigue cobrando esa persona mediante la mutua¿?

409. pedro - 8 diciembre 2009

como se calculan los bienio y quinquenios desde noviembre del 98 hasta el 31 de diciembre 2009

410. Manolo - 10 diciembre 2009

La empresa en la que trabajo,me quiere prorratear las pagas extras sin mi consentimiento.¿Es esto legal? Llevo casi 20 años en ella, y nunca lo habia echo.

411. Peccata Minuta - 10 diciembre 2009

410. Manolo

Tú no seas tonto y deja que te las prorrateen.

412. Peccata Minuta - 10 diciembre 2009

406. ivan

Los cursos de formación profesional deben ser en horario laboral y remunerados. Reclamar = Inspección de Trabajo

405. adan

Las nóminas se calculan sobre 30 días para todos los meses. Eso no significa ni que te paguen más ni menos.

404. Flora Marin

Supongo que las retenciones te salen tan altas porque el que te hace la nómina calcula cual sería tu sueldo si trabajases todos los días del año, no sólo ese día. En cualquier caso, lo que te retengan de más te lo devuelve Hacienda.

403. andres

Creo que si un festivo cae en domingo no se cobra como festivo. Depende de lo que se haya pactado en tu convenio para estos casos.

402. claudia

Recibirás lo que te haya retenido la empresa en concepto de paga extra de diciembre desde junio hasta diciembre y que no te haya abonado.

401. Verónica

Pues me parece que no, salvo que la empresa te deba algo.

400. Silvia

Pues tienes derecho a decir «Hasta luego y buenas tardes».

398. javier n

Si el contrato es temporal o menor de 6 meses en un año se te aplica el 2%. Al continuar en la misma situación al año siguiente, entonces se te aplica el % que realmente te corresponde.

397. Carolina

A ver, el finiquito es «lo que se te debe». Un contrato fijo no te da derecho a indemnización salvo en caso de despido improcedente y en ese y en otros casos se usa las horas que estés trabajando, no las que trabajabas en el pasado.

395. BM

Pues creo que no.

394. natalia

En las pequeñas empresas no hay comite ni representante de los trabajadores. Estas cosas van mucho a voleo, así que lo siento. Pero bueno, si quieres le propones a tu jefe que despida a los de mayor antiguedad para que les tenga que pagar una indemnización mayor.

393. ENDIMYON

Inspección de Trabajo y un abogado (de oficio si quieres).

413. juan antonio - 11 diciembre 2009

Por favor puede responder los comentarios 407 y 408¿?

414. juan antonio - 13 diciembre 2009

SIguo esperando…..

415. juan antonio - 14 diciembre 2009

Me respondes¿?

416. juan antonio - 14 diciembre 2009

Al final me responderas para el 2010

417. juan antonio - 15 diciembre 2009

hola amigo tengo un contrato de fijo discontinuo , en un hotel resulta que el hotel abrio el 20 de marzo y cierra aora el 8 de diciembre, tengo una nomina de 1200 euros quisiera saver cuanto me tienen que pagar el dia 8 que es cuando cierra.
No e disfrutado de vacaciones me deben 20 dias de vacaciones,9 festivos y los 8 dias de diciembre travajados.
Los dias festivos me lo tienen que pagar doble¿?
Espero su respuesta pronto ……

418. juan antonio - 16 diciembre 2009

hola amigo tengo un contrato de fijo discontinuo , en un hotel resulta que el hotel abrio el 20 de marzo y cierra aora el 8 de diciembre, tengo una nomina de 1200 euros quisiera saver cuanto me tienen que pagar el dia 8 que es cuando cierra.
No e disfrutado de vacaciones me deben 20 dias de vacaciones,9 festivos y los 8 dias de diciembre travajados.
Los dias festivos me lo tienen que pagar doble¿?
Espero su respuesta pronto ………

419. juan antonio - 16 diciembre 2009

hola amigo tengo un contrato de fijo discontinuo , en un hotel resulta que el hotel abrio el 20 de marzo y cierra aora el 8 de diciembre, tengo una nomina de 1200 euros quisiera saver cuanto me tienen que pagar el dia 8 que es cuando cierra.
No e disfrutado de vacaciones me deben 20 dias de vacaciones,9 festivos y los 8 dias de diciembre travajados.
Los dias festivos me lo tienen que pagar doble¿?
Espero su respuesta pronto ……..

420. juan antonio - 16 diciembre 2009

hola amigo tengo un contrato de fijo discontinuo , en un hotel resulta que el hotel abrio el 20 de marzo y cierra aora el 8 de diciembre, tengo una nomina de 1200 euros quisiera saver cuanto me tienen que pagar el dia 8 que es cuando cierra.
No e disfrutado de vacaciones me deben 20 dias de vacaciones,9 festivos y los 8 dias de diciembre travajados.
Los dias festivos me lo tienen que pagar doble¿?
Espero su respuesta pronto …….

421. Frank - 21 diciembre 2009

Hola,bueno,yo hago el año el 14 de enero y me han dicho que no me van a renovar, mi contrato es de 30 horas semanales,aunq me han hecho algo raro,antes entraba de 16:30 a 22:30 y,desde que cambió de dueño la franquicia( ahora lo lleva la propia franquicia) me hacen entrar a las 17:00.lo gracioso es que dijeron que cobrariamos los domingos y festivos y después dijeron que no,que ya cobramos mucho… mm..desde que estan ellos cobro 587.69.En fin,que ya he disfrutado de mis vacaciones y cobrado mis dos extras,qué me corresponderia al finalizar el contrato el 14 de enero?? Gracias por tu atención y el tiempo dedicado al blog,un saludo. Al 420… no entiendo,se supone que has publicado esto el 16 de diciembre y el hotel cierra el 8??… :S

Frank - 21 diciembre 2009

ahh!! el salario base es de 541,53 y aparte me pagan gratificaciones extraordinarias 56,58 y plus transporte 46,52

422. manuel lopez saco - 21 diciembre 2009

Hola, trabaje tres meses, me deben la ultima nomina y el finiquito, lo estoy reclamando pero no consigo cobrar despues de mes y medio.Como puedo reclamarlo.

423. vero - 23 diciembre 2009

Hola queria pedirte consejo.llevo 3años trabajando en una pelu y estoy embarazada y de baja por riesgo,mi jefa me dio la nomina y me ha bajado el sueldo base a la mitad,eso es legal?yo lo tenia de 700 y ahora son unos 400 solo quiero saber si eso es legal o no.muchas gracias.

424. juan carlos - 23 diciembre 2009

llevo desde noviembre del 2004 al enero del 2010 que dinero me tienen que dar la empresa por el finiquito sin contar las vacaciones del año 2010 que despues me pertenece

425. elisa sanchez garcia - 27 diciembre 2009

Hola. Mi caso es que durante el contrato de trabajo (era uncontrato por interinidad, pero todavía no se ha cubierto la plaza) caí enferma y he estado en situación de incapacidad temporal hasta que han transcurrido los 18 meses, el INSS ha instado la declaracion de incapacidad permanente. Mi pregunta es, quien debe pagarme hasta que recaíga la resolución? Tambien me gustaría saber, si tengo derecho a alguna indemnización. La empresa es Correos y telégrafos S.A.Lo que ha ocurrido, es que una vez que han transcurrido los 18 meses ya no me paga y me han mandado un certificado de empresa en el que pone la fecha de alta en la empresa y la fecha de extinción del contrato de trabajo.Creo q en esta situación no me pueden extinguir el contrato por lo q creo q debe ser una confusión. Quien me paga la paga extra de este mes? y por último, me debían vacaciones antes de enfermar y me dicen q no tengo derecho a ellas, esto es cierto? GRACIAS DE ANTEMANO

426. Gema - 31 diciembre 2009

Hola. Hace 15 días me han despedido improcedentemente, en la carta consta que la indemnización será consignada en los Juzgados de lo Social en un plazo de 48 horas, sin más (me refiero a que no pone en qué Juzgado en concreto). No he tenido notificación ninguna por parte del Juzgado ¿es normal que pasen tantos días? ¿que puedo hacer en el caso de que no me llegue la carta?
Muchas gracias.

427. Frank - 8 enero 2010

Gema, espero que no hayas firmado nada…. si has firmado la carta de despido posiblemente te hayan engañado. En mi caso, por ejemplo, querian que les firmara una carta en la que me informaban, el 31 de Diciembre,que el 14 de enero terminaba contrato y no me iban a renovar, y abajo ponia algo así como » Finalmente le informamos que tiene a su disposición la liquidación por los servicios prestados a la empresa,o algo por el estilo, a lo cual me negué a firmar,pues era solo la carta y no tenia a mi disposición ningún cheque con dicha liquidación

428. quite - 9 enero 2010

hola tengo un contrato basura de dos horas semanales , aunque trabajo 22 horas , cogi la baja por que me hice un esguince y queria saber si la empresa me va a pagar todas las horas que hecho o solo las que tengo en nomina. gracias

Frank - 11 enero 2010

pues imagino que las que tienes hechas te las pagarán como hasta ahora han hecho,pero al estar de baja solo te pagarán las 2horas de contrato desde que pillases la baja,ademas,creo que una parte te la paga la mutua si has cogido la baja.

429. alci - 11 enero 2010

Hola:

El mes que viene se cumple un año desde que estoy ejerciendo un puesto de categoría superior a la que consta en mi contrato. Hace más de un año mis jefes hablaron conmigo y acordamos estar un tiempo a prueba (que no especificaron) y si superaba este periodo empezaría a cobrar como jefe de departamento. En varias ocasiones me han explicado, tras mi insistencia, que el periodo de prueba ha sido superado, pero no pueden pagarme el aumento de sueldo porque no tienen dinero. Mi pregunta es ¿cómo puedo exigir que me paguen el salario acordado? y ¿puedo exigir que me paguen la diferencia entre el sueldo que vengo cobrando y el que debería cobrar con retroactividad?. Gracias

Frank - 17 enero 2010

yo de eso no se mucho,pero seguramente mandando una inspección de trabajo en la que vean que ejerces un cargo superior al que indica tu contrato… pero ya te digo que no tengo idea de esas cosas

430. Mª Angeles - 18 enero 2010

Hola, fui despedida despues de mas de 30 años, se condenó a mi jefe a que me indemnizara o a que me readmitiera. Lógicamente me readmitió, y ahora quiere que le devuelva al importe del finiquito.

¿Es legal? ¿Se lo tengo que devolver?

Muchas gracias de antemano.

Mª Angeles.

431. Peccata Minuta - 19 enero 2010

430. Mª Angeles

Que divertida que eres. Te dan una indemnización por despido, luego te readmiten y te quieres quedar la indemnización. Pidele un abrigo de visón también.

429. alci

Tú puedes exigir lo que quieras, incluso puedes promover juicios, pero al final te verás en la calle. Depende de lo que más te guste.

432. Pedro - 19 enero 2010

Hola. Un contrato de 2.500 euros brutos al mes o facturar como autónomo. ¿Cuál sería la base imponible de la factura mensual que debo emitir? Obviamente, más de 2.500 euros, pero ¿Cuánto?

Gracias

433. MP - 22 enero 2010

Hola. A mi novia le estaban haciendo la vida imposible, y le surgió otro trabajo en Navidad, para empezar justo el dia que debía de volver a su trabajo. Entonces avisó a la empresa de que se marchaba, mediante una carta de baja voluntaria.
Ahora esa empresa (que paga una m*** a sus trabajadores) le pide más de 300€ por no haber dado los 15 dias, reclamándole las pagas prorrogateadas, el no preaviso y otras cosas.
Esto es posible??
Me parece un abuso en toda regla….ya que mi novia apenas cobraba 580€.

Gracias por responder.

Saludos

434. maria - 29 enero 2010

hola me gustaria saber si el trabajador cotiza a la seguridad social por las cantidades cobradas en el finiquito, tambien que cantidad ses tomaria como base de irpf en el finiquito,esque tengo ke acer un trabajo de eso ,contestarme pronto!!! gracias

435. maria - 29 enero 2010

y ke cantidades se tomaria para la sseguridad social en el finiquito

436. maria - 29 enero 2010

si puede ser contestadme al correo gracias

437. maria - 29 enero 2010

ya se como se calcula lo del finiquito solo me gustaria saber si el trabajador cotiza ala segutidad social en el finikito y ke cantidad se tomaria si la de vacaciones si la de verano o ninguna

438. Milena - 29 enero 2010

Hola, soy estudiante trabajando a tiempo parcial en una empresa que no hizo mi autorizacion de trabajo ante la delegacion de gobierno, situacion que no me tenia muy comoda y ante otra oferta de trabajo con mas garantias decidí renunciar a mes vencido. Me dicen que por ser médica y no dar un preaviso de 2 meses me descontaran de la paga del último mes, imagino que prácticamente no me lo pagarán y depronto les quedo debiendo. Es eso posible? Que te supriman el pago de tu nómina por alguna razón (la que sea), cuando ellos no tenían nisiquiera la documentación en regla para tenerte trabajando allí, y que además no te adviertan de un preaviso tan largo. Cabe decir que el contrato que me hicieron tenia una vigencia superior al de la tarjeta de residencia quien tiene que mirar esa fecha, ellos o yo?.

439. Itziar - 23 febrero 2010

Hola. No sé dónde acudir. Me han entregado la nómina y finiquito por causas económicas, en ella me ponen 20 días de indemnización, pero no me la pagan totalmente, me dicen que debo ir al FOGASA: ¿Es normal que no me paguen toda la indemnización? o ¿deberían hacer dos nóminas para que yo vaya al FOGASA a cobrar una? Es que si firmo que he cobrado los 4176 euros que aparecen en la nómina y sólo cobro 2.505,60 a lo mejor en el FOGASA me dicen que he cobrado todo… Por favor, que alguien me conteste porque quieren que firme hoy.

440. Loli - 25 febrero 2010

Buenas noches,
estoy intentando hacer cálculos del finiquito que me entregaran el próximo martes ya que es el día que termino, reducción de platilla.
Lo que no sé como hacerlo ya que los números que me salen no me cuadran. Empecé a trabajar el 02/05/2007 y termino el 02/03/2010, mi salario bruto anual es de15.500€ y tengo 14 pagas, este año todavía no he hecho vacaciones.
Me confundo a la hora de hacer los cálculos ya que son casi tres años y a mi me sale solo como si hubiese trabajado uno. ¿me podeis ayudar por favor? Muchas Gracias. Y Felicidades por la página.

441. Loli - 25 febrero 2010

Es correcto el cálculo de este finiquito:
SM= 1.1.07€
RSS= 89€
IRPF= 88,56€
empezó contrato el 02/05/2007 y acabará el 02/03/2010
1.107 (5/30)= 184,50€ en lo que llevamos de año no he hecho vacaciones.
89 (5/30) = 14,83€
88,56 (10/100)= 8,85
= 184,50 – 14,83€ – 8,85= 160,82€ = finiquito
¿es posible esta cantidad de finiquito habiendo trabajado casi tres años? ´¿dónde me equivoco al hacer los calculos?

442. silvestre - 28 febrero 2010

donde puedo conseguir un modelo de nomina para practicar

443. joe - 25 marzo 2010

hola queria saber si tengo que cobrar algo por despido disciplinario yo trabaje 65 años con un contrato indefinido y ahora me despidieron por una falta que ellos llaman grave ,me corresponde algo o donde me pueden ayudar??

444. joe - 25 marzo 2010

hola queria saber si tengo que cobrar algo por despido disciplinario yo trabaje
5 años con un contrato indefinido y ahora me despidieron por una falta que ellos llaman grave ,me corresponde algo o donde me pueden ayudar??

445. joe - 25 marzo 2010

perdon son 5 años

446. alex - 31 marzo 2010

ola, llevo 1año y 3 meses en la empresa (obras publicas)i me dieron la carta de despido la nomina es de aprox.1100euros si impuestos descontados i de vacacciones tengo no disfrutadas 5 dias queria saber cuanto me tienen que pagar la empresa el despito i todo eso ? gracias;)

447. juan - 7 abril 2010

hola,aver si me pudieras aconsejar que puedo hacer ante la sigiente situacion:mi jefe sule pagarnos entre el 3 y5 de cada mes,y me hace el ingreso a mi cuenta por cheque que tardo unos tres dias a cobaralo,pero esque esta semana santa nos hizo firmar la nomina el dia 6-4-2010, y el ingreso por cheque en la cuenta el dia 7-4-2010.con esto si me encuentro que con suerte cobrare el dia 9-4-2010 y si no asta el dia 12-4-2010.pude ustud asesorarme ante este caso?que puedo hacer que este en mi derecho para reclamarle?muchas gracias por su atencion

448. laura - 9 abril 2010

hola, tengo reduccion de jornada desde que nacio mi primer hijo hace tres años y medio, la nomina no la entiendo muy bien, es normal que cada mes cobre una cantidad distinta?. en la nomina no especifica nada. pero tengo diferencias de 50 euros, tampoco se si me pertenece cobrar antiguedad, la tengo desde el 02-04-2002 y no cobro nada por ello. gracias

449. Isa - 12 abril 2010

¡Hola! Ante todo muchas gracias por adelantado.
La empresa hace un ERE y despiden a 80 trabajadores,¿me pueden despedir a mi? estoy de baja por incapacidad temporal(este mes me han pasado a pago directo por la mutua,ya llevo un año).
Si me despiden para el calculo del finiquito tendrían que aplicarme, para el sueldo diario, la Base de Contin.Comunes una Nomina de antes de la baja o me aplicaran la de la actual.
Tengo entendido que la formula para el sueldo diario es:
Base Contin. Comunes dividido por 30.¿es asi?.
Muchas gracias por todo y felicidades por la paguina.

450. rober - 14 abril 2010

hola llevo 2 años en una empresa del metal keria saber cuanto cobraria de finikito. ya disfrute las vacaciones, y acabo en abril a ultimos el dia 26, cuanto es el total de finikito? cobraba de sueldo 850 sueldo base, pero echaba un porron de horas llegaba a cobrar 1600 o 1800.gracias 14 pagas.

451. santiago - 18 abril 2010

hola, tenia dos trabajadores que llevavan dos meses eventuales y que se les acababa el contrato en agosto, pero por bajada de faena los he despedido ahora con su indemnización de 12 dias y reconociendo la improcedencia del contrato. El despido fué con tres testigos ya que no quisieron firmar el finiquito, la sorpresa fué al dia siguiente uno de ellos, me aparece con un informe medico, dos horas más tarde de despedirlo de baja laboral. Los otros trabajadores me comentan que me ha denunciado. Que tengo que hacer si no me dijo nada que se encontraba mal a la hora de despedirlo y después se fue al medico para que le dieran la baja?
Aparte de esto los dos trabajadores se iban cada año a marruecos los meses que querian y cuando volvian los cogia con contrato de obra, ahora dicen que el lo que les pagaba de nomina no era lo que se ajustaba a las tablas de salario, podrian pedirme la diferencia de salario des del primer contrato que hace 2 años? o solo desde que les despedi en marzo de este año? he consignado al juzgado , pero si hubiera una irregularidad de poca cantidad podrian pedirme salarios de tramitacion?

452. Conchi - 27 abril 2010

Hola, me di de baja voluntaria en mi trabajo por motivos de traslado de ciudad, tengo acumulados sin cobrar los meses que me corresponden por 12 años trabajados en la misma empresa. Ahora paso por una situacion precaria y quiero proponerle a un amigo que me haga un contrato en su empresa pagando yo las costas para poder cobrar esos años de paro. Durante cuanto tiempo deberia de ser el contrato para poder cobrarlos?. Un saludo

453. maria - 9 May 2010

Hola,soy Indefinida desde 2002 con una jornada completa. En el 2008 pedí la media jornada, por lo que llevo un par de años con ésta. Este año me he quedado embarazada y daré a luz(D. m.) sobre finales de Septiembre. Mi empresa nos da vacaciones el mes de Agosto a todos, por lo que mi preocupación es que si por cualquier causa yo me diera de baja antes del mes de agosto y mi baja maternal fuera desde octubre hasta Febrero,perdería el derecho al mes de vacaciones,me lo tendrían que abonar o podría disfrutarlo durante algún mes del 2011? un saludo y gracias.

454. chivis - 18 May 2010

yo nose que es una nomina

455. EDUARDO BLANCO VÁZQUEZ - 30 May 2010

COBRO UNA NÓMINA DE 30 DÍAS.
EN UN MES DE 31 DÍAS HE ESTADO DE BAJA MÉDICA 14 DÍAS.
ME HAN PAGADO 16 DÍAS EN LA NÓMINA Y 14 DÍAS DE BAJA, ¿ES CORRECTO?

456. maria - 29 junio 2010

hola mi pregunta es si te pueden quitar las vacaciones pactadas de palabra con tu jefe y ahora dice que no puedes irte cuando te dijo que si podias cogerlas en esa fecha

457. Weber - 30 junio 2010

Hola Peccata minuta, gran post!
Oye a mi me han hecho el lío… cobro 1293 netos al mes porque se me aplica la retención del 2% IRPF. El contrato es de 6 meses prorrogables a otros 6 para luego pasar a indefinido. En el contrato pone 20000 brutos al año en 14 pagas, y ahora a final de junio con el «regalito» de la jodida paga extra me han toreado. Me han hecho un ingreso de 1760 cuando por los 4 meses me deberían pagar 828 € + 1293€, es decir, 2121€… Se lo he comentado y se hacen los suecos…que me aconsejas que haga?

458. Larry - 31 agosto 2010

Se puede obligar al trabajador a domiciliar una nomina? en caso contrario hay algun sistema de pago que por ley sea el correcto.

459. Antonio A - 7 septiembre 2010

Muy buenas, trabajo en el sector de la hostelería , y cobro 12 pagas con las pagas extras incluidas , la pregunta es la siguiente; no falta la paga de beneficios.

460. silvia - 10 septiembre 2010

hola: trabajo en el regimen especial de empleadas del hogar. Mi sueldo es de 970,94€; la deducción a la seguridad social es de 26,94, total que el sueldo se queda en 944€. Ahora llevo 9 meses de baja por depresión: unos meses me pagan 517€ y otros 646€. Hace una semana,el 1 de septiembre me incorporé al trabajo,pero después de una semana he recaido y vuelvo a estar de baja. Pago a la Seguridad social 123€. Espero ponerme bien antes, pero si necesitara la incapacidad laboral,¿cuál sería mi sueldo?
gracias

461. armando - 13 septiembre 2010

hola,comentar que tengo un trabajo por obras y servicio,y que despues de haber cumplido 10 meses me han echado sin motivo,y no me ha dado el certificado de empresa para el inem,ni la paga,ni el finiquito,aparte de eso durante el periodo de trabajo tuve un accidente laboral la mutua de mi jefe me dio de alta pero aun sigo teniendo el mismo problema en el pie debido a una fractura,a parte de eso para no pagar mucho el seguro me hizo un contrato de media jornada mientras que en realidad trabajaba a jornada completa,,entoces lo que ocurria que me daba la nomina de 790 euro y el resto me lo ingresaba a los 15 dias en mi cuenta.
me gustaria saber que puedo hacer ya que han pasado 10 dias desde que me ha despedido y no me ha dado ni la paga de agosto ni el finiquito,ggracias de antemano

462. MGA - 2 octubre 2010

Hola! mi jefe me hizo firmar un contrato en el que ponía que iba a trabajar de lunes a viernes 6h y media y los sábados por la mañana, lo cual es mentira: Hago 9,5h diarias de lunes a viernes. Le he pedido reducción de horario por asuntos personales. Es decir, trabajar 8h de lunes a viernes y me ha dicho que na nai…que ve una solucion muy mala para eso (el despido). Se puede hacer algo contra esto? Además, mucho preaviso, pero ya he visto que a todos los que han echado, se lo han dicho el mismo día, 1 minuto antes de irse para casa.¿Lo pueden hacer?
Gracias!

463. Rosa - 3 noviembre 2010

Hola, no sé si ya les plantearían un caso similar porque no he podido leer todo. Mi consulta es la siguiente. Voy a renunciar a mi trabajo porque he encontrado otro mejor, si yo presento mi renuncia por escrito y no he disfrutado vacaciones en todo el 2010, ¿la empresa puede obligarme a disfrutarlas en vez de pagármelas? ¿O está obligada a abonarlas en el finiquito? Quiero renunciar el día 20 y no avisar con mucha antelación. Gracias por su atención.

464. Maria - 14 febrero 2011

Hola , el dia 10 de Febrero me fui voluntaria de la empresa , segun convenio debia de avisar con 20 dias de antelacion , dias que la empresa me ha quitara y el finiquito saldra negativo , el mes de ENero lo iba a cobrar ese dia pero ya con todo me dijeron que el lunes me pasara , mi duda es con los 10 dias de Febrero ya no cuento , pero podrian descontarme el resto en el mes de Enero y pagarme el resto?? si es asi estan en lo correcto?? graciass

465. gaby - 16 febrero 2011

tiempo de 2 años e tenido 7 contratos de 3meses con la misma empresa. Mi pregunta es ?le puedo pedir a mi jefe que me haga contrato indefinido?. Y la otra? Es legal tener 7contratos de tres meses seguidos?

466. sofia - 1 marzo 2011

hola el dia 1 de marzo firme la baja voluntaria y cuando termine de firmarla le dije si me podia dar los papeles del paro entonces cuando se lo dije me dio un papel en blanco para que pusiera como una autorizacion de que habia firmado la baja voluntaria y como que pedia el papel de desempleo ¿tendre los papeles del paro? gracias ayundeme

467. Gabriela - 16 marzo 2011

Hola.
Tengo duda con respecto al finiquito, os comento mi caso.
Empece en una empresa de informatica el 12/04/2010 y ahora quiero dar mi baja voluntaria porque consegui una mejor opción, pero en el contrato mi empresa coloca que debo de trabajar 30 dias de preaviso, los cuales no podré realizar porque en la otra empresa me requieren los mas pronto posible.
Mi salario anual es de 24.000 y son 12 pagas, de éste año he disfrutado de 4 días de vacaciones, por lo que la duda que tengo es cuanto me correspondería en la liquidación? ó cuanto me descontaría la empresa por no trabajar el preaviso.
Gracias por su respuesta.

468. Pedro Pereira - 19 marzo 2011

En la indemnicacion hay que calcular el importe de la nomina bruto, pero el calculo de la base de cotizacion se calcula sumando salario bruto o salario bruto mas prorrata de pagas
un saludo
Gracias por tu informacion

469. Maika - 4 abril 2011

Trabajo de teleoperadora. Tengo un contrato de 20 horas semanales y creo que me pagan menos de lo establecido por convenio.
¿Cuanto tendria que cobrar exactamente por 20 horas semanales?

470. esther gladys rodriguez riverol - 28 abril 2011

NECESITO SABER CUANTO ME PERTENECE POR FINALISACION DE CONTRATO,QUE COMENZO EL 27 DE MAYO DEL 2010 Y SE HA TERMINADO EL 27 DE ABRIL DEL 2011.

471. modelos - 25 May 2011

hola, me ha gustado toda la informacion que ustedes brindan en esta pagina, y pido a ustedes el favor de informarme que he recibido una oferta de trabajo donde se me especifica el monto del salario, el horario de 12 horas diarias de lunes a viernes y dos medias pagas una en verano y otra en navidad, si en este documento no escribe nada sobre vacaciones,significa esto que no me seran reconocidas, gracias.

472. Luis - 31 May 2011

En primer lugar gracias por atenderme.Me llamo Luis,y tengo un problemon con la mutua y con el INSS,llevaba de baja con la mutua desde abril del 2010,hasta febrero de 2011,en ese transcurso se me acabo el contrato que tenia por otra it,el medico me dio de alta por mejoria ¿?,por lo que pase al paro.He vuelto ha recaer a peor,por lo que me ha vuelto a dar de baja el medico,y como consecuencia en el paro tambien.He ido al INSS y a la Mutua y se pasan la pelota para pagarme dicen que ha ninguno le corresponde.Que debo hacer.Nota:Esta ultima baja se ha producido el 27/05/2011.

473. Jose Luis - 6 junio 2011

Muy buenas, acabo de encontrar este hilo y me parece interesante y como no, tengo una duda:

Acabo de empezar a trabajar el día 23 de mayo de 2011, recibí mi primera nómina en la que aparecen que he cobrado por 8 días, pero el prorrateo de esta primera nómina no debería ser sobre 9 días ya que mayo tiene 31 días???

Muchas gracias

474. Ronald - 15 junio 2011

Hola quisiera que me quites de duda una consulta que te voy hacer, YO trabajo en una casa haciendo las labores de casa. Y estoy trabajando casi cuatro años en el lugar ahora me estan amenazando de retirarme del trabajo y la verdad que leyendo tu pagina se que hay que ir a un juzgado de lo social, quisiera saber cuanto aproximada mente va a hacer mi finiquito si aproximadamente yo gano 1000 euros. Tambien quisiera saber que pasa cuando uno lo votan sin preaciso eso tiene consecuencia… Espero Tu respuesta

475. JORGELL - 28 junio 2011

Hola, buenas tardes. Trabajo en un taller de camiones como recambista y mi salario es de 950 euros mensuales y hace 9 años que estoy trabajando en la empresa. Desde hace un año pago una hipoteca y le he pedido al jefe un aumento del salario, cosa que no habia hecho nunca y me lo ha negado argumentandome que no hay dinero cosa que me ha llenado de indignacion, ya que mis prestaciones a la empresa van mucho mas alla del recambio. Mi pregunta es si hay algun modo de reclamar una mejora de contrato cosa que moralmente me pertenece o no se puede hacer nada. Gracias de antemano, este post es de mucha ayuda.

476. natali cisneros - 24 agosto 2011

hola bueno mi pregunta es la siguiente estuve trabajando 6 horas en un jardin privado de lunes a viernes durante 6 meses lo que necesito saber cuanto me corresponde de liquidacion cbraba 1300$ por mes cuanto me corresponde

477. pili - 10 septiembre 2011

Hola;
Mi pregunta, trabajo desde hace 14 años para un ayuntamiento durante 6 meses al año, paro de trabajar y luego trabajo otros 6 meses, así hasta 14 años. Cuando se me acaban los 6 meses, no me dan finiquito,me hacen firmar un papel con finiquito 0euros y mi nómina es de 870 euros, me dicen que no tengo finiquito porque trabajo 5 meses y 15 días y las vacaciones son el finiquito.
Podría decirme alguien si tengo derecho a seguir trabajando, ya que con la crisis quieren echarme sin compensación ninguna y sin motivo ninguno.
También quisiera saber si me pertenece algún despido.
Gracias un saludo.

478. dan ifrim - 19 septiembre 2011

hola,
soy de madrid trabajo de camarero y llevo mas de 4 años en la misma empresa lo que pasa que trabajo de lunes martes miercoles de mañana y jueves viernes y sabados turno partido y le he dicho a mi jefe que no quiero este turno partido ,solo mi turno de mañana si no voy acurra justo mi horas de nomina los 40 horas .me pueden obligar=? a trabajr de noche o turno partido ,yo no quiero ya que en la nomina no figura nada de horas nocturnas ni partido .aparte que el tio me ha dicho que es lo que hay si no puerta ….que hago .

The Iconomist - 15 abril 2016

Hola, una modificación del sistema de turnos, donde se pase de turno fijo a turno partido puede ser una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y susceptible de que puedas rescindir tu contrato de trabajo con derecho a una indemnización. Salvo que en el contrato ponga que el turno puede ser de mañana, tarde o partido. Tú (y a todos vosotros), cuando tengáis alguna duda sobre vuestros derechos id a la delegación provincial de la Inspección de Trabajo, que por Ley os tiene que proporcionar un servicio de asesoramiento jurídico gratuito.

Y si veis que la empresa inclumple contrato, horarios o comete cualquier otra ilegalidad, denuncia a la Inspección de Trabajo. Ahora claro, lo siguiente es que la empresa os despida, aunque también podríais argumentar que es en venganza por la denuncia a la Inspección y el Juez declarar nulo el despido.

479. patricia ruiz - 30 septiembre 2011

Hola soy Carlos de Barcelona, tengo un contrato de tecnico de 5 años cuando se acabe el contrato me corresponde un finiquito, liquidacion o compensacion por tiempo de servicio agradeceria tu respuesta

480. Yole - 11 octubre 2011

hola, mi pareja lleva trabajando en la misma empresa 7 años los hace el 8 de noviembre.
me gustaria saber lo que cobraria si le despidiesen. cobra 1.398,89 € al mes (incluidas las pagas extras).
por favor me gustaria que me dijese el importe del finiquito. MUCHAS GRACIAS. Un saludo.

481. oscar - 18 octubre 2011

Hola, soy Oscar. Trabajo en una S.A. de la que, además, formo parte como accionista, con una participación pequeña. Si me despiden o si la empresa quiebra, tengo derecho al paro?
Por otro lado, tanto si me echan como si me despido yo, tengo alguna limitación para crear otra empresa o ponerme como autónomo y realizar la misma actividad y tratar con los mismos clientes?
Gracias

482. nani - 5 diciembre 2011

es legal que te metan el finiquito por la nomina mensual

483. nani - 5 diciembre 2011

porfavor es muy urgente mi pregunta

484. asuncion fernandez - 28 diciembre 2011

quisiera saber cuanto tengo que pagar en una liquidación de servicio domestico porque se va a su país. Se va el 30 de diciembre y le hemos pagado el mes (850 euros), la paga extra de diciembre (425 euros) y en agosto trabajó, así que le hemos pagado otros 850 en concepto de vacaciones. Tenemos que pagar algo mas?.
gracias y un saludo.

485. richart - 11 enero 2012

tenia un contrato de trabajo por un año y mi jefe me despidio mi contrato era de 20 horas a la semana y ganaba 600 euros no tuve vacaciones y solo e firmado 3 nominas o planillas de pago quiero saber que beneficios tengo yo que me tendria que pagar mi jefe

486. luis ortiz - 27 enero 2012

Hola, es respecto en la nomina, soy cocinero y en mi nomina soy segundo de cocina, en los 3 primeros meses me retenían un 2 porciento, y después me lo subieron a 7.74 porciento, es normal por el cargo? mi salario base es de 1038.29 mas complemento y acta de convenio y cada mes y cada mes me deducen mas de 200 euros, gracias espero respuestas.

487. Santiago - 13 febrero 2012

Trabajo en un restaurante y el 29 de este mes cambia el dueño tengo 2 años trabajados con 6 horas de jornada laboral mi nomina es de 800 neto todo incluido cuqnto me corresponde de finiquito y quien seria el pagador el actual propietario o el nuevo propietario gracias

488. Fernando - 22 febrero 2012

Hola

En el calculo del finiquito, los dias de asuntos propios retribuidos no disfrutados, se pueden reclamar?
donde puedo ver la ley que lo dice?

489. Xenia Morell - 27 marzo 2012

vaya mierdaa es esto!

490. jAVIER - 8 May 2012

llevo 23 meses de baja y mi relacion con la empresa es inexsistente esta semana tengo que reincorporarme a mi trabajo pero debido a la relacion con mi jefe no me voy a complicar ni un minuto pediré la cuenta. Bien el periodo que he pasado de baja como se computa las vacaciones cuando me dieron baja faltaban 20dias para disfrutar las vacaciones y la paga de verano yo no la he cobrado. Alguien me puede explicar en este caso que entra dentro del finiquito, pues necesito informarme ya que mi jefe es un tramposo y seguro intentara engañarme.
Gracias

491. María Leticia Vásquez Suárez - 12 junio 2012

Buenas tardes, estoy trabajando desde hace un año como empleada de hogar interna, la paga extraordinaria que según ellos me corresponde la mita de lo que gano mensual dicen que al ser empleada de hogar solo tengo derecho a la mitad me gustaría saber si es así o me están engañando.
Muchas gracias

492. Pablo Nahuel Canete - 14 septiembre 2013

Hola. mi inquietud pasa por que he acumulado muchas horas extraordinarias, las cuales en los tres meses de trabajo como socorrista no me las han pagado y nunca se hizo eentre el empleador y yo un acuerdo a que precio serian estas pagadas, a cuanto se pagan las horas extraordinarias?

493. jaime - 28 diciembre 2013

jaime quiisiera saver cuanto de liquidacion me podrian dar ya que tengo trabajado desde el 8 de junio de 2004 fijo con mi nomina de 900 euros

494. CARMEN - 22 enero 2014

Hay alguien que pueda atender a mis dudas???? Me FINALIZA UN CONTRATO 402 y me hacen un 401(cosa que me entero por la seguridad social) sin haberme hecho firmar nada esta segunda vez, y sin haberme dicho el tiempo de duración, ni haberme pagado el finiquito del primer contrato (no he hecho las vacaciones), ¿Por qué la empresa no me ha hecho estas aclaraciones?? Ahora no sé hasta cuando tengo trabajo.

495. alis gabriela - 21 junio 2014

tengo dudas con mi nomina de mi antiguo trabajo sobre todo de la nómina de septiembre del 2012 no se como sacar el Importe bruto, cuotas de Seguridad Social, descuento IRPF e importe neto. mis datos son: Mi Fecha de antigüedad: 1/04/1998.
Mi Tipo de contrato: Indefinido.
Retribuciones:
o Salario Base: 900€.
o Antigüedad: 35€ por trienio.
o Plus Transporte: 45€/mes.
o Complemento personal: 400€/mes.
Tengo derecho a 2 pagas extraordinarias por importe de (Salario Base, antigüedad y complemento personal). Las pagas extraordinarias se prorratean mes a mes.
El % de IRPF es del 16%

la categoría que ejercía era de administrativo con grupo de cotización 5 me podías ayudar???

496. Blanca - 11 julio 2014

Me han contratado para 16 horas a la semana en una recepción y me han dicho que cobraría sobre los 475 euros brutos mensuales. Ahora resulta que me ingresan 15 euros dia porque dicen que ese sueldo se tiene que dividir entre los 30 dias del mes. Es eso correcto? En caso de no ser asi, cuanto me correspondería por 3 dias trabajados?

497. Jesús del caño miguel - 12 septiembre 2014

Mi hijo le llama por tfo u su jefe diciéndole que el día 1?de agosto no cuente con el porque ha encontrado trabajo en cas leon. Motivo este empresario contrato de 4 horas y trabajaban 8 unos treinta días les comenta que la empresa da en quiebra y que se la ha vendido a un hijo, les ofrece a que le firmen el finiquito sin cobrar ni un duro mi hijo no firma le da 15 dias de vacaciones y encuentra trabajo en 8 septiembre queda con él para que le pague lo que le debía y se encuentra con la sorpresa que le quita 300 € de lo que le debía,entre julio y agosto le debía unos1000€ pues bien de 1000_300 cobra 700 estos empresarios sobran. Alguien me puede informar? Pues coger un abogado cuesta un huevo y los sindicatos ya sabemos lo que hacen

498. olga - 25 noviembre 2014

SI me hicieron un cotrato de un año el 12de julio cuanto me corresponde de la paga estra de navidad tengo un sueldo bruto de1.270 yel sueld

499. loles - 18 febrero 2015

cuanto se cobra como dependienta por jornadas de lunes a sabado de 7 horas?

500. estibaliz - 19 febrero 2015

Ola haber si me podíais ayudar e trabajado siete meses seis siete horas y uno tres horas me gustaría que me dije seis cuanto me tienen que pagar de finikito porke me dan 365€ gracias

501. Víctor - 23 marzo 2015

Hola buenos días me gustaría saber cuanto me pertenece por finiquito llevo en la empresa 2 años 8 meses convenio del metal el contrato es por fin de obra y servicio hay que incluir las vacaciones de este año y mi categoría es oficial de segunda. Un saludo gracias

502. Ruben - 19 abril 2015

Mi empresa me dice que finiquito nose cobra llevo 10 meses cotizados i no me quieren pagar que podría acer?

503. Francisco - 3 septiembre 2015

Llevo 25 años en la empresa…como saber el finiquito

504. Maria Dolores Garcia - 19 marzo 2016

si tengo una nomina de 80 horas mensuales(media jornada) como pueden ponerme en ella 111 sin extras?

505. yeray - 11 abril 2016

buenas tardes es posible que en mi nomina ponga que me van a descontar 80 euros porque no estoy casado

506. Juan lopez - 19 abril 2016

Buenas noches.trabajo en un bar desde hace 1 año y tres meses .tengo contrato de 10 h a la semana.entre para trabajar viernes sábado y domingo .sin embargo trabajo todos los dias.a la semana trabajo más o menos 30horas.en nómina cobró 330 eur aprox.me pagan por semanas cobro100 eur fijos a la semana y las horas me las pagan a 6 eur.el problema es que me tratan mal en el trabajo.mis preguntas son las siguientes? Puedo denunciar y r eclamarles que no estoy asegurado las horas que hago.puedo reclamar las horas que me las pagan a 6 eur.?que me pertenece de finiquito? El contrato mío es de repartidor. Y estoy de camarero y repartidor.por favor les agradecería ayuda.

507. valentina dache - 27 marzo 2018

Hola trabajo en un restaurante de8 años de 2 dos años y medio tengo contract y nómina Tengo la nomina de 850 y la diferenta me paga en efectivo es llegal?Ahora me queré cambiar el turno por la tarde Yo no lo quiero cambiar tengo un bebé de 6 meses y no tengo a nadie para q me lo cuide Me ameninza q me echa fuera


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